STSJ Comunidad Valenciana 558/2012, 21 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución558/2012
Fecha21 Febrero 2012

2 Rec. C/ Sent. Núm. 2348/2011

Recurso contra Sentencia núm. 2348/2011

Ilma. Sra. Dª María Mercedes Boronat Tormo

Presidenta

Ilma. Sra. Dª María Montes Cebrián

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

En Valencia, a veintiuno de febrero de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por las Ilmas. Sras. Magistradas citadas al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 0558/2012

En el Recurso de Suplicación núm. 2348/2011, interpuesto contra la sentencia de fecha 12-05-11, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Valencia, en los autos núm. 387/10, seguidos sobre IT contingencia, a instancia de D. Nicanor, asistido por el Letrado D. Benito González Redondo, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA IBERMUTUAMUR, asistida por la Letrada Dª Carmen Rubio Sancho y CLINICA DENTAL MARIOLA LUCINI CAPILLA, y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 12-05-11, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Nicanor contra la Mutua Ibermutuamur el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la empresa Clínica Dental Mariola Lucini Capilla, debo absolver y absuelvo a los demandados de las peticiones de la demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- D. Nicanor, mayor de edad, con DNI NUM000, viene prestando sus servicios profesionales como odontólogo en la empresa Clínica Dental Mariola Lucini Capilla. Dicha empresa tiene concertada la cobertura de contingencias profesionales con la mutua Ibermutuamur. SEGUNDO.- En 29-4-2009 el ahora demandante inició un proceso de IT derivado de enfermedad común con el diagnóstico de estado de ansiedad. Instado por el actor expte de determinación de contingencia, por resolución del INSS de 27-10-2009 se declaró que el citado proceso de IT tenía su origen en enfermedad común. Formulada reclamación administrativa previa, la misma fue desestimada. TERCERO.- El Sr. Nicanor presenta un cuadro de ansiedad con somatización, disforia e insomnio de conciliación, que ha dado lugar a distintos procesos de IT, siendo tratado en la Unidad de Salud Mental desde Julio de 2004. El actor presenta una fobia específica en el ámbito de su trabajo, un trastorno depresivo recurrente y un trastorno de ansiedad generalizada". TERCERO.- Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora, habiéndose impugnado por la mutua. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Diez de los de Valencia que desestima la demanda sobre determinación de contingencia profesional interpone recurso de suplicación la representación letrada del actora que articula en dos motivos y que ha sido impugnado por Mutua Ibermutuamur, conforme se expuso en los antecedentes de hecho.

El primero de los motivos se introduce por el apartado b del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL ) y pretende la revisión de los hechos declarados probados, en concreto, la adición de un nuevo hecho,...

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