STSJ Galicia 3579/2012, 15 de Junio de 2012

PonenteANTONIO JOSE GARCIA AMOR
ECLIES:TSJGAL:2012:5467
Número de Recurso1484/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3579/2012
Fecha de Resolución15 de Junio de 2012
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2011 0000355

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001484 /2012-CON

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000127/2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: CONSELLERIA DE FACENDA, TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC)

Abogado/a: OLGA CORNEJO CORNEJO

Procurador/a: LUIS FERNANDEZ-AYALA MARTINEZ

Graduado/a Social:

Recurrido/s: CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, Esteban

Abogado/a: EMILIO CARRAJO LORENZO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCÍA AMOR

ILMA. SRA. Dª BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO. SR. D. RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a quince de junio de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0001484/2012, formalizado por el/la D/Dª LA letrada Dª Olga Cornejo Cornejo, en nombre y representación de TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC) y el letrado de la Xunta de Galicia en representación de la CONSELLERÍA DE FACENDA, contra la sentencia número 289/2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 0000127/2011, seguidos a instancia de Esteban frente a CONSELLERIA DE FACENDA, TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL(TRAGSATEC), CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ANTONIO J. GARCÍA AMOR.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Esteban presentó demanda contra CONSELLERIA DE FACENDA, TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC), CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 289/2011, de fecha veintisiete de Junio de dos mil once .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

Primero

D. Esteban viene prestando servicios para la CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS, SERVICIO DE EVALUACION AMBIENTAL, a través de la empresa TRAGSATEC, con una antigüedad de 2 de junio de 2008, con la categoría de titulado superior, percibiendo un salario de 2.082'21 euros, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias, debiendo percibir, de acuerdo con el convenio colectivo único del personal laboral al servicio de la Xunta de Galicia un salario mensual, también con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias de 2.337'84 euros./ Segundo: Tal relación laboral aparece fundado en contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de obra o servicio determinada definida como "ASISTENCIA TECNICA PARA TRABALLOS DE FOMENTO DO DESENVOLVEMENTO SOSTIBLE POR ENCARGO DA CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE E DESENVOLVEMENTO SOSTIBLE DA XUNTA DE GALICIA", para prestar sus servicios como LICENCIADO EN GEOGRAFIA, con la categoría de TITULADO DE GRADO SUPERIOR, suscrito por las partes el 2 de junio de 2008, modificado, en cuanto a la obra a realizar, el 1 de enero de 2010 en el siguiente sentido" ENCOMENDA DE XESTION PARA O CONTROL, XESTION E ANALISE DE PROXECTOS E ACTIVIDADES RELACIONADAS COS PROCEDEMENTOS DE AVALIACIÓN AMBIENTAL", "REALIZACIÓN DOS TRABALLOS DE AVALIACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉXICA"/ Tercero: El 22 de diciembre de 2010 el demandante recibe comunicación de la demandada TRAGSATEC con el siguiente tenor:

"D. Esteban DELEGACION AUTONOMICA DE GALICIA

Muy señor/a mi/a,

Mediante comunicación de fecha 3 de diciembre de 2010, notificada a esta parte el día 09 de Diciembre de 2010, por la Conselleria de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, se pone en conocimiento de esta Empresa, que el Acuerdo de Encomenda de Xestión para o control, xestión e analise de proxectos e actividades relacionados cos procedementos de avaliación ambiental cuya finalización será el próximo 31 de diciembre de 2010, será prorrogado en los siguientes términos. Se genera una nueva encomienda de gestión que se iniciara el próximo 1 de enero de 2011, requiriéndose en la misma una serie de titulaciones laborales especificas para el desenvolviendo de los trabajos, titulaciones entre las que no se encuentra la suya, licenciado en Geografía. Como consecuencia de lo expuesto anteriormente y conforme a lo establecido en el artículo 8.1 del Real Decreto 2720/98, de 18 de diciembre, y a tenor de lo estipulado en el contenido de la Clausula Adicional Tercera de su contrato de trabajo, le comunico que el próximo día 31 de diciembre de 2010 causara baja en esta Empresa per finalización de los trabajos para los que Ud. fue -contratado dentro de.la mencionada encomienda de gestión. A partir de la fecha antes indicada le será practicada la correspondiente liquidación y finiquito. Deseo expresarle mi mayor consideración por los servicios prestados. Atentamente."/ Cuarto: La empresa TRAGSATEC, es una filial de TRAGSA y cuyo capital pertenece íntegramente a esta última, siendo TRAGSA una sociedad mercantil estatal que tiene por función la prestación de servicios esenciales en materia de desarrollo rural, conservación del medioambiente, atención a emergencias, y otros ámbitos conexos, teniendo la consideración de medios propios instrumentales y servicios técnicos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los poderes adjudicadores dependientes de ellas, estando obligadas a realizar, con carácter exclusivo, los trabajos que éstos les encomienden. Su régimen aparece regulado en la Disposición adicional 30° de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de contratos del Sector público ./ Quinto: Por parte de Secretario General de la Conselleria de Medio Ambiente se dicta el 25 de abril de 2008 orden de ejecución en virtud de la cual se encomienda a TRAGSATEC la realización de los trabajos consistentes en "Asistencia Técnica para traballos de fomento do Desenvolvemento Sostible para os anos 2008 e 2009" por importe de 3.410.100'12 euros y plazo de ejecución de abril de 2008 a diciembre de 2009./ Sexto: Por parte de Secretario General de la Conselleria de Medio Ambiente se dicta el 1 de enero de 2010 orden de ejecución en virtud de la cual se encomienda a TRAGSATEC la realización de los trabajos consistentes en "ENCOMENDA DE XESTION PARA 0 CONTROL, XEXTION E ANALISE DE PROXECTOS E ACTIVIDADES RELACIONADAS COS PROCEDEMENTOS DE AVALIACION AMBIENTAL", por importe de 1.536.743'45 euros y plazo de ejecución de doce meses, estableciéndose en la encomienda, en lo que aquí interesa que se requiere como equipo humano 23 titulados superiores, tres titulados medios y cuatro titulados en formación profesional./ Séptimo: Por media de comunicación con fecha de registro de salida de 7 de diciembre de 2010 el Secretario General de Calidad y Evaluación Ambiental pone en conocimiento de TRAGASATEC: "No desenvolvemento da encomenda tense constatado que, na sua vertente de avaliación ambiental de plans e programas, a practica totalidade dos instrumentos de planificación presentados ante esta Secretaria Xeral para o seu sometemento a avaliación tefien natureza urbanística (plans xerais e de desenvolvernento) ou de ordenaci6n territorial (plans e proxectos sectoriais).

En canto aos plans urbanísticos, a efectiva integración dos tramites de avaliación ambiental na normativa reguladora do procedemento de elaboración e aprobación de planes xerais e de desenvolvemento operada pola Lei 2/2010, de 25 de marzo, de medidas urxentes de modificaci6n da Lei 9/2002, de 30 de decembro, de ordenación urbanística e protección do medio rural de Galicia, esixe un incremento da coordinación material ou de fondo entre os aspectos ambientais e os puramente urbanísticos durante o proceso de elaboración dos plans, a fin de que a avaliación ambiental cumpra efectivamente a finalidade establecida pola Directiva 2001/42/CE e a Lei 9/2006, de 28 de abril, influindo de modo racional e eficaz na mellora ambiental dos citados instrumentos de ordenación.

Por outra banda, o axeitado desenvolvemento da avaliación ambiental de plans e programas fai preciso afondar nalgüns aspectos da sostenibilidade como a biodiversidade ou a definición, analise e valoración das repercusi6n e interaccions que a futura execución dos instrumentos de planificación avaliados van suponer para os ecosistemas e as modelos productivos agroforestais ou marítimos. A fin de garantir a satisfacción das citadas necesidades do servizo público, na nova encomenda a subscribir para o ano 2011 concretaranse as titulacións que deberán estar presentes no equipo humano que TRAGSA adscriba a o desenvolvemento dos traballos de avaliación ambiental estratéxica. Ditas titulación serán as seguientes: X Enxeñeiros/as de Montes. -X Enxeñeiros/as Agrónomos. -X Licenciados/as en Biloxia. -X Licenciados/as en Arquitectura. -X Enxeñeiros/as de Camiños, canais e portos./

Octavo

Por parte del Secretario General de la Conselleria de Media Ambiente, Territorio e Infraestructuras se dicta, el 3 de enero de 2011 orden de ejecución a TRAGASATEC para la realización de los traballos de "ENCOMENDA DE XESTION PARA 0 CONTROL, XESTION E ANALISE DE PROXECTOS E ACTIVIDADES RELACIONADAS COS PROCEDEMENTOS DE AVALIACION AMBIENTAL E COA AUTORIZACION AMBIENTAL INTEGRADA" par importe de 2.025.215'45 euros y plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2011, conforme pliego de...

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