STSJ Asturias 42/2013, 11 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución42/2013
Fecha11 Enero 2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00042/2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2012 0102740

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002637 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000090/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº001 de GIJON

Recurrente/s: Jose Ignacio, Antonieta, Aurelia, Benita, TELEVISION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU

Abogado/a: MARTA MARIA RODIL DIAZ, JOSE BAQUER REBOLLO, PABLO MARTINEZGUISASOLA GARCIA-BRAGA, MARIA CUETO ALVAREZ

Recurrido/s: Jose Ignacio, Antonieta, Aurelia, Benita, TELEVISION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU, TELETEMAS S.L., Donato, FOGASA, MINISTERIO FISCAL

Abogado/a: MARTA MARIA RODIL DIAZ, JOSE BAQUER REBOLLO, PABLO MARTINEZGUISASOLA GARCIA-BRAGA, MARIA CUETO ALVAREZ, CRISTINA DIAZ CARRERA, ABOGADO DEL ESTADO

Sentencia nº 42/13

En OVIEDO, a once de Enero de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, Dª. MARIA VIDAU ARGÜELLES y D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0002637/2012, formalizado por la letrada Dª MARTA Mª RODIL DIAZ, en nombre y representación de Jose Ignacio y Antonieta, el letrado D. JOSE BAQUER REBOLLO en nombre y representación de Aurelia, el letrado D. PABLO MARTINEZ- GUISASOLA GARCIA-BRAGA en nombre y representación de Benita y la letrada Dª MARIA CUETO ALVAREZ en nombre y representación de TELEVISION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU, contra la sentencia número 244/2012 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N.1 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 0000090/2012, seguidos a instancia de Jose Ignacio, Antonieta, Aurelia, Benita frente a TELEVISION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU, TELETEMAS S.L., Donato, FOGASA, MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Jose Ignacio, Antonieta, Aurelia, Benita presentaron demanda contra TELEVISION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU, TELETEMAS S.L., Donato, FOGASA, MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 244/2012, de fecha veintitrés de Mayo de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU es una Sociedad Anónima cuyo capital está íntegramente suscrito por el Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias. Los trabajadores que para ella prestan servicios se someten a la disciplina del Convenio Colectivo de la empresa TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SA, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 13 de julio de 2007.

  2. ) La mercantil TELETEMAS SL fue constituida por escritura pública formalizada ante notario el 14 de junio de 1993, siendo su objeto social, conforme al artículo 2º de sus estatutos:

    1. La producción propia, en participación o por cuenta de terceros, de grabaciones fonográficas y de cualquier modalidad, sonora o audiovisual, inventada o que se invente en el futuro.

    2. La contratación, concesión de licencias y autorización para la explotación comercial de grabaciones, tanto fonogramas, como audiovisuales, por cuenta propia y por encargo de otros propietarios de las mismas.

    3. La explotación de las producciones propias o representadas de todas clases, a través de red propia de comercialización o distribución, o por medio de terceras personas con solvencia profesional.

    4. La contratación de los intérpretes de producciones propias y ajenas con sellos discográficos nacionales o extranjeros, liquidando directamente los royalties de los mismos. Asimismo, la contratación con representantes artísticos o de Agencias, para conseguir el desarrollo de las actuaciones personales o de sus intérpretes, en exclusiva u ocasionalmente.

    5. La edición, impresión, publicación, distribución y grabación de toda clase de obras musicales y dramático-musicales, por los procedimientos conocidos, o que puedan crearse en el futuro; y, en consecuencia, la gestión y representación de obras musicales y dramático-musicales, pudiendo autorizar su ejecución, representación, grabación, emisión, radiación, impresión, televisión, reproducción y explotación comercial por cualquier medio conocido o por conocer.

    6. Operaciones de "merchandising", consistentes en la explotación comercial de cualquier tipo de productos o ideas derivados de las actividades anteriores.

  3. ) El personal al servicio de la televisión autonómica se rige por las disposiciones del Convenio Colectivo de TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 2 de febrero de 2009.

  4. ) A los trabajadores contratados por TELETEMAS SL se les venía aplicando el Convenio Colectivo de Producción Audiovisual (técnicos), publicado en el Boletín Oficial del Estado de 1 de agosto de 2009.

  5. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU contrató con TELETEMAS SL la producción del programa "Amanecer", en el marco del expediente 08/80 TPA, con duración del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008 y un precio de 17.140 euros más IVA. 6º) En octubre de 2008 se celebró una reunión con responsables de TPA y un representante de TELETEMAS SL al que le encomendaron que contratara a tres personas, "y ya luego les dirían cómo y para qué".

  6. ) El 1 de enero de 2009 TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU celebró con TELETEMAS SL un contrato de servicios auxiliares de antena, con un plazo de ejecución de un año prorrogable, cuyo pliego de bases jurídicas y prescripciones técnicas había sido aprobado el 31 de octubre de 2008.

  7. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU contrató con TELETEMAS SL la producción del programa "Amanecer", en el marco del expediente 52/09 TPA, con duración del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009 y un precio de 85.700 euros más IVA.

  8. ) El 9 de agosto de 2009 TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU celebró con TELETEMAS SL un contrato de servicios auxiliares de producción, con un plazo de ejecución de un año prorrogable un máximo de tres años, cuyo pliego de bases jurídicas y prescripciones técnicas había sido aprobado el 23 de marzo de 2009. Este contrato fue prorrogado en dos ocasiones, del 9 de agosto de 2010 al 8 de agosto de 2011 y del 9 de agosto de 2011 al 31 de diciembre de 2011.

  9. ) El 1 de enero de 2010 TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU celebró con TELETEMAS SL un contrato de servicios auxiliares de antena, con un plazo de ejecución de un año prorrogable dos años, por un precio de 186.000 euros más IVA. Dicho contrato fue objeto de una modificación con efectos al 1 de mayo de 2010 y de una prórroga, con modificación, con efectos al 1 de enero de 2011 y hasta el 31 de diciembre del mismo año.

  10. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU contrató con TELETEMAS SL la producción del programa "Amanecer", en el marco del expediente 28/10 TPA, con duración del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010 y un precio de 104.880 euros más IVA.

  11. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU contrató con TELETEMAS SL la producción de contenidos informativos para la radio y televisión del Principado de Asturias en el marco del expediente 68/10 TPA, con duración del 1 de junio al 31 de julio de 2010 y un precio de 14.500 euros más IVA.

  12. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU contrató con TELETEMAS SL la producción del programa "Amanecer", en el marco del expediente 27/11 TPA, con duración del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 y un precio de 99.634,05 euros más IVA.

  13. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU contrató con TELETEMAS SL la prestación del servicio de suministro de contenidos sobre sucesos, tribunales y medio ambiente en el marco del expediente 81/10 TPA, con duración del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2011 y un precio de 204.825 euros más IVA, tras ser modificado.

  14. ) En octubre de 2009 TELETEMAS SL suscribió con la SOCIEDAD DE PREVENCIÓN DE FREMAP SAU un contrato para la prestación de servicio de prevención ajeno.

  15. ) TELEVISIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS SAU ha arrendado un local en el Parque Tecnológico de Gijón a TELETEMAS SL.

  16. ) En el seno de Radio Televisión del Principado de Asturias, tienen lugar reuniones diarias en las que se deciden los temas que se van a cubrir por los servicios informativos. Los editores realizan la escaleta de temas a tratar. Los redactores jefes encomiendan a los redactores las noticias. La radio utiliza la escaleta de televisión para sacar sus propias noticias. Las instrucciones relativas al contenido, formato y horario de los programas, los redactores las reciben de los editores y del jefe de producción y emisiones y del director de contenidos de RTPA.

  17. ) El actor, D. Jose Ignacio, con DNI nº NUM000 prestó servicios para Asturmedia Producciones Audiovisuales S.L. con la categoría profesional de redactor desde el 3 de julio de 2009 al 22 de agosto del mismo año, prestando servicios en las instalaciones de TPA. Con posterioridad, suscrición con Teletemas, S.L. el 1 de septiembre de 2009 un contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para prestar servicios como ayudante d producción, con centro de trabajo en el Convento de las Clarisas. En el contrato se señaló que el contrato se vinculaba a al "[p]restación de servicios Auxiliares de Producción para la Dirección de Antena y...

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