STSJ Galicia 2972/2012, 24 de Mayo de 2012

PonentePILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR
ECLIES:TSJGAL:2012:4660
Número de Recurso4250/2008
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2972/2012
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2012
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 4250/08-PM

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

RAQUEL NAVEIRO SANTOS.

En A CORUÑA, a veinticuatro de Mayo de dos mil doce.

Habiendo visto las presentes actuaciones la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia 001, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACION 4250/2008, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. JOSE NOGUEIRA ESMORIS, en nombre y representación de Jose Pablo, contra la sentencia de fecha once de julio de dos mil ocho, dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de A CORUÑA en sus autos número DEMANDA 935/2006, seguidos a instancia de Jose Pablo frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación por JUBILACION, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

Al actor le fue reconocida prestación de jubilación en fecha 11-6-1997, con una base reguladora de 457,98 y porcentaje del 55 %.

Segundo

En fecha 10-3-99 se suspende el derecho a la jubilación por iniciar el actor un trabajo incompatible con el percibo de aquella. Tercero.- El 20 de junio de 2006 cesa en dicha actividad e interesa la reposición en la prestación de jubilación, lo que se lleva a cabo con una base reguladora de 457,98 #, porcentaje del 104 % por 38 años de cotización, más revalorizaciones. Cuarto.- El actor pretende que se revise además la base reguladora computando las cotizaciones efectuadas en los años en que estuso suspendida la prestación por trabajar con Cotizaciones más altas.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: FALLO: Que desestimando la demanda formulada por D. Jose Pablo absuelvo de la misma a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al actor D Jose Pablo le fue reconocida prestación de jubilación en fecha 11-6-97 con una base reguladora de 457,98 euros y porcentaje del 55%, en marzo de 1999 se suspende el derecho a la jubilación por iniciar el actor un trabajo incompatible con el percibo de aquella y el 20 de junio de 2006 cesa en dicha actividad interesando la reposición en la prestación de jubilación...

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