STSJ Galicia 2877/2012, 14 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Mayo 2012
Número de resolución2877/2012

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 4721/2008-SGP

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a catorce de Mayo de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NO MBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 4721/2008, formalizado por Dª Silvia Y OTROS, contra la sentencia de fecha 18 de junio de 2008 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de OURENSE en sus autos número DEMANDA 836/2007, seguidos a instancia de D. Florentino, Dª Enriqueta, Dª Silvia, Dª Rosana, Dª Casilda, Dª Micaela, Dª Ángela, Dª Julia y D. Victorio frente a la CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA y el CENTRO DE ENSINO CONCERTADO LUIS VIVES OURENSE, SCL, por RECLAMACION CANTIDAD, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia referenciada anteriormente, que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- Los demandantes vienen prestando servicios en el Colegio Concertado Luis Vives Sociedad Cooperativa Limitada con las siguientes funciones: Florentino : Jefe de Departamento de Ciencias Naturaleza desde el 1-9-98 hasta el día de hoy. Julia : Jefe de Departamento de Gallego desde el 1-9-98 hasta el día de hoy. Enriqueta : Jefe de Departamento de Música desde el 1-9-98 hasta el día de hoy. Victorio

: Jefe de Departamento de Tecnología desde el 1-9-2002 hasta el día de hoy. Rosana : Jefe de Departamento de matemáticas desde el 1-9-02 hasta el día de hoy. Silvia : Jefe de Departamento de Ciencias sociales, geografía e historia desde el 1-9-2002 hasta el día de hoy. Casilda : Jefe de Departamento de Religión desde el 1-9-02 hasta el día de hoy. Micaela : Jefe de Departamento de Orientación pedagógica desde el 1-9-02 hasta el día de hoy. Ángela : Jefe de Departamento de Lengua castellana desde el 1-9-02 hasta el día de hoy./ SEGUNDO.- Los actores incrementaron su jornada laboral de trabajo anual en 210 horas para el ejercicio de la función específica antedicha./ TERCERO.- El V Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada, sostenidas total o parcialmente, con fondos públicos (BOE 17-1-07) establece en el artículo 65 un complemento salarial para los Jefes de departamento de 2° Ciclo de ESO una cantidad de 255,62 #/mes para el año 2006 y 264,43 #/mes para el año 2007./ CUARTO.- Los actores no han cobrado las siguientes cantidades por el referido complemento: Florentino : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68 #. Julia : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68 #. Enriqueta : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68E. Victorio : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68 #. Rosana : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68 #. Silvia : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68 #. Casilda : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias

3.675,68 #. Micaela : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68 #. Ángela : Doce mensualidades más dos pagas extraordinarias 3.675,68 #. En concepto de trienios por el periodo de 1-11-06 al 31 de octubre de 2007, los demandantes, no han recibido las siguientes cantidades: Florentino : 365,86 #. Julia : 365,86E. Enriqueta : 365,86 #. Victorio : 176,58 # Rosana : 176,58E Silvia : 176,58 #. Casilda : 176,58 #. Micaela : 176,58E. Ángela : 176,58 #./ QUINTO.- Entre la Consellería y el colegio se ha firmad el correspondiente concierto, cuyo contenido se da por reproducido al constar en autos./ SEXTO.-Según certificado de la Directora general d Ordenación e innovación educativa de la Consellería d Educación e Ordenación Universitaria de la Xunta señala que " fecha 31-12-07, nas aplicación orzamentarias con cargo as qu se aboan os concertos educativos cos centros docentes privado de educación infantil, educación primaria e ESO, eduación especial, formación profesional e programas de garantía social respectivamente e 0,00 en todas elas"./ SEPTINO.- En fecha 15 de noviembre, los demandante presentaron reclamación previa que fue denegada el 18-1-08 presentando demanda ante el decanato. El 11 de diciembre; y e fecha de 23 de noviembre se celebró acto de conciliación frente al colegio sin avenencia".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando la demanda presentada por Florentino, Julia, Enriqueta, Victorio, Rosana, Silvia, Casilda, Micaela Y Ángela frente a CONSELLERIA DE EDUCACION E ORDENACION UNIVERSITARIA y CENTRO CONCERTADO LUIS VIVES condeno a los demandados de forma conjunta y solidaria a abonar a los actores las siguientes cantidades por diferencias salariales por complemento Jefatura de Departamento y trienios, quedando limitada responsabilidad de la CONSELLERIA a que no se...

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