STSJ Comunidad Valenciana 983/2007, 27 de Julio de 2007

PonenteEDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
ECLIES:TSJCV:2007:4097
Número de Recurso199/2006/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución983/2007
Fecha de Resolución27 de Julio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

983/2007

T.S.J.C.V.

Sala Contencioso Administrativo

Sección Primera

Asunto nº "AP-199/2006 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

En la Ciudad de Valencia, Veintisiete de Julio de dos mil siete.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana EN GRADO DE APELACION compuesta por:

Presidente:

Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.

Magistrados Ilmos. Srs:

D. Juan Luis Lorente Almiñana.

D. Agustín Gómez Moreno.

SENTENCIA NUM: 983

En el recurso de apelación num AP-199/2006, interpuesto como parte apelante por AYUNTAMIENTO DE DOLORES representada por el Procurador D. CARLOS DIAZ MARCO y dirigida por el Letrado D. JOSÉ LUIS NOGUERA CALATAYUD, PROMOCIONES EUROHOUSE 2010 S.L. representado por el Procurador Dña. ISABEL BALLESTER GÓMEZ y dirigido por el Letrado D. M. ALMARCHA MARCOS, SINDICATO GENERAL DE AGUAS DE DOLORES, representado por Dña. AURELIA PERALTA SANROSENDO, INFRAESTRUCTURAS Y PROMOCIONES DOLORES, representado por el Procurador D. JORGE RAMÓN CASTELLÓ NAVARRO contra "Auto de 14.11.2005 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche (P.O. 400/2005) por el que acuerda la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Dolores (Alicante) y en relación con las fincas parcelas resultantes 1.4,2,5,6,1, y 10.2 "referidas al acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Dolores adoptado en sesión de 22.03.2005 referido a la resolución de alegaciones y aprobación de la reparcelación del Sector 3 del P.G.O.U. de Dolores, y contra el Decreto de Alcaldía de Dolores nº 267/2005 de 8 de Junio 2005 por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente al mismo", así como sobre las fincas señaladas en el "Proyecto de Reparcelación" con los nun 4.2, 10.1 y 10.4, debiendo prestar fianza de dos millones de euros".

Habiendo sido parte en autos como parte apelada PROMOKEY 2002 S.L. representada por el Procurador Dña. PURIFICACIÓN HIGUERA LUJÁN y dirigida el letrado D. ANTONIO PRATS ALBENTOSA y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. Edilberto Narbón Láinez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dictada resolución que se ha reseñaldo por el Juzgado de lo Contencioso-Administravo, la parte que se consideró perjudicó perjudicada por la resolución interpuso el correspondiente recurso de apelación Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la reso-lución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte apelada contestó el recurso, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

No Habiéndose recibido el recurso a prueba, quedó el rollo de apelación pendiente para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día Veinticinco de Junio de dos mil siete.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones lega-les excepto el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso la parte demandante AYUNTAMIENTO DE DOLORES, PROMOCIONES EUROHOUSE 2010 S.L., SINDICATO GENERAL DE AGUAS DE DOLORES, INFRAESTRUCTURAS Y PROMOCIONES DOLORES, interponen recurso contra "Auto de 14.11.2005 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche (P.O. 400/2005 ) por el que acuerda la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Dolores (Alicante) y en relación con las fincas parcelas resultantes 1.4,2,5,6,1, y 10.2 "referidas al acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Dolores adoptado en sesión de 22.03.2005 referido a la resolución de alegaciones y aprobación de la reparcelación del Sector 3 del P.G.O.U. de Dolores, y contra el Decreto de Alcaldía de Dolores nº 267/2005 de 8 de Junio 2005 por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente al mismo", así como sobre las fincas señaladas en el "Proyecto de Reparcelación" con los nun 4.2, 10.1 y 10.4, debiendo prestar fianza de dos millones de euros".

SEGUNDO

Esta Sala es consciencia de que en el rollo de apelación 815/2006 existe sentencia de 6.07.2007 (autos 834/2005 ) en el que se plantean las mismas cuestión aunque con diferente perspectiva:

"...PRIMERO.-Se interpone el presente recurso de Apelación al estimar la Apelante que:

  1. - Que en el Proyecto de Reparcelación objeto del recurso contencioso-administrativo, se determinó el suelo que en pago de las cuotas de urbanización previstas, correspondía satisfacer a la actora, que incumplió la obligación contraída en el pacto (documento privado de 15-1-2003) de avalar las...

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