STSJ La Rioja 183/2012, 26 de Abril de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución183/2012
Fecha26 Abril 2012

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00183/2012

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIALLOGROÑO

C/ BRETON DE LOS HERREROS 5-7 LOGROÑOTfno: 941 296 421 Fax:941 296 408 NIG: 26089 44 4 2011 0001537 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000180 /2012

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000439 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de LOGROÑO

Recurrente/s: Juan Alberto

Abogado/a: JORGE NISO SAENZ Procurador/a: Graduado/a Social:

Recurrido/s: MECANIZADOS IMBER SL, FOGASA FOGASA

Abogado/a:, Procurador/a:, Graduado/a Social:,

Sent. Nº 183/2012

Rec. 180/2012

Ilmo. Sr. D. Miguel Azagra Solano. :

Presidente. :

Ilmo. Sr. D. Cristóbal Iribas Genua :

Ilma. Sra. Dª Mercedes Oliver Albuerne :

En Logroño a veintiséis de abril de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NO MBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 180/2012, interpuesto por D. Juan Alberto, asistido por el letrado D. Jorge Niso Sáenz contra la sentencia nº 9/2012 del Juzgado de lo Social nº 2 de La Rioja de fecha 4 de enero de 2012, y siendo recurridos MECANIZADOS IMBER S.L. y FOGASA, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Cristóbal Iribas Genua.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por D. Juan Alberto se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social nº 2 de La Rioja, contra MECANIZADOS IMBER S.L. Y FOGASA, en reclamación de CANTIDAD.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, recayó sentencia con fecha 4 de enero de 2012, cuyos hechos declarados probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

El actor, D. Juan Alberto, prestó servicios por cuenta de la empresa demandada, Mecanizados Imber SL, dedicada a la actividad siderometalúrgica, desde el 1/07/02, con categoría profesional de oficial de segunda, y salario bruto anual de 18.424'97 #. (S. Base - 30'04 x 365; P.p Extras - 6'21 x 365; Antigüedad - 1'502 x 365; Actividad - 200 x 12; P. Carencia - 7'51 x 299)

SEGUNDO

Con fecha 1/10/10 la empresa demandada notificó al actor comunicación escrita del tenor literal del documento nº 1 del ramo de prueba de este último, cuyo contenido se da por reproducido, por la que, con efectos desde el 15 de octubre, se procedía a su despido objetivo por causas económicas, ex Art. 52.c E .T., indicando así mismo que por falta de liquidez no se podía poner a su disposición el 60% la indemnización a cargo de la empresa que legalmente le correspondía, cifrando su importe en la cantidad de 5.192 #.

TERCERO

Mediante resolución del Fogasa se reconoció al demandante la cantidad de 3.378'74 # en concepto de prestación indemnizatoria del Art. 33.8 E.T .

CUARTO

Con fecha 14/06/11 el demandante presentó papeleta de conciliación, celebrándose el acto el siguiente día 21 con resultado sin efecto.

F A L L O

Que DESESTIMANDO la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por D. Juan Alberto contra Mecanizados Imber SL y Fondo de Garantía Salarial debo absolver y absuelvo a la empresa demandada de las pretensiones formalizadas en su contra".

TERCERO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de Suplicación por D. Juan Alberto, no

siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente para su examen y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia ha desestimado la pretensión del demandante de abono por la empresa demandada de los salarios correspondientes a las mensualidades de agosto a octubre de 2010 y del 60% de la indemnización correspondiente a la extinción por causas objetivas de su contrato de trabajo, fundando tal desestimación en la consideración que no se ha destruido en el presente caso la presunción de pago que supone la firma por el trabajador de los recibos de salario correspondientes a dichas mensualidades y a la liquidación de la indemnización.

Frente a la expresada sentencia se interpone por la representación de la parte actora recurso...

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