STSJ Galicia 5848/2012, 29 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución5848/2012
Fecha29 Noviembre 2012

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939 Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2011 0002243 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003815 /2012 PM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000585 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: Salome

Abogado/a: ROSA MARIA MARTINEZ FERREIRO

Procurador/a: ISABEL MARIA CASTIÑEIRAS FANDIÑO

Recurrido/s: UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

Procurador/a: MARIA FARA AGUIAR BOUDIN

ILMO. SR. D. ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

ILMA. SRA. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a veintinueve de Noviembre de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 3815/2012, formalizado por Salome, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 585/2011, seguidos a instancia de Salome frente a UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Salome presentó demanda contra UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintisiete de Febrero de dos mil doce .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMER0.- Dona Salome ha venido prestando servicios para la Universidad de Santiago de Compostela en los periodos que a continuación se detallan, relación amparada en los siguientes contratos suscritos con la demandada: 1-El 16-01 - 2004 suscribió un contrato de duración determinada a tiempo parcial para la obra o servicio consistente en " realización de traballos de Desenvolvemento de electrónica para detector de RCPs, en relación con el contrato de investigación " Estudio de propiedades de hadrones en materia nuclear (Subproyecto) acordo USC-CIEMAT". El contrato se prorrogo desde el 16-05-2004 hasta el 15-07-2004 y desde el 16-07-2004 hasta el 31-07-2004. 2-El 01-10-2004 suscribe un nuevo contrato temporal a jornada parcial para la obra o servicio consistente en "realización de traballos de Desenvolvemento dun sistema de control dun detector, en relación con el contrato de investigacion Study of strongly interactin matter (HadronPhysic). El contrato se prorroga desde el 01-04-2005 hasta el 30-06-2005. 3-El 01-07 -2005 suscribe un nuevo contrato temporal a jornada parcial para la obra o servicio consistente en" Realización de traballos de Estudos de electrónica relacionado con detectores de tempo de vo ( wigh resolution velocity measurements) en relación con el contrato de investigación European Nuclear Structrure Integrated Infraestructure Initiative ( EURONS)". Contrato que se prorroga desde el 01-09-2005 hasta el 31-10-2005 ; desde el 01-11-2005 hasta el 31-12- 2005 y desde el 01-01-2006 hasta la fecha en que finalizo, el 31-01-2006 . 4-El 01-02-2006 suscribe un nuevo contrato temporal a jornada completa para la obra o servicio consistente en " realización de traballos de Estudo de núcleos exóticos, en relación con el contrato de investigación " Estudio de reacciones inducidas por haces de núcleos exóticos a energías relativistas "El contrato se prorroga desde el 01-08-2006 al 30-01-2007 Contrato que finalize) el 25-01-2007 por renuncia de la demandante. 5-El 26-01- 2007 suscribe un nuevo contrato temporal a tiempo completo para la obra, o servicio consistente " realización de traballos VINCULADOS ENERXIAS RELATIVISTAS, en relación con el contrato de investigación "AXUDAS PARA A CONTRATACION DE PERSOAL TECNICO DE AP010 - MODALIDADE TECNICOS DE PROXECTOS DE l +D DO MEC" Contrato que finalizo el 25-01- 2010. 6-El 26-01-2010 suscribe un nuevo contrato temporal a jornada completa para la obra o servicio consistente en " realizacian de traballos de DESENVOLVEMENTO DA INTERFASE ELECTRONICA DOS CENTELLEADORES DO CALORIMETRO CALIFA, en relacion con el contrato de investigacian "Physics with radioactive ion beam @R3B: CALIFA a next generacion calorimeter" . El contrato se prorrogo desde el 26-01-2011 al 25-07-2011. SEGUNDO.- A la Universidad de Santiago de Compostela le han sido concedidas las siguientes ayudas o subvenciones:

- Con fecha 01-12-2003 el Ministerio de Ciencia y Tecnología concede una subvención a la Universidad de Santiago para la realización del proyecto titulado Estudio de propiedades de hadrones en materia nuclear " El periodo de realización del proyecto es desde el 01-12-2003 al 30-11-2006 con una financiación especifica concreta por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología por importe de 171.500 euros

- Con fecha 01-01-2004 la Comisión Europea concede una subvención a la Universidd de Santiago para la realización del proyecto titulado " Study of strongly interacting matter Hadron Physics ) . El periodo de realización de la ayuda es del 01-01- 2004 at 31-12-2007 con una financiación especifica y concreta de

46.000 euros.

- Con fecha 01-01-2005 la Comisión Europea concede una subvención a la Universidd de Santiago para la realizacion del proyecto titulado European Nuclear Structure Integrated Infraestructure Iniatiative Eurons) . El periodo de realización de la ayuda es del 01-01-2005 al 31-12-2008 con una financiación especifica y concreta de 145.350 euros.

- Con fecha 31-12-2005 el Ministerio de Ciencia y Tecnología concede una subvención a la Universidad de Santiago para la realización del proyecto titulado Estudio de reacciones inducidas por haces de núcleos exóticos a energías relativistas" El periodo de realizacian del proyecto es desde el 31-12-2005 al 31- 12-2007 con una financiacion especifica concreta por importe de 397.460 euros .

- Con fecha 26-01-2007 el Ministerio de Ciencia y Tecnologia concede una subvención a la Universidad de Santiago para la " Contratación de Persoal Tecnico de Apoio Modalidade Técnicos de proxectos de I+D El periodo de realización de la ayuda es desde el 26-01-2007 al 25-01-2010 con una financiación especifica concreta por importe de 68.880 euros

- Con fecha 01-01-2010 el Ministerio de Ciencia e Innovación concede una subvencion a la Universidad de Santiago para la realización del proyecto titulado " Physics with radioactive ion beams @ :Califa a next generation calorimeter " El periodo de realizacion de la ayuda es desde el 01-01-2010 al 31-12-2012 con una financiación especifica concreta por importe de 834,658 euros.

TERCERO, En fecha de 11 de junio de 2011 la USC comunico a la actora la extinción del contrato con fecha de efectos del 25- 07-2011 porque se da por rematada a obra o servicio obxecto da contratación" CUARTO.- La demandante no ostenta ni ha ostentado en el ano anterior la condición de representante legal o sindical de los trabajadores. QUINTO.-Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que, desestimo la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña Salome frente a la UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA sobre DESPIDO, absolviendo a la demanda de los pedimentos contenidos en la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimo la demanda promovida por Dª Salome contra la Universidad de Santiago de Compostela sobre despido, y absolvió a la demandada de los pedimentos contenidos en la misma.

Se alza en suplicación la representación procesal de la parte actora, interponiendo recurso en base a tres motivos, correctamente amparados en los apartados a) b) y c) del artículo 193 de la LPL ; pretendiendo en el primero la reposición de los autos al estado en que se encontraban al momento de haberse infringido las normas o garantías de procedimiento, en el segundo pretende la revisión fáctica y en el último de los citados denuncia infracciones jurídicas.

SEGUNDO

La parte actora -recurrente en el primer motivo del recurso, pretende la reposición de los autos al estado en que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión; alegando en esencia que se ha infringido el artículo 97.2 de la LRJS, art 218 de la LEC y artículo 24 de la CE en relación con el art 9.3 del mismo texto legal y art 238 y ss de la LOPJ, por cuanto que estima que la sentencia se ha dictado con insuficiencia de hechos probados, pues únicamente se recoge en la sentencia los contratos suscritos, las subvenciones que amparaban dichos contratos y la fecha de comunicación y efectos de la extinción del contrato, omitiendo hechos y pronunciamientos que se han planteado en la demanda y cuya omisión supone una clara incongruencia de la sentencia, así se omite toda referencia al salario regulador del despido y categoría, y su ausencia debe determinar la nulidad de actuaciones y reposición del juicio al momento anterior a dictar sentencia.

En cuanto al primero de los vicios, la obligación de determinar los hechos que se consideran probados en la sentencia se recoge en el artículo 248.3 Ley Orgánica Poder Judicial, al expresar que, entre otros datos, la misma comprenderá "los hechos probados", y se reitera en el Art. 97.2 de la LRJS . al preceptuar que el Juzgador...

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