STSJ Canarias 1156/2010, 14 de Septiembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1156/2010
Fecha14 Septiembre 2010

Ilmos. Sres:

D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ

Da MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ

D. EDUARDO RAMOS REAL

----------------------------------------------------------------------------------En Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de septiembre de 2010.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, compuesta por los llmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el rollo de suplicación interpuesto por el Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria y por la Entidad "SOCIEDAD de PROMOCIÓN ECONÓMICA de GRAN CANARIA" (SPEGC) contra la sentencia de fecha 17 de diciembre de 2008, dictada por el JUZGADO de lo SOCIAL No 6 de los de Las Palmas de Gran Canaria en los autos de juicio 123/2008 sobre despido, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO RAMOS REAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Da Irene contra el Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, la empresa "GESTIÓN y PLANEAMIENTO TERRITORIAL y MEDIOAMBIENTAL, SA" (GESPLAN) y la Entidad "SOCIEDAD de PROMOCIÓN ECONÓMICA de GRAN CANARIA" (SPEGC) y contra el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 17 de diciembre de 2008 por el JUZGADO de lo SOCIAL No 6 de los de Las Palmas de Gran Canaria.

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

La actora, Dona Irene, ha venido prestando servicios para el Cabildo Insular de Gran Canaria con una antigüedad de 26-01-2004, con la categoría profesional de Jefe de Negociado, Técnico Medio, grupo IV con salario según IV Convenio del Cabildo que asciende a 2.669,78 euros/mes, 88,99 euros/ día.

SEGUNDO

La actora ha suscrito los siguientes contratos con las entidades demandadas: 1. En fecha 26 de enero de 2004, la actora suscribió contrato de Asistencia Técnica con GESPLAN, vigente hasta el 30 de junio de 2004 consistente en la coordinación del área de administración del Plan de Embellecimiento, los trabajos a realizar consisten en el seguimiento, análisis y control de las tareas para el desarrollo del Plan de Embellecimiento de Gran Canaria, gestión de facturación y seguimiento y control de la contabilidad del Plan de Embellecimiento y asistencia a la Dirección del Proyecto Guiniguada y del Plan de Embellecimiento. 2. En fecha 1 de julio de 2004, suscribió contrato de Asistencia Técnica con GESPLAN, SA vigente hasta el 31 de diciembre de 2004 consistente en la coordinación del área de administración del Plan de Embellecimiento, los trabajos a realizar consisten en el seguimiento, análisis y control de las tareas para el desarrollo del Plan de Embellecimiento de Gran Canaria, gestión de facturación y seguimiento y control de la contabilidad del Plan de Embellecimiento y asistencia a la Dirección del Proyecto Guiniguada y del Plan de Embellecimiento. 3. En fecha 1 de enero de 2005 suscribió contrato de Asistencia Técnica con GESPLAN, SA vigente hasta el 28 de febrero de 2005 consistente en la coordinación del área de administración del Plan de Embellecimiento, los trabajos a realizar consisten en coordinación del Área de Administración del Plan de Embellecimiento de Gran Canaria 2004, seguimiento, análisis y control de las tareas desarrolladas en las instalaciones del Proyecto Guiniguada para el desarrollo del Plan de Embellecimiento de Gran Canaria, gestión de facturación y seguimiento y control de la contabilidad del Plan de Embellecimiento, asistencia a la Dirección del Proyecto Guiniguada y Plan de Embellecimiento. 4. En fecha 1 de marzo de 2005 el contrato anterior fue prorrogado hasta el 31 de marzo de 2005 y nuevamente prorrogado en fecha 1 de abril de 2005 hasta el 30 de abril de 2005. 5. En fecha 1 de mayo de 2005 suscribió contrato de Asistencia Técnica con GESPLAN vigente hasta el 30 de junio de 2005 consistente en la coordinación del área de administración del Plan de Embellecimiento, los trabajos a realizar consisten en coordinación del Área de Administración del Plan de Embellecimiento de Gran Canaria 2004, seguimiento, análisis y control de las tareas desarrolladas en las instalaciones del Proyecto Guiniguada para el desarrollo del Plan de Embellecimiento de Gran Canaria, gestión de facturación y seguimiento y control de la contabilidad del Plan de Embellecimiento, asistencia a la Dirección del Proyecto Guiniguada y Plan de Embellecimiento. 6. En fecha 1 de julio de 2005, la Sra. Irene suscribió con la entidad Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria SA, contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado, a tiempo completo, cuyo objeto consistía en "atender el Convenio por el que se establecen las bases que habrán de regir las relaciones entre el Cabildo de Gran Canaria y la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria SA, para el desarrollo de los programas de rehabilitación integral del paisaje de Gran Canaria; actuaciones medioambientales 2005, que se enmarca dentro del Plan de Embellecimiento de Gran Canaria y Proyecto Guiniguada". La duración del contrato estaba condicionada al Convenio citado, con una duración de seis meses, prorrogables automáticamente, salvo denuncia expresa de alguna de las partes. TERCERO.- Las funciones que ha venido desarrollando la actora son: - Coordinación del Área Administrativa. - Gestión y control de la Contabilidad del Plan de Embellecimiento. - Coordinación de las tareas de los auxiliares administrativos. - Notificación de carácter interno al resto de los departamentos.

- Coordinación con el resto de los departamentos en cuanto a las necesidades de material. - Elaboración de la previsión anual de gastos. - Desarrollo de informes y pliegos relacionados con las contrataciones necesarias para el funcionamiento del Plan de Embellecimiento, y remitidos al Servicio Administrativo del Área de Medioambiente y Aguas del Cabildo de Gran Canaria. - Control de la Encomienda de Gestión con Gesplán. - Gestiones de carácter interno con Gesplán, desarrollo de informes y pliegos. - Trámite al Servicio Administrativo de Medioambiente y Aguas de la facturación generada por las actividades desarrolladas dentro de la Reserva de la Biosfera de Gran Canaria. - Seguimiento de los asuntos remitidos al Servicio Administrativo de Medioambiente y Aguas. - Gestiones para el pago de facturas en el Servicio de Intervención del Cabildo de Gran Canaria. - Atención a los proveedores. CUARTO.- Desde el inicio de la relación laboral con la entidad GESPLAN, SA la actora ha venido desempenando su trabajo en las dependencias propias del Cabildo de Gran Canaria, bajo la supervisión y dirección inmediata del propio Cabildo y de su personal, en concreto bajo la dirección directa de D. Francisco, Coordinador del Área de Medioambiente del Cabildo de Gran Canaria, con la supervisión superior del propio Consejero, sin que persona alguna vinculada a la entidad Gesplán o de la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria SA acudiera al lugar de prestación de servicios a los efectos de controlar y ordenar la ejecución de los trabajos. QUINTO.- La actora disponía de mesa propia en las dependencias del Cabildo de Gran Canaria que era el que suministraba la herramienta y material preciso para el desarrollo de su actividad sin que se les dotara de vestimenta, equipamiento o distintivo alguno de Gesplán o de la entidad Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, actuando en todo momento como personal propio del Cabildo. SEXTO.- La actora para el disfrute de sus vacaciones y permisos, precisaba de la autorización-firma del personal del Cabildo, en concreto de Don Francisco, quien era el que gestionaba y ordenaba diariamente la prestación de los servicios. SÉPTIMO.- Las funciones desarrolladas por la actora se corresponden con las propias de Técnico Medio grupo IV básico según el IV Convenio Colectivo del Cabildo de Gran Canaria, correspondiendo a dicho Grupo una retribución mensual de 2.669,78 euros/mes, 88,99 euros/día. OCTAVO.- La actora, interpuso demanda ante los Juzgados de lo Social de Las Palmas de GC el 30-07-2007 en solicitud de declaración de cesión ilegal, interesando que se declare la cesión ilegal de la trabajadora. NOVENO.- En fecha 28-11-2007 la Sociedad de Promoción Económica de GC, SA giró burofax a la actora con el siguiente tenor literal: "por la presente le comunicamos que el próximo día 31 de diciembre de 2007, concluyen las labores propias de su especialidad profesional del contrato de trabajo de fecha comienzo 01/07/05. Con tal motivo quedará extinguido su contrato de trabajo en la referida fecha, y ello, en base a lo establecido en el art. 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores ". DÉCIMO.- Los servicios prestados por la actora se siguen desarrollando si bien con cambio en la denominación del proyecto. DÉCIMOPRIMERO.- La actora tiene la condición de concejala del Ayuntamiento de Moya. DÉCIMOSEGUNDO.- El preceptivo acto de conciliación ante el SEMAC se celebró con la entidad Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria en fecha 31 de enero de 2.008 concluyendo el mismo "intentado sin efecto". DECIMOTERCERO.- Se interpuso reclamación previa ante el Cabildo demandado en fecha 9 de enero de 2008, reclamación que fue desestimada por Decreto de 1 de abril de 2008 .

TERCERO

La sentencia de instancia contiene el siguiente fallo:

Que debo ESTIMAR y ESTIMO la demanda interpuesta por DONA Irene frente a SOCIEDAD DE PROMOCIÓN ECONÓMICA DE GRAN CANARIA, SA, frente al EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA, frente a GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL, SAU (GESPLÁN) GESPLÁN y FOGASA sobre DESPIDO NULO, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal y DECLARAR LA NULIDAD del despido de la parte actora al haber vulnerado la...

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