STSJ Asturias 3177/2012, 14 de Diciembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3177/2012
Fecha14 Diciembre 2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 03177/2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2012 0102721

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002677 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 34/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº4 de OVIEDO

Recurrente/s: INSS INSS

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

Recurrido/s: Lorenza

Abogado/a: JOSE RAMON BALLESTEROS ALONSO

Sentencia nº 3177/12

En OVIEDO, a catorce de Diciembre de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Iltmos Sres. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Presidente, D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2677/2012, formalizado por el Letrado de la SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 466/2012 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 34/2012, seguidos a instancia de Dª. Lorenza, representada por el Letrado D. JOSE RAMON BALLESTEROS ALONSO, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Lorenza presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 466/2012, de fecha once de Septiembre de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. Doña Lorenza, con D.N.I. NUM000, nacida el día NUM001 de 1951, figura afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con el nº NUM002 siendo su profesión habitual la de autónoma carnicera.

  2. Inició proceso de IT derivado de enfermedad común el 19 de julio de 2011.

  3. A instancia de la actora se inició expediente de Incapacidad Permanente; resolviéndose finalmente por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social con fecha 3 de octubre de 2011, previo dictamen propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 7 de septiembre de 2011 que la solicitante no estaba afectada de incapacidad permanente alguna, por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución para ser declarada en incapacidad permanente; estando disconforme con dicha resolución, formula frente a la entidad reclamación previa que le es expresamente desestimada mediante resolución de 7 de diciembre de 2011.

  4. La actora padece: Sdre miofascial Síndrome ansioso depresivo Cérvico artrosis severa (Informe Reumatologia de Hospital Monte Naranco 1/3/2012). Espondilolistesis L5 S1 Grado 1.

    A la exploración presenta: Acude sola Aspecto correcto Conversación coherente correcta fluida No ansiedad en la consulta no inhibición mantiene contacto visual Refiere realizar tareas domesticas Sala a pasear No inhibición social Osteoarticular Estática correcta Deambulación autónoma no claudicante P/T con dificultad bilateral COL cervical: Espinopresión positiva contractura paravertebral y de ambos trapecios. BA completo refiriendo dolor con una DME de 3/16 cm.

    MMSS limitado los últimos 25-30º de anteversion y abducción en hombro drecho (dominante), en movimientos combinados llega a la nica y a lumbares medias. Exploración tendinosa sin alteraciones Discreta disminución de fuerza bilateral ROTS presentes simétricos Tinnel y Phelen negativos No signos de radiculopatia periférica.

    Muñecas y manos sin limitación en BA Nose aprecia flogosis art5icular en dedos de ambas manos.

    Col lumbar Espinopresión levemente positiva discreta contactara paravertebral bilateral BA completo refiriendo dolor con una DDS de 18 cm ROTS presentes iméticos No signos de radiculopatia periférica BA completo bilateral Caderas discreto dolor en rotaciones y abducciones bilateral.

  5. La base reguladora de la prestación de incapacidad permanente absoluta asciende a la cantidad de 681,79 euros mensuales, y la fecha de efectos es de 7 de septiembre de 2011, según conformidad de las partes.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Estimando la petición subsidiaria de la demanda formulada por DOÑA Lorenza contra el INSTITUTO NACIONAL...

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