STSJ Galicia 1984/2012, 29 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Marzo 2012
Número de resolución1984/2012

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 2856/2008-MFV.A

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

MANUEL CARLOS GARCÍA CARBALLO

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, 29 de marzo de 2012.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 2856/2008 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 2 de FERROL siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Luis Angel en reclamación de ACCIDENTE siendo demandado SERVICIO GALEGO DE SAUDE, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, NAVANTIA SLU, MUTUA ASEPEYO, MUTUA FRATERNIDAD MUPRESPA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 592/2007 sentencia con fecha veintidós de Febrero de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1 : El demandante nacido el 22-1-48, prestó servicios en ASTANO,S.A., desde 2-1-1971; cesa el 31-3-05; perteneció a la función profesional de soldadores y marineros de construcción naval; la baja de 31-3-05 es por el expediente de regulación de empleo 67/04. 2 : Se le hicieron audiometrías en 2004, 1999,1997, 2001 y 2003 (f. 21 a 25). 3 : La audiometría tonal (f.18-19) a frecuencias 2000, 4000 y 8000 en cada oído son:45-50; 60-55 y 60-50. Padece: hipoacusia mixta bilateral como el EVI determina. 4 : Por escrituras notariales de cambio de denominación compra-venta de acciones y aportación de centros o actividad-civilmilitar- la entidad Navantia S.A. hacía constar que no asumía el personal mayor de 52 años a fecha 31-12-04, permaneciendo en la entidad IZAR C.NS.A. en liquidación. Las instalaciones, maquinaria, clientes y encargos de producción en los que prestó servicios el demandante para IZAR, se continuaron por Navantia S.A.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: FALLO: "ESTIMO la demanda da D. Luis Angel contra el INSS, TGSS, NAVANTIA,S.A., SERGAS, MUPRESPA y MUTUA ASEPEYO; condenando al INSS al abono de 2990 euros y a la TGSS a estar y pasar por ello; con absolución de empresa y Mutuas, previa desestimación de sus excepciones".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada INSS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • STSJ Galicia 4632/2015, 14 de Septiembre de 2015
    • España
    • 14 Septiembre 2015
    ...está ausente la condición de neurosensorial de la hipoacusia, porque (lo recordábamos, entre otras, SSTSJ Galicia 21/02/13 R. 4763/10, 29/03/12 R. 2856/08, 30/09/11 R. 6426/07, 01/07/11 R. 2429/09, 23/05/11 R. 887/09, 22/12/10 R. 3090/08 ), esta condición es esencial para poder estimar la p......
  • STSJ Galicia 6611/2016, 25 de Noviembre de 2016
    • España
    • 25 Noviembre 2016
    ...está ausente la condición de neurosensorial de la hipoacusia, porque (lo recordábamos, entre otras, SSTSJ Galicia 21/02/13 R. 4763/10, 29/03/12 R. 2856/08, 30/09/11 R. 6426/07, 01/07/11 R. 2429/09, 23/05/11 R. 887/09, 22/12/10 R. 3090/08 ), " esta condición es esencial para poder estimar la......
  • STSJ Galicia 2017/2021, 18 de Mayo de 2021
    • España
    • 18 Mayo 2021
    ...de neurosensorial de la hipoacusia, porque (lo recordábamos, entre otras, SSTSJ Galicia 14/09/15 R. 1823/14, 21/02/13 R. 4763/10, 29/03/12 R. 2856/08 y otras más antiguas), esta condición es esencial para poder estimar la pretensión, pues en el Anexo I, grupo 2, relativo a enfermedades prof......
  • STSJ Galicia 1241/2013, 21 de Febrero de 2013
    • España
    • 21 Febrero 2013
    ...en cada oído; sin embargo, está ausente la condición de neurosensorial de la hipoacusia, porque (lo recordábamos, entre otras, SSTSJ Galicia 29/03/12 R. 2856/08, 30/09/11 R. 6426/07, 01/07/11 R. 2429/09, 23/05/11 R. 887/09, 22/12/10 R. 3090/08 ), esta condición es esencial para poder estima......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR