STSJ Asturias 2150/2012, 20 de Julio de 2012

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2012:3226
Número de Recurso1647/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2150/2012
Fecha de Resolución20 de Julio de 2012
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02150/2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2012 0101679

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001647 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 830/2011 JDO. DE LO SOCIAL nº1 de AVILES Recurrente/s: María Cristina, ASTURIANA DE SERVICIOS Y MONTAJES INDUSTRIALES SA (ASYMINSA)

Abogado/a: ESPERANZA FANJUL HERRERO

Recurrido/s: María Cristina, ASTURIANA DE SERVICIOS Y MONTAJES INDUSTRIALES SA (ASYMINSA), GERARDO CARRO SL

Abogado/a: ESPERANZA FANJUL HERRERO, LUIS CARLOS SUAREZ FERNANDEZ

Sentencia nº 2150/12

En OVIEDO, a veinte de Julio de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Iltmos Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1647/2012, formalizado por la Letrada Dª. MARIA ESPERANZA FANJUL HERRERO, en nombre y representación de Dª. María Cristina y por el Graduado Social D. FERNANDO SOLIS GARCIA, en nombre y representación de la empresa ASTURIANA DE SERVICIOS Y MONTAJES INDUSTRIALES SA (ASYMINSA), contra la sentencia número 112/2012 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de AVILES en el procedimiento DEMANDA 830/2011, seguidos a instancia de Dª. María Cristina frente a las empresas ASTURIANA DE SERVICIOS Y MONTAJES INDUSTRIALES SA (ASYMINSA) GERARDO CARRO SL, representado por el Letrado D. LUIS CARLOS SUAREZ FERNANDEZ, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª María Cristina presentó demanda contra las empresas ASTURIANA DE SERVICIOS Y MONTAJES INDUSTRIALES SA (ASYMINSA) y GERARDO CARRO SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 112/2012, de fecha treinta de Marzo de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. La demandante Dª María Cristina, D.N.I. nº NUM000, presta sus servicios por orden y cuenta de la empresa ASTURIANA DE SERVICIOS Y MONTAJES INDUSTRIALES, S.A., - ASYMIN, S.A., en virtud de contrato indefinido a tiempo completo celebrado en fecha 3-02-2003.

    La demandante ostenta la categoría profesional de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales (antes Oficial Administrativo de 2ª) desde la modificación del contrato de fecha 1-08-2007. Con ocasión de esta modificación también se convino la reducción de la jornada de trabajo a 30 horas semanales, que se mantuvo hasta posterior modificación contractual, en fecha 1-12-2009, por la que la jornada volvió a ser jornada a tiempo completo.

  2. La relación laboral indefinida actual entre las partes litigantes Dª María Cristina y ASYMIN, S.A., ha estado precedida por otras 47 relaciones anteriores, que son las que se pasan a exponer, precisando los periodos intermedios en los que Dª María Cristina ha sido perceptora de prestación de desempleo:

    1. / Desde el 23-03-1988 hasta el 29-04-1988, --- 33 días.

    2. / Desde el 10-06-1988 hasta el 30-06-1988, --- 21 días.

    3. / Desde el 01-08-1988 hasta el 31-08-1988, --- 31 días.

    4. / Desde el 03-10-1988 hasta el 02-11-1988, --- 31 días.

    5. / Desde el 09-11-1988 hasta el 21-11-1988, --- 13 días.

    6. / Desde el 01-12-1988 hasta el 31-12-1988, --- 31 días.

    7. / Desde el 01-02-1989 hasta el 28-02-1989, --- 28 días.

      Prest. Desemp., desde 01-03-1989 hasta el 30-03-1989, -- 30 días.

    8. / Desde el 01-14-1989 hasta el 30-04-1989, --- 30 días.

    9. / Desde el 01-06-1989 hasta el 30-06-1989, --- 30 días.

      Prest. Desemp., desde 01-05-1989 hasta el 30-06-1989, 61 días.

    10. / Desde el 01-08-1989 hasta el 31-08-1989, --- 31 días.

    11. / Desde el 01-10-1989 hasta el 31-10-1989, --- 31 días.

    12. / Desde el 01-12-1989 hasta el 31-12-1988, --- 31 días.

    13. / Desde el 01-02-1990 hasta el 28-02-1990, --- 28 días.

      Prest. Desemp., desde 01-03-1990 hasta el 1-04-1990, -- 32 días.

    14. / Desde el 02-04-1990 hasta el 01-05-1990, --- 30 días.

    15. / Desde el 01-07-1990 hasta el 30-07-1990, --- 30 días.

      Prest. Desemp., desde 02-05-1990 hasta el 30-06-1990, -- 60 días; y desde 02-05-1990 hasta el 30-06-1990, -- 30 días. 16ª/ Desde el 01-08-1990 hasta el 31-08-1990, --- 31 días.

    16. / Desde el 01-10-1990 hasta el 31-10-1990, --- 31 días.

    17. / Desde el 01-12-1990 hasta el 31-12-1990, --- 31 días.

    18. / Desde el 01-02-1991 hasta el 28-02-1991, --- 28 días.

      Prest. Desemp., desde 01-03-1991 hasta el 1-04-1991, -- 32 días. 20ª/ Desde el 02-04-1991 hasta el 01-05-1991, --- 30 días.

      Prest. Desemp., desde 02-05-1991 hasta el 30-06-1991, -- 60 días. 21ª/ Desde el 03-06-1991 hasta el 02-07-1991, --- 30 días.

    19. / Desde el 01-08-1991 hasta el 31-08-1990, --- 31 días.

    20. / Desde el 01-10-1991 hasta el 31-10-1991, --- 33 días.

    21. / Desde el 02-12-1991 hasta el 03-01-1992, --- 29 días.

    22. / Desde el 03-02-1992 hasta el 02-03-1992, --- 29 días.

      Prest. Desemp., desde 03-03-1992 hasta el 30-03-1992, 28 días. 26ª/ Desde el 01-04-1992 hasta el 30-04-1992, --- 30 días.

    23. / Desde el 01-08-1992 hasta el 31-10-1992, --- 92 días.

    24. / Desde el 02-02-1993 hasta el 30-04-1993, --- 88 días.

      Prest. Desemp., desde 01-05-1993 hasta el 01-08-1993, 93 días. 29ª/ Desde el 02-08-1993 hasta el 31-10-1993, --- 91 días.

      Prest. Desemp., desde 01-11-1993 hasta el 29-11-1993, 29 días. 30ª/ Desde el 01-02-1994 hasta el 12-05-1994, --- 101 días.

    25. / Desde el 01-08-1994 hasta el 31-10-1994, --- 92 días.

    26. / Desde el 01-02-1995 hasta el 14-07-1995, --- 29 días.

      Prest. Desemp., desde 15-07-1995 hasta el 20-08-1995, 37 días. 33ª/ Desde el 21-08-1995 hasta el 11-08-1996, --- 357 días.

      Prest. Desemp., desde 12-08-1996 hasta el 26-08-1996, 15 días 34ª/ Desde el 27-08-1996 hasta el 13-10-1996, --- 48 días.

      Prest. Desemp., desde 14-10-1996 hasta el 27-10-1996, 14 días 35ª/ Desde el 28-10-1996 hasta el 06-07-1997, --- 252 días.

      Prest. Desemp., desde 19-09-1997 hasta el 28-09-1997, 10 días 36ª/ Desde el 29-09-1997 hasta el 11-08-1998, --- 357 días.

      Prest. Desemp., desde 12-08-1998 hasta el 19-08-1998, 8 días 37ª/ Desde el 19-08-1998 hasta el 15-09-1998, --- 28 días.

      Prest. Desemp., desde 16-09-1998 hasta el 02-10-1998, 17 días 38ª/ Desde el 05-10-1996 hasta el 28-05-1999, --- 236 días.

      Prest. Desemp., desde 29-05-1999 hasta el 30-05-1999, 2 días 39ª/ Desde el 01-06-1999 hasta el 22-08-1999, --- 83 días.

      Prest. Desemp., desde 23-08-1999 hasta el 29-08-1999, 7 días 40ª/ Desde el 30-08-1999 hasta el 09-09-1999, --- 11 días.

      Prest. Desemp., desde 10-09-1999 hasta el 03-10-1999, 24 días 41ª/ Desde el 04-10-1999 hasta el 21-05-2000, --- 231 días.

      Prest. Desemp., desde 22-05-2000 hasta el 22-05-2000, 7 días

    27. / Desde el 29-05-2000 hasta el 31-08-2000, --- 95 días.

      Prest. Desemp., desde 01-09-2000 hasta el 24-09-2000, 24 días

    28. / Desde el 25-09-2000 hasta el 16-02-2001, --- 145 días.

      Prest. Desemp., desde 17-02-2001 hasta el 18-02-2001, 2 días

    29. / Desde el 19-02-2001 hasta el 02-09-2001, --- 196 días.

      Prest. Desemp., desde 03-09-2001 hasta el 24-09-2001, 22 días

    30. / Desde el 25-09-2001 hasta el 07-05-2002, --- 225 días.

      Prest. Desemp., desde 08-05-2002 hasta el 19-05-2002, 12 días

    31. / Desde el 20-05-2002 hasta el 08-09-2002, --- 112 días.

      Prest. Desemp., desde 09-09-2002 hasta el 23-09-2002, 15 días

    32. / Desde el 24-09-2002 hasta el 31-01-2003, --- 130 días.

  3. La antigüedad que la empresa ASYMIN, S.A., reconoce a la demandante en los recibos de salario es a fecha 3-02-2003.

  4. Es de aplicación a la relación laboral de las partes litigantes el CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE INDUSTRIAS DEL METAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS.

    Según el art. 22 de dicho Convenio los Pluses de Convenio y Antig üedad se devengan por día natural al igual que el Salario de Convenio ; los de Asistencia, Carencia de Incentivo y Jefatura de Equipo por día trabajado. El art. 23.3 "Plus de antigüedad" establece que "se devengará por quinquenios, sin límite máximo y desde la fecha de cumplimiento de cada uno. Se fija en un 5% del salario de Convenio que corresponda, con la cuantía que consta en la tabla anexa".

  5. La demandante, estando vigente la actual relación laboral con ASYMIN, S.A., también ha trabajado para la empresa GERARDO CARRO, S.L., como técnico de prevención-diplomada relaciones laborales desde el 01-08-2007 hasta el 30-11-2009 en virtud de contrato de trabajo por tiempo indefinido a tiempo parcial (jornada de trabajo ordinaria de 10 horas, lunes a viernes, a razón de dos horas día). En fecha 30-11-2009 se firma recibo de saldo y finiquito en el que Dª María Cristina suscribe que la terminación de la relación laboral es por cese voluntario de la trabajadora.

  6. La demandante presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo en fecha 29-03-2011 por incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y de Libertad Sindical. El Inspector de Trabajo, tras la práctica de las correspondientes diligencias, emite informe fechado el 19-07-2011 en cuyo punto 3 concluye que "con los elementos de constatación de que ha podido disponer el funcionario actuante": -la difícil constatación de los denunciados por reiteración de ataques personales hacia su persona desde la fecha de su elección como delegada de personal en atención al planteamiento indeterminado y genérico de la denuncia y al dato objetivo de los periodos de inactividad laboral (por baja médica y vacaciones) en la que se encontraba y encuentra la trabajadora; -y "en cuanto al resto de las cuestiones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR