STSJ Canarias 417/2012, 1 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución417/2012
Fecha01 Junio 2012

En Santa Cruz de Tenerife, a 1 de junio de 2012.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dna. MARIA DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA, D./Dna. ANTONIO DORESTE ARMAS y D./Dna. MARIA CARMEN GARCIA MARRERO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.0000610/2011, interpuesto por D./Dna. UNION GENERAL DE TRABAJADORES frente a Juzgado de lo Social No 1 de Santa Cruz de Tenerife en los Autos No 0000347/2010 en reclamación de Extinción de contrato, siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dna. MARIA CARMEN GARCIA MARRERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D./Dna. María Milagros, Pedro Miguel

, Coral, Justa, Sonia, Ascension, Eva, Noemi, María Rosa, Claudia, Lucía, Sonsoles, Belinda, Francisca, Penélope, Adela, Elsa, Mariola, Virginia, Celestina y Leonor, en reclamación de Extinción de contrato siendo demandado D./Dna. FUNDESCAN, UGT, ADMINISTRACION CONCURSAL DE FUNDESCAN Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 25 de noviembre de 2010, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.-Los actores han prestado servicios para la empresa demandada, FUNDACION CANARIA PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE CANARIAS (FUNDESCAN), con la antigüedad, categoría profesional y salario mensual prorrateado siguientes:

Da Noemi : categoría profesional de Cuidadora y salario mensual prorrateado de 1.608'40 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

Del 12.09.05 al 08.04.06

Del 01.07.06 al 31.03.09

Del 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Lucía : categoría profesional de T. Jefa de Departamento y salario mensual prorrateado 2.547'98 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

De 01.07.01 a 31.12.01

De 01.01.02 a 19.06.02

De 21.06.02 a 30.06.02

De 01.07.02 a 31.03.09 De 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Celestina : categoría profesional Administrativa A y salario mensual prorrateado de 1.611'72 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

Del 22.06.04 a 21.12.04

Del 22.12.04 a 21.06.05

Del 22.06.05 a 14.05.06

Del 15.05.06 a 01.05.07

Del 02.05.07 a 31.03.09

Del 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Coral : antigüedad de 01.06.02, categoría profesional Educadora y salario mensual prorrateado de 1.687'80 euros.

Da Belinda : antigüedad 06.11.06, categoría profesional Cuidadora y salario mensual prorrateado de

1.138'54 euros.

Da Mariola : antigüedad 05.11.03, categoría profesional Cocinera y salario mensual prorrateado de

1.256'09 euros.

Da Francisca : antigüedad 01.11.03, categoría profesional Educadora y salario mensual prorrateado de 1.666'39 euros.

Da Justa : categoría profesional Cuidadora y salario mensual prorrateado de 1.216'94 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

De 06.11.06 a 04.01.07

De 05.01.07 a 31.03.09

De 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Sonsoles : antigüedad 03.07.06, categoría profesional Limpiadora y salario mensual prorrateado de 941'67 euros.

Da Penélope : categoría profesional Técnico Superior A y salario mensual prorrateado de 2.241'30 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

De 28.07.03 a 08.03.04

De 25.06.04 a 22.07.04

De 26.07.04 a 08.03.05

De 09.05.05 a 21.11.05

De 22.11.05 a 23.03.06

De 27.03.06 a 31.03.09

De 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Leonor : categoría profesional Tec. Departamento A y salario mensual prorrateado de 1.937'31 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

De 01.02.01 a 31.08.01

De 05.03.03 a 31.03.09

De 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Adela : categoría profesional Ayud. Tec. Departamento A y salario mensual prorrateado 1.912'52 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

De 20.03.00 a 31.12.00

De 01.02.01 a 30.01.01 De 03.01.02 a 19.06.02

De 21.06.02 a 31.03.09

De 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Virginia : antigüedad 10.10.02, categoría profesional Educadora y salario mensual prorrateado de

1.807'80 euros.

Da Sonia : antigüedad 24.01.07, categoría profesional Cuidadora y salario mensual prorrateado de

1.262'26 euros

Da María Rosa : categoría profesional Ayudante T. Departamento A y salario mensual prorrateado de

1.904'29 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

De 15.02.00 a 31.12.00

De 22.08.01 a 25.10.01

De 26.10.01 a 31.12.01

De 01.01.02 a 19.06.02

De 21.06.02 a 30.06.02

De 01.07.02 a 31.03.09

De 01.04.09 hasta la actualidad

Da Claudia : antigüedad 01.06.02, categoría profesional Da casas de acogida y salario mensual prorrateado de 2.513'67 euros.

D. Pedro Miguel : categoría profesional Ayud. T Departamento B y salario mensual prorrateado de

1.691'77 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo:

De 14.08.01 a 20.12.01

De 01.02.02 a 19.06.02

De 21.06.02 a 17.02.03

De 18.02.03 a 15.12.03

De 16.12.03 a 09.05.04

De 10.05.04 a 26.12.04

De 27.12.04 a 23.03.05

De 24.03.05 a 08.05.05

De 09.05.05 a 31.03.09

De 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Elsa : antigüedad 14.11.07, categoría profesional Cuidadora y salario mensual prorrateado de

1.150'74 euros.

Da Ascension : antigüedad 01.06.02, categoría profesional Cuidadora y salario mensual prorrateado de 1.258'02 euros.

Da María Milagros : categoría profesional Cuidadora y salario mensual prorrateado de 1.276'86 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo: De 01.11.03 a 31.12.04 De 01.01.05 a 31.03.09 De 01.04.09 hasta la actualidad.

Da Eva : categoría profesional Educadora y salario mensual prorrateado de 1.608'46 euros, habiendo prestado servicios para la demandada los siguientes periodos de tiempo: De 21.04.06 a 05.08.06 De 06.08.06 a 31.12.06 De 01.01.07 a 01.07.07 De 06.07.07 a 31.03.09 De 01.04.09 hasta la actualidad. SEGUNDO.- A fecha de hoy se adeuda a los demandantes los salarios desde el mes de diciembre de 2009, inclusive, así como parte de la nómina del mes de julio de 2009 y la paga extra de verano de 2009. TERCERO.- Mediante escrito, en el que aparece el anagrama de UGT junto a FUNDESCAN, ésta comunica a los demandantes que se les concede un permiso retribuido desde la recepción de la notificación, quedando dispensados de acudir a su puesto de trabajo, permaneciendo en dicha situación hasta nueva comunicación por parte de la Dirección de FUNDESCAN y manteniéndose invariable su retribución. El referido escrito, de fecha 26.03.10, fue recibido el día 07.04.10 por Da Noemi, Da Coral, Da Belinda, Da Mariola, Da Francisca, Da Justa, Da Sonsoles, Da Virginia, Da Sonia, Da Claudia, Da Ascension, Da María Milagros y Da Eva . Y, el referido escrito, con fecha de 19.04.10, fue recibido el día 23.04.10 por Da Lucía, Da Celestina

, Da Penélope, Da Leonor, Da Adela, Da María Rosa y D. Pedro Miguel . Los permisos retribuidos recibidos el 23.04.10 fueron remitidos desde la sede de UGT en Las Palmas. CUARTO.- FUNDESCAN se constituyó en el ano 1996 por UGT DE CANARIAS, representada por D. Leopoldo, en su condición de Secretario General, constituyendo el Patronato de la Fundación, recayendo el cargo de patronos Fundadores en las siguientes personas: D. Leopoldo, D. Teodulfo, D. Juan Francisco, D. Bernardino, D. Eusebio y Da Esmeralda, siendo elegido el primero como Presidente de la Fundación y el segundo como Secretario de la misma. El Patronato delega todas las competencias y funciones en el Consejo de Dirección, formado por D. Bernardino, D. Eusebio y D. Teodulfo, siendo este último el Secretario del mismo. Establece el artículo 2 de los estatutos fundacionales, modificado para la adaptación a la Ley 2/98 de Fundaciones Canarias, que 'La Fundación, tiene personalidad jurídica independiente y patrimonio propio, gozando de plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines y se regirá por la voluntad del Fundador, por los presentes Estatutos, por los acuerdos que legalmente adopten sus órganos de gobierno, y en todo caso por la Ley 2/98, de Fundaciones Canarias, y demás disposiciones de aplicación'. Dispone el artículo 10.1 de los estatutos que 'El Patronato es el órgano supremo de manifestación de la voluntad del Fundador, y a él corresponde cumplir los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación, manteniendo plenamente el rendimiento y utilidad de los mismos.' Inicialmente los estatutos recogían que le correspondía al Patronato elegir de entre sus miembros al Presidente y al Secretario de la Fundación, así como a los componentes del Consejo de Dirección; y que podía delegar la totalidad de sus facultades, excepto aquellas que por ley resulten indelegables, en uno o varios de sus miembros que actuarán en este caso colegiadamente en Consejo de Dirección (art. 10.1,d) y 10.2). En los arts. 23 y 24 se regulaba el Consejo de Dirección. Posteriormente, en reunión del Patronato de fecha 06.11.00, se acordó, entre otros, la supresión del Consejo de Dirección (formado por D. Bernardino, Da Valle y D. Luciano ) y, en consecuencia, de los arts 23 y 24 de los Estatutos de la Fundación, así como la modificación de el apartado 1,d) y 2 del art. 10 y del art. 25, relativo al Director Gerente' para omitir las referencias a tal órgano. QUINTO.- El Patronato de FUNDESCAN ha estado compuesto por las siguientes personas:

Ano 1996:

Presidente: D. Leopoldo

Secretario: D. Teodulfo

Vocales: D. Juan Francisco

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