STSJ Cataluña 7422/2012, 6 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución7422/2012
Fecha06 Noviembre 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0019087

CR

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 6 de noviembre de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 7422/2012

En el recurso de suplicación interpuesto por Josefina, Víctor, Marisa, Nuria, Carlos Ramón, Rocío, Tamara, Juan María, Marí Trini y Adela frente a la Sentencia del Juzgado Social 24 Barcelona de fecha 28 de julio de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 708/2009 y siendo recurrido/a Sef Expres, S.L. y Consorci de l'Auditori i l'Orquesta. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 8 de julio de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 28 de julio de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

Desestimando la demanda interpuesta por Dª Josefina, D. Víctor, Dª Marí Trini, Dª Marisa, Dª Nuria, D. Carlos Ramón, Dª Adela, Dª Rocío, Dª Tamara y D. Juan María frente a las empresas Sef Expres S.L. y el Consorci de l'Auditori i l'Orquestra, en reclamación de reconocimiento de derecho, debo absolver y absuelvo a las demandadas de la pretensión planteada frente a ellas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO. Los actores que seguidamente se relacionan vienen prestando servicios para la empresa Sef Expres S.L. con la antigüedad, categoría profesional y salario siguientes:

- Josefina, con DNI nº NUM000 : antigüedad de 20-3-07, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 800,31 euros. - Víctor, con DNI nº NUM001 : antigüedad de 31-1-08, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 439,53 euros.

- Marí Trini, con DNI nº NUM002 : antigüedad de 1-9-08, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 533,84 euros.

- Marisa, con DNI nº NUM003 : antigüedad de 15-6-04, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 903,99 euros.

- Nuria, con DNI nº NUM004 : antigüedad de octubre de 2006, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 134,80 euros.

- Carlos Ramón, con DNI nº NUM005 : antigüedad de 5-3-07, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 663,10 euros.

- Adela, con DNI nº NUM006 : antigüedad de 21-9-06, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 948,41 euros.

- Rocío, con DNI nº NUM007 : antigüedad de 2-3-07, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 544,36 euros.

- Tamara, con DNI nº NUM008 : antigüedad de 9-3-08, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 133,81 euros.

- Juan María, con DNI nº NUM009 : antigüedad de 26-7-07, categoría profesional de Conserje y salario mensual bruto sin inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 415,40 euros.

SEGUNDO

La empresa Sef Expres S.L. tiene por objeto la prestación de servicios auxiliares, para lo cual cuenta con una plantilla de unos 200 trabajadores; tiene nombrada una trabajadora para el desarrollo de la actividad de prevención de riesgos laborales, facilita a sus trabajadores formación sobre prevención de riesgos laborales y les efectúa reconocimientos médicos periódicos (interrogatorio de Sef Expres S.L. y de Marisa y docs. 314 y 318 a 326 de dicha empresa).

TERCERO

El Consorci de l'Auditori i l'Orquestra tiene por objeto la difusión de la música y la gestión de conciertos y espectáculos musicales, es el titular de las instalaciones de l'Auditori, gestiona su alquiler para conciertos y actos musicales y gestiona también el Museo de la Música. El Consorci sacó a concurso la contratación de los servicios de atención al público en el Consorci y de conserjería de l'Auditori, que fueron adjudicados a la empresa Sef Expres S.L, con la que suscribió un contrato de servicios de conserjería de l'Auditori y otro contrato para la prestación de los servicios de conserjería en el Museo de la Música (testifical practicada a instancias del Consorci; docs. 11 y 12 de la parte actora; doc. 2 del Consorci; y docs. 229 y 230 de la empresa).

CUARTO

Sef Expres no tiene instalado en el Auditori material alguno, sino que únicamente facilita "walkies" a sus trabajadores que prestan servicios en esas dependencias. El Consorci abona a dicha empresa sus servicios por horas de trabajo. La actora Marisa es quien coordina al personal de Sef Expres que presta servicios en el Auditori, para ello se reúne una vez por semana con Montserrat, responsable del Auditori. Marisa recibe órdenes directas del personal del Auditori, siendo éste quien determina el número de trabajadores que debe prestar servicios en cada lugar; en el Museo de la Música es donde se prestan más horas de servicio (interrogatorio de Sef Expres S.L. y de Marisa ).

QUINTO

Los actores reciben órdenes del personal del Auditori y en algunas ocasiones sustituyen a personal de la recepción (testifical practicada a instancias de la parte actora).

SEXTO

Los actores Víctor, Adela, Rocío, Tamara y Juan María realizan sus funciones en el área de Conserjería, situada en el acceso al Auditori, por la entrada de artistas, consistentes, fundamentalmente, en el control del acceso al edificio, atendiendo a las distintas tipologías de visitantes y con distintos protocolos de identificación; atención al cliente, realizando tareas de información, tanto presencial como telefónica, con entrega de los programas de los conciertos, entrega de las partituras a los músicos, recepción de información sobre los conciertos programados, recepción y distribución de correo y documentación, gestión de la centralita telefónica; soporte a conciertos y actos, durante la celebración de los mismos, librando y controlando las correspondientes invitaciones, venta de CDs, control de la llegada de los artistas y personal mediante un canal de "walki", solicitud de taxis para los artistas y público al finalizar los espectáculos; y gestión de las hojas de reclamación.

SÉPTIMO

La actora Blanca realiza, como personal de refuerzo, la entrega de las invitaciones y con carácter esporádico, la sustitución de la secretaria de oficinas cuando ésta se encuentra ausente. La actora Josefina desarrolla sus funciones en el muelle de carga, controlando el acceso de vehículos, recepción, reparto y almacenamiento de mercancías, inventario del departamento de Marketing, ensobrado masivo, empaquetado y envío de material diverso y mantenimiento del muelle y de la garita; para todo ello usa también un "walki".

OCTAVO

Los actores Nuria, Marí Trini y Carlos Ramón prestan sus servicios en el Museo de la Música y realizan las siguientes funciones: obertura y cierre de las instalaciones del museo, encendido y apagado diario de los sistemas de audio y video, cumplimentación de las hojas de incidencias, abertura y cierre de la caja, control y entrega a los usuarios de los sistemas de audífonos, control de acceso al museo, recepción y distribución de paquetería, recepción de llamadas telefónicas, control y vigilancia de la sala e información a los visitantes. La actora Nuria realiza asimismo, las tareas de reparto de invitaciones en el hall de la sala de conciertos.

NOVENO

En fecha 4-8-09 se celebró el preceptivo acto de conciliación previa, con el resultado de intentado sin efecto. "

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria Consorci de l'Auditori i l'Orquesta, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ha formalizado por Dª. Josefina, D. Víctor, Dª. Marí Trini, Dª. Marisa, Dª. Nuria, D. Carlos Ramón, Dª. Adela, Dª. Rocío, Dª. Tamara y D. Juan María recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 24 de los de Barcelona en fecha 28/7/11 en la que, desestimándose la demanda presentada por los ahora recurrentes contra las empresas Sef Expres S.L. y Consorci de l'Auditori i l'Orquestra, se absolvió a las demandadas de las peticiones contenidas en la misma y dirigidas a que se declarase que "los actores son objeto de tráfico o prestamismo laboral prohibido ex art. 43 del

E.T ., teniendo la condición de cedente y prestamista la demandada Sef Expres S.L. y la de cesionario Consorci de l'Auditori y l'Orquestra, siendo, en definitiva, esta última a quien le alcanza la condición de empresario desde el inicio de la prestación laboral de los actores alcanzándole en consecuencia a éstos la condición de trabajadores por cuenta de dicha codemandada, Consorci de l'Auditori i l'Orquestra, a la que específicamente ha de condenársele a integrar a los trabajadores en su plantilla, como consecuencia de la opción que éstos hacen en los términos disciplinados en el art. 43 del E.T . y en tal...

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