STSJ Comunidad de Madrid 531/2012, 6 de Junio de 2012

PonenteGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
ECLIES:TSJM:2012:6208
Número de Recurso724/2010
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución531/2012
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2012
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Tercera

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2010/0157578

Recurso nº 724/2.010

Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal

Recurrente: D. Alonso (funcionario del CNP)

Demandado: Ministerio del Interior (Abogado del Estado)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

_______________

SENTENCIA NÚM. 531.

ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

D. Rafael Estévez Pendás

En Madrid, a seis de Junio del año dos mil doce.

Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 724/10 formulado por D. Alonso en su propio nombre y representación, contra Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil de 19 de Julio de 2.010 sobre denegación de indemnización por gastos de instalación en destino en el extranjero; habiendo sido parte demandada el MINISTERIO DEL INTERIOR representado por Abogado del Estado. La cuantía del recurso resulta determinable por importe inferior a 600.000 #.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.

SEGUNDO

Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 6 de Junio de 2.012.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo por D. Alonso, en su condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, contra la Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil de 19.7.10 que desestima su solicitud relativa a la percepción de la indemnización por gastos de instalación de personal destinado en el extranjero, recogido en el artículo 25 del Real Decreto 462/2.002 de 24 de Mayo, que remite el periodo del 12.6.08 a 12.3.10 en que estuvo destinado, en comisión de servicio de carácter voluntario, en la Embajada Española en Afganistán.

La resolución administrativa impugnada razona que "Atendiendo a la normativa expuesta, queda claro que la finalidad de las indemnizaciones por razón del servicio están orientadas a que el funcionario desempeñe sus funciones en la Administración sin que ello le suponga un coste adicional que no haya obligación de soportar, sin que implique, en ningún caso, un enriquecimiento sin causa. Así las cosas, en el presente caso, el Sr. Alonso, durante el desempeño de sus funciones en Afganistán, fue resarcido por los costes que su desplazamiento e instalación en dicho país le supuso la citada comisión de servicios, tanto a través de la aplicación del correspondiente módulo de equiparación del poder adquisitivo previsto en el art. 4 del RD 6/95 de 13 de enero de 1995 por el que se regula el régimen de Retribuciones de los Funcionarios destinados en el Extranjero, como facilitándole la documentación necesaria para viajar de Afganistán a España".

SEGUNDO

La normativa aplicable al caso se concentra en los siguientes preceptos del Real Decreto 462/2.002, de 24 de Mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio:

- Artículo 24. Otras normas generales sobre traslados al extranjero:

"1. El personal que sea destinado de España a algún puesto de la Administración española en el extranjero o, una vez destinado desde España, cambie de país o de población...

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