STSJ Asturias 73/2013, 18 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Enero 2013
Número de resolución73/2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00073/2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2012 0102372

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002236 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000203/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de AVILES

Recurrente/s: HIERROS Y APLANACIONES,S.A

Abogado/a: JOSE LUIS FRAILE QUINZAÑOS

Recurrido/s: Herminio, Horacio, MINISTERIO FISCAL

Abogado/a: BEATRIZ ALVAREZ SOLAR, EDUARDO LOPEZ SUAREZ

Sentencia nº 73/13

En OVIEDO, a dieciocho de Enero de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. Dª MARÍA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, Presidente, D. FRANCISCO JOSÉ DE PRADO FERNÁNDEZ y Dª MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002236/2012, formalizado por el Letrado JOSE LUIS FRAILE QUINZAÑOS, en nombre y representación de HIERROS Y APLANACIONES, S.A, contra la sentencia número 187/2012 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de AVILES en el procedimiento DEMANDA 0000203/2012, seguidos a instancia de Herminio, Horacio frente a HIERROS Y APLANACIONES, S.A, MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ. De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Herminio Y Horacio presentaron demanda contra la empresa HIERROS Y APLANACIONES, S.A, MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 187/2012, de fecha veinticinco de Mayo de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. -El actor D. Horacio, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, comenzó a prestar servicios por cuenta de la empresa demandada, Hierros y Aplanaciones S.A. (HIASA), el 12 de enero de 1979 en virtud de contrato de trabajo celebrado en la misma fecha. Ostenta la categoría profesional de oficial administrativo de 2ª, está adscrito al departamento comercial y presta servicios en las oficinas de la empresa sitas en el Polígono Industrial de Cancienes, con jornada a tiempo completo y un salario diario, a efectos indemnizatorios, de 231,44 euros.

  2. - El actor D. Herminio, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, comenzó a prestar servicios por cuenta de la empresa demandada, Hierros y Aplanaciones S.A. (HIASA), el 2 de enero de 1973 con la categoría profesional de titulado superior, ocupando en la actualidad el puesto de trabajo de director general comercial. Presta servicios en las oficinas de la empresa sitas en el Polígono Industrial de Cancienes, con jornada a tiempo completo y un salario diario, e efectos indemnizatorios, de 599,51 euros.

  3. - A D. Herminio le era abonada fuera de nómina la cantidad de 3.000 euros mensuales.

    A finales de cada año D. Herminio y D. Horacio recibían una cantidad de la empresa demandada al margen de los importes que figuran en la nómina, en concreto, D. Herminio percibía 50.000 euros y D. Horacio el importe de 3.000 euros.

    A finales del año 2011 ninguno de los dos demandantes recibió la cantidad que venían percibiendo de forma habitual en los años anteriores.

  4. - La empresa demandada entregó a d. Herminio comunicación de fecha 24 de junio de 2009, cuyo contenido se da por reproducido, que fue firmada por éste en señal de aceptación en la misma fecha, en la que se expone:

    "Hierros y Aplanaciones S.A. ha decidido poner en marcha un programa de Incentivos a Medio plazo en el que estás incluido, con el propósito de conseguir tu máxima motivación y fidelización con el proyecto empresarial de la Sociedad.

    Este programa te permitirá percibir en el año 2012, siempre que se cumpla el objetivo establecido por la Sociedad a tal efecto, un incentivo en metálico vinculado al EBITDA acumulado de la Sociedad durante el periodo 2009-2011. El importe del Incentivo se determinará aplicando sobre una cantidad denominada "Target Bonus" un determinado porcentaje en función del cumplimiento del mencionado objetivo de EBITDA acumulado de la Sociedad.

    En este sentido, se te ha fijado un "Target Bonus" de 300.000 euros".

  5. - En fecha 21 de mayo de 1984, D. Valeriano, como Presidente y Consejero Delegado de la Compañía Hierros y Aplanaciones S.A. (HIASA), otorgó poder, cuyo contenido se da por reproducido, en virtud del cual delegó en D. Herminio las siguientes facultades:

    - "Nombrar y separar comisionistas, empleados y obreros, fijando las atribuciones y deberes de todos ellos, así como su sueldo y haberes.

    - Dirigir e inspeccionar la marcha de la sociedad y organizar y reglamentar sus servicios.

    - Contratar y autorizar todo genero de actos, obligaciones y contratos, sobre cualquier clase de bienes muebles y derechos, con los pactos y condiciones que estimen convenientes, y que se refieran única y exclusivamente al giro y tráfico de la Sociedad. - Abrir, seguir, disponer y cancelar cuentas corrientes y de crédito, tanto en en Banco de España como en cualquier otro establecimiento público o privado, firmando al efecto los documentos, talones, cheques o cualquiera otras que fuesen menester.

    - Cobrar, pagar, librar, endosar, aceptar, avalar, descontar, protestar e intervenir letras y demás documentos de cambio, giro y crédito, que se refieran al crédito y movimiento de los negocios de la Sociedad.

    - Concurrir a subastas y concursos, ante toda clase de corporaciones oficiales, entidades y particulares, suscribiendo los documentos y contratos necesarios.

    - Interponer y seguir como demandante o demandado toda clase de acciones y pleitos ante Autoridades Administrativas, Gubernativas, Juzgados y Tribunales en toda clase Jerarquías o Jurisdicción al efecto. Promover u oponerse a toda clase de acciones civiles, denuncias o querellas criminales, conformarse o apelar las resoluciones y fallos, incluso en los recursos extraordinarios de casación, y revisión, desistir de los procedimientos iniciados transigirlos y someter las decisiones al juicio de árbitros y componedores, nombrando al efecto los Letrados, procuradores y factores mercantiles que tengan por conveniente, con facultades hasta de prestar confesión judicial bajo juramento decisorio e indecisorio, ante toda clase de Juzgados y Tribunales, Organismos y Entidades.

    - Delegar en todo o parte de sus facultades en cualquier individuo de su seno, con autorización de subsistir."

    En fecha 22 de octubre de 2009 D. Jorge, en su calidad de representante persona física del Consejero Delegado, persona jurídica que es la mercantil Corporación Gestamp S.L., y esa en nombre y representación, como Consejero Delegado de la Sociedad Mercantil denominada Hierros y Aplanaciones S.A., otorgó poder especial, cuyo contenido se da por reproducido, a favor D. Herminio y D. Teofilo, para que en nombre y representación de la sociedad otorgante, y actuando de forma mancomunada, ambos apoderados puedan realizar las siguientes facultades:

    1.- Negociar, formalizar, celebrar, modificar y extinguir, por el precio, pactos y condiciones que libremente determine, contratos de suministro y montaje de productos elaborados por la sociedad con destino a la obra y construcción de viales, carreteras y autopistas públicas, siempre que no superen la cuantía de tres millones de euros (3.000.000 #) por operación.

    2.- Los apoderados no podrán sustituir el presente poder a favor de otras persona.

  6. - D. Herminio figura como Secretario no consejero del Consejo de Administración de la entidad Hierros y Aplanaciones S.A. en las actas de las Juntas de Accionistas celebradas entre los años 1979 y 2009.

  7. - Durante la relación laboral de D. Herminio con la empresa demandada, firmó contratos de trabajo con los trabajadores. El no fijaba los salarios de los trabajadores de la empresa.

  8. - En los contratos celebrados durante los años 2008, 2009 y 2010 entre la empresa demandada, Hierros y Aplanaciones S.A., como contratista, y la entidad Señalizaciones Viales Valle S.A., como subcontratista, intervino D. Herminio en representación de la empresa demandada.

    En dichos contratos, cuyo contenido se da por reproducido, se establece lo siguiente en cuanto a la medición y facturación, forma de pago y retenciones y garantía:

    "MEDICION Y FACTURACION

    7.1 Las cantidades a facturar corresponderán siempre a obra realmente ejecutada, con independencia de las mediciones contratadas, que tendrán carácter orientativo, pudiendo variar según las necesidades de obra.

    7.2 Semanalmente el SUBCONTRATISTA realizará una medición a origen de las unidades ejecutadas y terminadas en obras. Enviará al jefe de obra del CONTRATISTA dicha medición junto con el certificado de conformidad de la instalación de las estructuras ejecutadas para que se de el visto bueno si las obras son conformes.

    7.3 Una vez que el CONTRATISTA de su conformidad, el SUBCONTRATISTA presentará una única factura origen por duplicado/triplicado.

    Las facturas se emitirán basándose en los precios establecidos en el ANEXO 1º empleando las mismas denominaciones y detalles para cada unidad a facturar. Se emitirán a origen y tienen carácter de a cuenta del precio final del contrato que se realizará en la liquidación de los trabajos cuando concluyan los mismos y sin que el pago suponga aprobaciones de los trabajos contenidos en las mismas lo que se realizará en su caso en el momento de suscribirse el acta de...

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