STSJ Cataluña 3533/2012, 10 de Mayo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 3533/2012 |
Fecha | 10 Mayo 2012 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 17066 - 44 - 4 - 2010 - 8017040
MC
ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER
ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO
ILMO. SR. CARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH
En Barcelona a 10 de mayo de 2012
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 3533/2012
En el recurso de suplicación interpuesto por Dionisio frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Figueres de fecha 21 de diciembre de dos mil diez dictada en el procedimiento Demandas nº 586/2010 y siendo recurrido Servicio Público de Empleo Estatal, Entregues Roses, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesoreria General de la Seguridad Social. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FELIPE SOLER FERRER.
Con fecha 22 de septiembre de 2010 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 21 de diciembre de 2010 que contenía el siguiente Fallo:
Que apreciando falta de legitimación pasiva del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y desestimando la demanda formulada por
D. Dionisio contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL y la empresa ENTREGUES ROSES S.L, debo confirmar y confirmo la resolución administrativa impugnada.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
El actor D. Dionisio, provisto de pasaporte argentino nº NUM000, vino prestando servicios para la empresa codemandada Entregues Roses S.L, desde el 13-6-2005 ostentando categoría profesional de repartidor, percibiendo una retribución de 30,68 eur diarios, con inclusión de prorrata de pagas extras.
El 25-2-2010 este mismo Juzgado de lo Social dictó sentencia, en autos nº 694/2009, declarando la improcedencia del despido del actor ocurrido el 3-11-2009, condenando a la mercantil Entregues Roses S.L, al no ser posible la readmisión dada la situación irregular del trabajador, a indemnizarle en la cantidad de 6.097,65 eur y a abonarle la suma de 3.497,52 eur en concepto de salarios de tramitación, quedando extinguida la relación laboral con efectos de la sentencia. (folios 56 a 63)
El 24-3-2010 el actor presentó solitud de alta inicial en la prestación contributiva de desempleo. (folios 49 y 50)
En resolución del Director provincial del Servicio Público de Empleo Estatal fechada el 27-4-2010 se denegó la solicitud de alta inicial de prestación por desempleo por no encontrase el actor inscrito como demandante de empleo. (folio 55)
Disconforme con la anterior resolución el 11-6-2010 el actor interpuso reclamación previa, desestimada por la entidad gestora en resolución de 30-11-2010. (folios 8, 9 y 65 a 67)
Al tiempo de la solicitud del alta inicial el actor se encontraba en España en situación irregular, sin permiso de residencia ni autorización para trabajar. (incontrovertido)
Para el caso de estimarse la demanda la base reguladora de la prestación es de 30,68 eur diarios y el período de percepción de 540 días. (incontrovertido)
En fecha 8-10-2010 el Subdelegado del Gobierno en Girona resolvió conceder a D. Dionisio autorización de residencia temporal por circunstancias excepciones por razón de arraigo, cuyos efectos se inician desde dicha fecha, con validez hasta el 7-10-2011. (folio 64 y 109).
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó la codemandada Servicio Público de Empleo Estatal, elevando los autos a este Tribunal dando...
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