STSJ Extremadura 684/2012, 11 de Septiembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 684/2012 |
Fecha | 11 Septiembre 2012 |
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD
CACERES
SENTENCIA: 00684/2012
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 684
PRESIDENTE :
DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS
MAGISTRADOS :
DON MERCENARIO VILLALBA LAVA
DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DON JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU/
En Cáceres, a Once de Septiembre de dos mil doce.
Visto por la Sala el Procedimiento Ordinario nº 1287/2010, promovido ante este Tribunal a instancia del Procurador D. Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de D. Humberto, siendo parte demandada la Administración General del Estado y la Junta de Extremadura ; recurso que versa sobre Resolución de 30 de junio de 2010 dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, recaída en la reclamación NUM000, en relación con la liquidación practicada en concepto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
Siendo la cuantía del recurso 39.514,48 euros.
Por la parte actora se presentó, con fecha 6 de octubre de 2010, escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, por escrito presentado el 26 de julio de 2011.
Aducía los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación y terminaba solicitando que se dictara sentencia por la que se estime el recurso y anule la resolución impugnada, con condena en costas a la Administración demandada.
Dado traslado de la demanda a la parte demandada, la Administración General del Estado, por medio de escrito presentado el 27 de septiembre, presentó contestación a la demanda, oponiéndose a la misma y solicitando que se dicte una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora. La Junta de Extremadura presenta escrito de contestación a la demanda el 31 de octubre, solicitando asimismo su desestimación.
Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.
Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU, quien expresa el parecer de la Sala.
Es objeto de recurso contencioso-administrativo la Resolución de 30 de junio de 2010 dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, recaída en la reclamación NUM000, en relación con la liquidación practicada en concepto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas por parte de la Oficina Liquidadora de Olivenza, por importe de 39.514,48 euros, derivada de la escritura pública de 7 de abril de 2005, por la que se había formalizado la...
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