STSJ Comunidad Valenciana 226/2006, 13 de Febrero de 2006

PonenteAMPARO PÉREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2006:818
Número de Recurso1866/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Número de Resolución226/2006
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

En la Ciudad de Valencia, a trece de febrero de dos mil seis.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. DON JOSÉ BELLMONT MORA, Presidente, DON MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y DOÑA AMPARO PÉREZ NAVARRO, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 226/06

En el recurso contencioso-administrativo nº 1866/02 interpuesto por DON Marcelino, representado por el Procurador de los Tribunales Don Carlos Eduardo Solsona Espriu, contra Decretos de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, de fechas 16.1.2001 y 1.3.2001 .

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, representado y dirigido por Letrado de sus Servicios Jurídicos; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª AMPARO PÉREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 1.2.2001, el actor formuló recurso contencioso-administrativo presentado en el Decanato de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, que fue turnado al Juzgado nº 4, que siguió los trámites prevenidos por la Ley, emplazando a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ser conformes a derecho los actos impugnados y en su consecuencia los anule, declarando el derecho a permanecer en el citado inmueble, hasta que la Administración hubiese actuado de forma correcta, estableciendo en su consecuencia la indemnización por daños y perjuicios solicitada en base a la privación del derecho a ocupar el inmueble e imposibilidad de volver al citado local, debido al desalojo y lanzamiento, lo que ha llevado al cese de su actividad, con expresa imposición de costas a la parte demandada si se opusiese.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia desestimatoria de la demanda, con imposición de las costas al recurrente.

TERCERO

Habiéndose recibido el pleito a prueba, con el resultado obrante en autos, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones, trámite que fue verificado.

CUARTO

Por providencia del Juzgado de fecha 21.5.2002, y con suspensión del plazo para dictar sentencia, se acordó oir a las partes y al Ministerio Fiscal, sobre la posible falta de competencia del Juzgado y finalmente por Auto del Juzgado de fecha 4.7.2002 , se declaró la incompetencia del mismo y por nuevo Auto de fecha 7.11.2002 , se desestimó el recurso de súplica formulado por el actor contra el auto de fecha 21.5.2002 ; remitiéndose los autos a la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana.

QUINTO

Por providencia de esta Sala y Sección de fecha 1.9.2003, entre otras cuestiones, se admitió a trámite el presente recurso y se emplazó a las partes para que en plazo de 10 días manifestaran sí consideraban preciso el inicio de nuevo de la totalidad del trámite procedimental, o por el contrario estimaban que las actuaciones seguidas ya ante el Juzgado (fase de conclusiones), pueden tener valor en la sede del presente recurso.

SEXTO

Las partes presentaron sendos escritos manifestando que las actuaciones seguidas ante el Juzgado eran válidas y en su virtud, se declaró el pleito concluso, quedando pendiente de su señalamiento para votación y fallo.

SÉPTIMO

Se señaló la votación para el día 2 de noviembre de dos mil seis.

OCTAVO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos de especial complejidad, que penden en la mesa del Ponente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo dos Decretos de la Alcaldía del Exmo. Ayuntamiento de Valencia, que seguidamente se especifican:

1)- Decreto de fecha 16.1.2001 por el que en virtud de lo dispuesto en el artículo 129 del RBEL , se requiere, al hoy demandante, titular de un negocio imaginería religiosa, en la C/Subida del Toledano, nº 1, para que deje libre, vacuo y expedito de personas y enseres el referido inmueble de propiedad municipal, poniéndolo a disposición del Ayuntamiento de Valencia, mediante la correspondiente entrega de llaves.

2)- Decreto de fecha 1.3.2001 , mediante el cual, y visto que el plazo concedido en el Decreto de 16.1.2001 , ha transcurrido sin que el...

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