STSJ Andalucía , 3 de Enero de 2008

PonenteJOSE SANTOS GOMEZ
ECLIES:TSJAND:2008:234
Número de Recurso581/2007/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

DON MANUEL MORENO ONORATO: Secretario de la Sección Segunda de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

CERTIFICO Que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala la Siguiente:

SENTENCIA

ILMOS. SRES:

D. ANTONIO MORENO ANDRADE

D. EDUARDO HERRERO CASANOVA

D. JOSÉ SANTOS GÓMEZ

Sevilla a 3 de enero de 2008

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, formada por los

Magistrados que arriba se expresan, ha visto EN NOMBRE DEL REY el recurso de apelación n°.581/2007, interpuesto contra la sentencia de 31 de julio de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 2 de

Cádiz, en los autos correspondientes al procedimiento ordinario n° 23/2006, siendo parte apelante D. Marcos, representado por el

Procurador Sr. Gutiérrez Lora; y como parte apelada, el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, representado y asistido por el Sr. Letrado de sus servicios jurídicos. De cuantía indeterminada. Ha sido ponente el Magistrado

Ilmo. Sr. D. JOSÉ SANTOS GÓMEZ, quién expresa el parecer de la Sección Segunda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31 de julio de 2007, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 2 de Cádiz, dictó sentencia en los autos n°. 23/2006, cuya parte dispositiva desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Decreto de 5 de diciembre de 2005, de la Tenencia de Alcaldía Delegada del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de el Puerto de Santa María, por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto frente al Decreto del mismo órgano de 18 de mayo de 2005, recaído en el expediente de protección de legalidad urbanística n° 4190/2004, en el que se ordenaba la demolición de las obras de construcción de una vivienda de unos 179,43 m2, realizada sin licencia en parcela ubicada en calle Laguna Chica n°. 27.

SEGUNDO

Contra la sentencia indicada, se presentó en tiempo y forma recurso de apelación por la representación jurídica de D. Marcos, habiendo las partes expuesto sus alegaciones que quedan unidas.

TERCERO

No se ha abierto fase probatoria en esta instancia.

CUARTO

Señalado día para votación y fallo, tuvo éste lugar con arreglo a lo que a continuación se expresa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se fundamenta esencialmente el recurso de apelación en que el suelo urbano es un concepto reglado que ha de definirse en función de la realidad de los hechos.

SEGUNDO

El escrito de interposición del recurso de apelación debe contener las alegaciones en que se fundamente el recurso (art. 85, 1 de...

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