STSJ Andalucía 1368/2009, 13 de Mayo de 2009

PonenteLUIS FELIPE VINUESA
ECLIES:TSJAND:2009:15958
Número de Recurso568/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1368/2009
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

R.A.

SENTENCIA NÚM. 1368/09

ILTMO.SR.D. JOSÉ MARÍA CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMA. SRA. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

ILTMO.SR. D. LUIS FELIPE VINUESA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a trece de mayo de dos mil nueve

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 568/09, interpuesto por Dª Vicenta contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 DE GRANADA en fecha 5 DE DICIEMBRE DE 2008 en Autos núm. 940/08, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D.LUIS FELIPE VINUESA .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Vicenta en reclamación sobre DESPIDO contra FERLANO S.L. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 5 DE DICIEMBRE DE 2008, por la que DESESTIMANDO la demanda interpuesta absolvió a la empresa demandada de las pretensiones deducidas en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

" PRIMERO.- Por cuenta y para la empresa Ferlano, S.L., domiciliada en Granada, C/ Reyes Católicos, 45, dedicada a la actividad del comercio vino prestando sus servicios en la categoría de dependienta en centro de trabajo "El Caballo", Dª Vicenta, titular del D.N.I. nº NUM000 con domicilio a efectos de notificaciones en Granada, C/ DIRECCION000, NUM001 NUM002 .-SEGUNDO .- Con fecha 22.08.08 la actora vio amortizado su puesto de trabajo por causas económicas, remitiéndosele carta del siguiente tenor: "Sra. Dª Vicenta . Calle DIRECCION001 num., NUM003 -piso NUM004 . 18010 Granada.- Estimada Sra.: Esta empresa viene teniendo pérdidas en su cuenta de exploración, lo que se traduce en los siguientes datos: -Volumen ventas del mes de Marzo de 2.008= 29,726,55 # con respecto a la misma fecha del año 2.007 = 39,275,96.- Volumen de ventas del mes de Abril de 2.008=

23.206.08 # con respecto a la misma fecha del año 2.007 = 30,695,60 #.- volumen de ventas del mes de Mayo de 2.008= 21.625,99 # con respecto a la misma fecha del año 2.007= 38,375,54 #.- Volumen ventas del mes de Junio de 2.008 = 16,659,31 # con respecto a la mism fecha del año 2.007 = 32,516,25 #,- A la vista de lo anterior, para intentar la continuidad de esta Empresa, nos vemos obligados a amortizar su puesto de trabajo, a partir del día de la fecha, de conformidad con lo que se determina en el artículo 52, apartado c) del vigente Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de Marzo.- Asimismo, se lo pone a su disposición, con el presente escrito, la correspondiente liquidación por extinción del Contrato de Trabajo, desglosado de la siguiente forma: -Indemnización establecida en el artículo 53, apartado 1, b del Estatuto de los Trabajadores . -9 años de antigüedad a razón de 20 días por año trabajado= 180 días X 45,87 #, salario base incrementado con la antigüedad y partes proporcionales de pagas extra. = 8,257, .-# -Preaviso de 30 días establecido en el artículo 53,4 del citado E.T.... = 1,376.- #.- TOTAL... = 9,633.- #.- La

cantidad antes expresada se le pone a su disposición en estos momentos, mediante Cheque de la entidad LA CAIXA, Oficina Calle Pavaneras núm., 03, num Cheque 0.159.316-6 .- Esta empresa, se reserva el derecho a solicitar del Fondo de Garantía salarial, la indemnización establecida en el artículo 33 apartado 8, del Estatuto de los Trabajadores .- Sin otro particular, en espera de que se sirva firmar el duplicado del presente escrito, le saludamos atentamente."

TERCERO

No consta el número de trabajadores con que cuenta la empresa demandada, ni si la actora ostentaba en la misma cargo alguno sindical o de representación.-CUARTO .- Rige y es aplicable entre las partes la normativa del Convenio Colectivo Provincial del Sector del Comercio.-QUINTO .- Ante el CMAC de Granada tuvo lugar en fecha 23.09.08 Acto de conciliación en virtud de demanda de conciliación presentada en fecha 08.09.08, con el resultado de Intentado sin efecto.-SEXTO .- La demanda origen de los Autos se presentó a reparto en fecha 02.10.08 .SÉPTIMO .- La actora suscribió en 22.08.08 recibo del siguiente tenor: "He recibido de la empresa FERLANO, S.L. la cantidad de NUEVE MIL SEISCIENTAS TREINTA Y TRES EUROS (9.633,00) QUE SE ME ABONA EN UN Cheque de la entidad LA CAIXA, num., 0,159,316-6 correspondiente a la indemnización por Condiciones Objetivas a que se refiere la carta de despido de fecha de hoy, estanco conforme con la decisión tomada por la citada empresa, renunciando con el percibo de la citada cantidad a interponer cualquier acción contra la referida empresa- Granda, a 22 de Agosto de 2.008." Suscribió asimismo documento de liquidación y finiquito donde junto al desglose de la liquidación se lee: "El citado trabajador cesa en el día de hoy, por el motivo expuesto, y recibe el importe según desglose que a continuación se especifica, manifestando su conformidad tanto a la extinción de la relación laboral que hasta el día de hoy le unía a la empresa como a la liquidación que se le ha practicado, quedando resuelta totalmente la relación laboral que les unían a las partes y que queda extinguida, manifestando expresamente que nada mas tengo que reclamar, por este, ni por ningún otro concepto". Asimismo en 25.08.08 suscribió la actora el documento que aparece al F 43 del siguiente tenor: " Vicenta, MAYOR DE EDAD, CON DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD NUM000 CON DOMICILIO EN GRANADA, EN CALLE DIRECCION001 NUM, NUM003 - NUM004 .- HACE CONSTAR, por el presente documento, que no ha interpuesto demanda, ni piensa interponerla ante la Jurisdicción laboral, como consecuencia del despido por condiciones objetivas llevado a cabo por la empresa FERLANO, S.L. con fecha 22 del corriente mes de Agosto de 2.008.- Y para que conste y surta sus efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, firmo la presente en Granada, a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR