STSJ Canarias 1084/2012, 28 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1084/2012
Fecha28 Junio 2012

SENTENCIA

Ilmos. /as Sres. /as

SALA Presidente

D./Da. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ

Magistrados

D./Da. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ

D./Da. EDUARDO JESUS RAMOS REAL (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de junio de 2012.

En el recurso de suplicación interpuesto por MELIA HOTELS INTERNACIONAL S.A. contra la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2011 dictada en los autos de juicio no 810/2011 en proceso sobre Despido, y entablado por D. Cirilo contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL, MELIA HOTELS INTERNACIONAL S.A. y MINISTERIO FISCAL.

El Ponente, el/la Ilmo. /a Sr. /a D. /Dna. EDUARDO JESUS RAMOS REAL, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Cirilo contra la empresa "SOL MELIÁ, SA" (actualmente "MELIÁ HOTELS INTERNATIONAL, SA") y contra el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 16 de diciembre de 2011 por el JUZGADO de lo SOCIAL No 1 de los de Las Palmas de Gran Canaria.

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

El demandante ha venido prestando servicios para la demandada, desde el 09/09/75, con categoría profesional de vigilante y salario diario bruto prorrateado de 53,52#.

SEGUNDO

En fecha 01/07/11 la empresa le entrega carta de despido en la que se le comunica que la empresa debe proceder a extinguir su contrato de trabajo con efectos del mismo día al amparo del articulo 52 c) del ET por causas organizativas. En dicha carta que por su extensión se da íntegramente por reproducida se indica textualmente en relación al puesto del actor: "Los antecedentes que hemos expuesto en las páginas anteriores, nos llevan al punto que tenemos que plantearnos cambios estructurales y operativos importantes de la plantilla del hotel. Estos son necesarios e imprescindibles para poder acometer cualquier cambio de filosofía de negocio, como el que estamos planteando en estos momentos. En el ano 2010 se tomó la decisión de primar el precio medio sobre volumen, lo que supone de hecho tratar de renegociar el hotel otra vez en un segmento de clientela de mejor poder adquisitivo y paliar con ingresos, lo que no produce el volumen. Esto tendrá como consecuencia que el hotel baje la ocupación situándose alrededor del 65% al 70% anual, que es su volumen natural si tenemos en cuenta su naturaleza de 5 estrellas. Estos cambios estructurales los llevaremos a cabo desde dos acciones concretas. Una es la eliminación o reducción de puestos inoperativos, obsoletos y sobrantes desde el punto de vista organizativo y productivo. Por otro lado debemos acometer revisiones estructurales y operativas de departamentos completos, que implicarán cambios sustanciales de las condiciones de trabajo de algunos empleados para poder amoldarse a las necesidades actuales y futuras de la empresa. Una vez expuesto cuanto antecede, y en lo que se refiere al puesto de vigilante de Noche, que usted viene ocupando, hemos de decir que este puesto estaba compuesto de diferentes funciones, que han sido absorbidas por otros departamentos y puestos. Así, aparte de la labor de vigilar las dependencias del hotel, usted se encargaba de cerrar los diferentes departamentos al terminar sus labores, apagar y encender luces en las zonas comunes y de personal del hotel, abrir el Restaurante de madrugada, cuando había desayunos fríos (para tripulaciones o salidas tempranas) y apoyar al recepcionista de noche ante cualquier emergencia con clientes. Sin embargo, hoy en día el cierre o apertura de dependencias del Hotel es responsabilidad de los diferentes departamentos y de sus jefes. También contamos hoy en día, con nuevos tipos de cerraduras que hacen innecesario tener copias o dobles llaves en la recepción. El apagado o encendido de las luces de zonas comunes y de personal está automatizado por relojes o por detectores de movimiento. La apertura del Restaurante la hacen los cafeteros que entran de madrugada o en su defecto el camarero que venga a servir los desayunos fríos. Las labores de vigilancia hace muchos anos que están subcontratadas a una empresa externa. Una vez aclarado todo lo anterior y, por tanto agotadas todas las posibilidades que hasta este momento y en los últimos anos hemos ido tomando, la empresa se ve en la necesidad de amortizar no solo su puesto de trabajo, sino el de otros trabajadores más, pertenecientes a otros departamentos. Ello teniendo en cuenta que esta medida ayudará a garantizar el resto de los puestos de trabajo, lo cual asimismo nos permitirá optimizar al máximo los recursos de que disponemos. A mayor abundamiento, debemos decir, que con la amortización de su puesto de trabajo lograremos reducir los costes de personal lo que provoca una mejora en la estructura de gastos fijos, y consecuentemente una disminución de las pérdidas en la cuenta de resultados, lo que, confiamos nos ayude a ser más competitivos". La empresa puso a disposición del trabajador, mediante la emisión de cheque bancario no 7.821.484 del Banco Santander, la cuantía de 22.194,13 # (19.260 # en concepto de indemnización de 20 días por ano de servicio y 2.934,13 # por falta de preaviso), dicho cheque no ha sido cobrado. TERCERO.- La empresa demandada realizó una Propuesta de Plan de Viabilidad para la reestructuración organizativa y productiva, así como si fuera necesario, la eliminación de funciones y puestos de trabajo obsoletos. Las medidas de dicho plan se resumen en las siguientes: Departamento de Bares y Restaurantes: Unificación de bares y restaurantes y reestructuración de cocina, así como la extinción de 2 jefes de sector y de 3 camareros. Departamento de recepción: Supresión de los puestos obsoletos de Tenedor de Cuentas y vigilante. Departamento de pisos: reubicación a una subgobernanta como camarera de piso; reubicación al decorador como mozo de equipajes, y extinción de 2 mozos de habitaciones/limpieza. Departamento de Administración: extinguir jefe economato. Departamento de Marketing: extinguir promotora/ responsable de grupos. Dicho plan de viabilidad, obra en autos y se da por reproducido. CUARTO.- En fecha 4/05/11 el Director del Hotel comunica al Comité de Empresa dicha Propuesta de Plan de Viabilidad, abriéndose el correspondiente periodo consultivo, tras el cual los miembros del comité de empresa, comunican a la empresa en fecha 29/06/11 que han acordado ejercitar el derecho de huelga. El comité de huelga lo integran los siguientes trabajadores: Lázaro, Salvador, Jesús Luis, Avelino, Eulalio, Jorge, Emiliano, Luis Angel, Armando, Erasmo, Javier y Remigio . QUINTO.- Se extinguieron otros cinco contratos de trabajo: El de la promotora/responsable de grupos ( Tarsila ), el de la Subgobernanta ( Catalina ), el Auxiliar de pisos y limpieza ( Amadeo ), el Tenedor de cuentas ( Emiliano ) y el Jefe de economato ( Remigio ). SEXTO.- En el departamento de cocina se han modificado las condiciones de trabajo de 3 Ayudantes, 1 Cocinero, 6 Jefes de partida, 6 Auxiliares de cocina, 1 Jefe de cocina y 1 segundo jefe de cocina. SÉPTIMO.- En el departamento de comedor se han modificado las condiciones de trabajo de 21 camareros, 4 Ayudantes de camarero, segundo jefe comedor, 3 Jefes de sector, y 1 Jefe departamento de bares y restaurantes. OCTAVO.- Se ha procedido a modificar los horarios y turnos de gran parte de los trabajadores. NOVENO.- En el ano 2000 el precio medio de la habitación era de 58,99 # en 2001 de 62,02 #, en 2002 60,15 #, en el ano 2007 de 59,67 #, en el ano 2008 de 57,51 #, en el ano 2009 de 53,44 # y en el ano 2010 54,05 #. El coste de personal pasa de un 44,4% en el ano 2000 a un 50,4% en el ano 2010 (5.339.611 #). La plantilla en el ano 2000 era de 181,76 y en 3l ano 2010 de 155,99, (reducción de 14,17%) por lo que el gasto de personal ha ascendido un 37,72%. El beneficio operativo bruto del hotel ha sido el siguiente: ano 2000, 1.494.975 euros; ano 2001, 1.180.608 euros; ano 2002, 2.011.898 euros; ano 2003, 1.087.974 euros; ano 2004, 1.007.218 euros; ano 2005, 865.797 euros; ano 2006, 1.117.611 euros; ano 2008, 211.951 euros; ano 2009, - 278.661 euros; y ano 2010, 63.727 euros. DÉCIMO.- La seguridad del Hotel esta contratada con la empresa de vigilancia PROSEGUR. UNDÉCIMO.- Tras la asunción por una empresa de vigilancia de las funciones de vigilancia del hotel el actor ha venido realizando funciones de apoyo a recepción: -vigilar las dependencias del hotel (cerrar los diferentes departamentos). -apagar y encender luces en las zonas comunes y de personal del hotel, y apoyar al recepcionista de noche ante cualquier emergencia con clientes. Llevaba el equipaje pasada la medianoche. Apoyo de recepción. Con anterioridad a la extinción del contrato el actor ya no se encargaba del cierre o apertura de dependencias del Hotel y el apagado o encendido de las luces de zonas comunes y de personal ya no las realiza el actor. El actor no era sustituido en su puesto de trabajo ni en periodo de vacaciones ni cuando se encontraba de baja. Tras la extinción del contrato de trabajo del actor nadie ha asumido sus funciones. DECIMOSEGUNDO.- En fecha 26 de abril de 1983, se firmó Acuerdo entre la representación de la Empresa Hotel Meliá (Hotel Meliá Tamarindos) y el Comité de Empresa del siguiente tenor: "...5) el Comité de Empresa propone y la empresa acepta que el trabajador que fuera despedido, si en virtud de sentencia firme de la Jurisdicción Laboral el despido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR