STSJ Cataluña 4615/2012, 19 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4615/2012
Fecha19 Junio 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 43155 - 44 - 4 - 2010 - 0016108

MDT

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. CARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH

En Barcelona a 19 de junio de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 4615/2012

En el recurso de suplicación interpuesto por Marí Trini frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tortosa de fecha 21 de junio de 2011 dictada en el procedimiento nº 616/2010 y siendo recurridos el INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (INSS) y TRESORERIA GENERAL DE LA SEGURETAT SOCIAL. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15.09.10 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 21 de junio de 2011 que contenía el siguiente Fallo:

"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Dña Marí Trini contra TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL e INSTITUTO GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y se confirma la desestimación recaída en el Expediente de Reclamación Previa NUM000 del expediente NUM001

Que no hay expresa condena en costas."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

UNO.- Dña Marí Trini nació el NUM002 -1956. Su categoría profesional era de operaria de la confección.

(No controvertido) DOS.- Por el Dr Luis Andrés se elabora informe en el que se recopila como diagnóstico parálisis flácida en pierna derecha, secuela de polimielitis, portadora de férula y que precisa de dos muletas para deambular.

Desde su leal saber y entender es tributaria de una IPT.

(Ramo de prueba de las codemandadas)

TRES.- El Juzgado de lo social 2 de los de Tarragona en el Procedimiento 457/1999 se dicta sentencia el 28-3-2000 por el que estimando la demanda interpuesta por Dña Marí Trini declara a la actora a una situación de IPT.

(Expediente del INSS)

CUATRO.- El dictamen médico de revisión de 6-5-2010 establece en lo que a enfermedad actual se refiere que "la paciente no ha trabajado desde entonces, se queja de lo que cobra y dice que tiene todo en manos de un abogado para volver a juicio. Actualmente no realiza ningún control ni tratamiento".

A la exploración, no aporta ningún informe actual y el último aportado es del año 1999.

Exploración física: pierna derecha con ortesis por parálisis flácida que afecta a rodilla y tobillo y gran atrofia muscular.

El informe lo elabora la Dra Natividad

(Expediente del INSS)

CINCO.- Por el Dr Benjamín el 15-4-2010 elabora un informe en el que determina como problemas de salud:

- 2006- dolores de espalda;

- 1996- fractura de la diáfisis del cúbito y radio;

- 1960- secuelas de Poliomielitis

En los últimos 3 años ha empeorado su incapacidad para hacer las labores del hogar, necesita de muletas para caminar y portadora de la prótesis en la extremidad derecha, necesitando ayuda de terceros para algunas actividades del hogar.

Dolor crónico y creciente en la pierna izquierda por sobrecarga. Algias iniciadas en el año 1996 a raíz del accidente.

En RX del año pasado se aprecian signos degenerativos de la espalda y signos de artrosis y mala posición de la articulación de la rodilla derecha.

(Expediente del INSS)

El 20-4-2011 reitera informe en virtud de las pruebas RX del 2009.

(Documento 2 del ramo de prueba de la actora)

Dña María del Pilar testifica que hace labores en el hogar de Dña Marí Trini tres veces por semana porque la Sra Marí Trini no puede moverse.

(Testifical)

SEIS.- Por el Dr Gines se elabora informe pericial en el que se pone de manifiesto:

- Como antecedentes

o Poliomilitis infecciosa con secuela a nivel de la extremidad inferior derecha con múltiples intervenciones;

o Politraumatismo tras accidente de tráfico el año 1996;

o Gastritis

- Como valoración clínica:

o Cojera a la deambulación

o Portadora de ortesis estabilizadora de extremidad inferior derecha o Atrofia global de extremidad inferior derecha

o Dolor a la palpación rotuliana

o Dolor a la flexo-extensión derecha con limitación del balance aticular (extensión 0º y flexión 90º)

o Artrosis tobillo derecho

o Dismetría con acortamiento de la extremidad inferior derecha de 6 cm

o Dolor a la inserción del manguito rotador de ambos hombros asociado a dolor con la movilización y limitación de la movilidad en los últimos grados.

- Como diagnóstico:

o Parálisis flácida extremidad inferior derecha (secuela poliomielitis)

o Gonoartrosis derecha

o Síndrome subcromial bilateral

o Síndrome ansioso-depresivo en tratamiento médico.

(Informe aportado por la actora en su ramo de prueba y ratificado a presencia judicial)

SIETE.- El ICASS le ha reconocido un nivel de dependencia Grado 2 Nivel 1 el 6-5-2011 considerando al tiempo que Dña Marí Trini tiene una minusvalía de un 49% sin necesidad de una tercera persona para las actividades esenciales cotidiana reconociendo que tiene dificultades de movilidad.

La discapacidad en física-psíquica.

(Documentos 8, 9 y 10 del ramo de prueba de la actora)

OCHO.- Ante el INSS se tramita expediente NUM001 en el que se reconoció en su día Incapacidad Permanente Total para profesión habitual e interesando Dña Marí Trini revisión de grado por empeoramiento, se deniega la revisión a IPA y se interpone en tiempo y forma reclamación previa que es desestimada en el Expediente de Reclamación Previa NUM000 .

La Base Reguladora es 535,14 y la fecha de efectos es de 19-5-2010.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no lo impugnó,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 2 de Junio de 2015
    • España
    • 2 Junio 2015
    ...octubre de 2014, en contestación a la Diligencia de Ordenación de 24 de septiembre de 2014, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 19 de junio de 2012 (Rec. 6073/2011 ), respecto de la que la parte recurrente no realiza la necesaria comparación entre hechos, fundamen......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR