STSJ Castilla y León 601/2012, 13 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución601/2012
Fecha13 Septiembre 2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00601/2012

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 539/2012

Ponente Ilma. Sra. Dª. Ana Sancho Aranzasti

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 601/2012

Señores:

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Presidente-Acctal.

Ilma. Sra. Dª. Ana Sancho Aranzasti

Magistrada

Ilmo. Sr. D. Antonio César Balmori Heredero

Magistrado

En la ciudad de Burgos, a trece de Septiembre de dos mil doce.

En el recurso de Suplicación número 539/12 interpuesto por la representación letrada de la JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN - CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE -, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos en autos número 196/12 seguidos a instancia de D. Ceferino, contra la recurrente, en reclamación sobre Despido. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Ana Sancho Aranzasti que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 14 de mayo de 2012 cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda presentada por DON Ceferino contra JUNTA DE CASTILLA Y LEON-CONSEJERIA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE y MINISTERIO FISCAL, en su petición subsidiaria, debo declarar y declaro improcedente el despido operado, condenando a la JUNTA DE CASTILLA Y LEON-CONSEJERIA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta Resolución opte entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o el abono como indemnización de la cantidad de 36.283,50 #, abonando en ambos casos los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente Resolución, a razón de 45,38 # diarios".

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: "

PRIMERO

DON Ceferino ha venido prestando servicios para la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, con una antigüedad de 11 de noviembre de 2.002, ostentando la categoría profesional de Titulado en grado Medio (Ingeniería Técnica Forestal) y salario mensual bruto con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 2.675,35 #, abonado mensualmente a través de hojas salariales mediante transferencia bancaria, desarrollando funciones consistentes en:

- Diseño, ejecución y seguimiento de un programa de quemas controladas, desde el año 2002 al año 2006, en coordinación con la 4ª Sección Territorial y con la Sección de Protección de la Naturaleza, coordinados con los equipos de EPRIF y ELIF que fueron apareciendo en las campañas de invierno, también puntualmente se hicieron quemas sin estos equipos dependientes directamente del Servicio Territorial. Funciones de asesoramiento ganadero, de búsqueda de alternativas viables a la quema, de intentar racionalizar las quemas en número y en Ha y ajustarlas a las cargas ganaderas.

- Gestión y ejecución de un programa de formación relacionada con los recursos naturales, programa ejecutado en el año 2003, en las zonas Plan 42, con la edición, revisión y diseño de una serie de manuales.

- Programa formativo en el sector apícola: 8 jornadas técnicas apícolas, con la colaboración de las asociaciones apícolas burgalesas. Puesta en marcha de Ferias de Productos Apícolas (4 en Espinosa de los Monteros).

- Programa formativo en el sector ganadero de vacuno y equino: cursos, viajes formativos, mesas redondas, jornadas, potenciación del asociacionismo, promoción de la carne de potro, ... Organización de las jornadas de gestión del territorio y ganadería para el Fondo Europeo de Conservación de la Naturaleza (EFNC)

- En el sector micológico, potenciación, apoyo a la implantación del programa MYAS-RC en las comarcas del Plan 42.

- Programa de ayudas de desbroces de la Consejería de Medio Ambiente (ayudas agroambientales, ayudas a favor del medio forestal). Esta es la principal línea de trabajo que ha realizado y que ha ocupado un porcentaje muy alto de su jornada laboral. Las principales funciones han sido:

Divulgación, información y asesoramiento técnico sobre las subvenciones.

Tramitación y gestión administrativa de la subvención:

- Comprobación de documentación

- Revisión y corrección de planes silvopastorales

- Realización de informes para la gestión de la ayuda

- Control anual de la ayuda, tanto de campo como de oficina

- Controles oficiales de ayuda, elección de expedientes y realización de los controles

- Resolución de las incidencias administrativas que han ido surgiendo con la ayuda

- Grabación de modificaciones y solicitudes

Participación en jornadas de la Dirección General del Medio Natural de diseño y seguimiento de la ayuda.

Seguimiento de las ayudas ya finalizadas.

Durante los años 2003, 2004 y 2005 en que las ayudas estaban priorizadas en las zonas del Plan 42, gestionó 125 expedientes.

- Labores de información y asesoramiento de subvenciones realizadas con mejoras ganaderas o de terrenos forestales.

- Labores de apoyo a la 4ª Sección Territorial, en la organización de los aprovechamientos de pastos.

- Programa de Educación Ambiental dirigido a la población escolar. Seguimiento y diseño de un programa oficial diseñado por la Consejería para la zona Plan 42 en colegios e institutos de la zona (día del árbol, día del medio ambiente, salidas de campo, actividades a la carta de lo que demandaban los centros escolares)

- Educación Ambiental dirigida a la población adulta, edición de boletines periódicos, charlas.

- Guardias de incendios, desde el año 2007 como Técnico de Operaciones. Anteriormente a hacer guardias oficiales, desde el año 2002, ha colaborado en la extinción de los incendios, sobre todo en los de precampaña en la zona Plan 42, también en los grandes incendios que se producían en la provincia, particularmente en el verano de 2003 con la asistencia como Técnico "especialista" a los grandes incendios producidos.

- Ponente de un Curso de Prevención de Incendios Forestales del Ministerio de Medio Ambiente, habiéndose realizado las prácticas en la comarca.

- Ponente de dos Cursos de Prevención de Incendios Forestales de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

- Organización de las Jornadas de Prevención de Incendios a nivel nacional organizadas por PROFOR en la zona Plan 42.

- Representante de la Junta de Castilla y León en las Jornadas sobre Prevención de Incendios Forestales del programa europeo EUFOFINET (interegIV) celebradas en Copenhague.

SEGUNDO

En fecha 31 de octubre de 2.002 ambas partes suscribieron contrato de trabajo de duración determinada, para la realización de una obra o servicio determinado, consistente en desarrollar las tareas de puesta en funcionamiento del Plan de Medidas Preventivas contra Incendios Forestales-Plan 42- para prestar servicios en la Comarca de las Merindades (Oficina Comarcal de Espinosa de los Monteros) del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos para el periodo de 2.002 a 2.005, fijando una duración desde el 11 de noviembre de 2.002 al 30 de junio de 2.005, cuyo contrato fue sucesivamente prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2.011.

TERCERO

El Plan 42 fue puesto en marcha en el año 2.002 por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para la prevención de incendios en las comarcas más afectadas, incluyendo la Comarca de las Merindades en la que prestó servicios el demandante, incluyendo dicho Plan 42 las tareas propias del Organismo demandado en orden a la prevención de incendios en las zonas que constan en el mismo, cuyas funciones se siguen realizando y continuaron desarrollándose a partir del día 31 de diciembre de 2.011, salvo las referidas a Educación Ambiental, consistentes en charlas en los colegios y reuniones.

CUARTO

En fecha 18 de noviembre de 2.011, el actor presentó Reclamación Previa ante el Organismo demandado solicitando se reconociese su derecho a ostentar relación por tiempo indefinido con la Junta de Castilla y León, que fue reiterada en fecha 30 de diciembre de 2.011.

QUINTO

En fecha 23 de noviembre de 2.011 el Organismo demandado comunicó al demandante que en relación con el contrato de trabajo por obra o servicio determinado, de acuerdo con la cláusula tercera del mismo, dicho contrato quedará extinguido el día 31 de diciembre de 2.011.

SEXTO

El actor solicita se declare que el cese operado por el Organismo demandado en fecha 31 de diciembre de 2.011 constituye un despido nulo o subsidiariamente improcedente.

SEPTIMO

Formulada Reclamación Previa, no ha sido contestada.

OCTAVO

El actor no ostenta ni ha ostentado el cargo de Representante de los Trabajadores.

TERCERO

Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación la parte demandada, habiendo sido impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.

CUARTO

En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dictada sentencia el 14 de mayo de 2012 por el Juzgado de lo Social número Dos de Burgos en procedimiento por despido registrado bajo el número de autos 196/2012 por el que se estimaba la demanda interpuesta por D. Ceferino contra la Junta de Castilla y León (Consejería de Fomento y Medio Ambiente), con intervención del Ministerio Fiscal, declarando la improcedencia del...

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