STSJ Galicia 2013/2012, 29 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2013/2012
Fecha29 Marzo 2012

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 3267/08 IP-A

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, veintinueve de marzo de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0003267 /2008 interpuesto por GESTION SANITARIA GALLEGA, S.L. contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de VIGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Martina, Teodora, Apolonia, Encarnacion, Luisa, Sofía, Angelica, Emilia, Magdalena, Silvia en reclamación de RECLAMACION CANTIDAD siendo demandado GESTION SANITARIA GALLEGA, S.L.. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000036 /2008 sentencia con fecha dieciséis de Abril de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

HECHOS DECLARADOS PROBADOS

PRIMERO

Dª. Angelica, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante las anualidades de 2005 y 2006, con 1a categoría profesional de planchadora-lavandera-costura. En el año 2005, Dª Angelica trabajó

1.876 horas distribuidas en un total de 268 jornada. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006. D. Angelica trabajó 1848 horas distribuidas en un total de 264 jornada. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. Computados los 20 minutos de descanso diario, D. Angelica superó en el año 2005 la jornada laboral anual en 85 horas, y en al año 2006 en 78 horas.

SEGUNDO

Dª. Sofía

, cuyas Circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante las anualidades de 2005 y 2006, con la categoría profesional de planchadora-lavandera-costura. En el año 2005, Dª Sofía trabajó 1701 horas distribuidas en un total de 243 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006, trabajó 1834 horas distribuidas en un total de 262 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. Computados los 20 minutos de descanso diario, superó en el año 2006 la jornada laboral anual en 64 horas. No alcanzó la jornada anual de 1770 horas para el año 2005. TERCERO .- Dª. Magdalena, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante las anualidades de 2005 y 2006, con la categoría profesional de limpiadora- planchadora-costurera. En el año 2005, D. Magdalena trabajó 1883 horas distribuidas en un total de 269 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006, Dª. Magdalena trabajó 1785 horas distribuidas en un total de 255 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. Computados los 20 minutos de descanso diario, D. Magdalena superó en el año 2005 la jornada laboral anual en 92 horas, y en el año 2006, en 15 horas. CUARTO .- Dª Emilia, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante la anualidades de 2005 y 2006, con la categoría profesional de planchadora-lavandera-costura. En el año 2005, Dª. Emilia trabajó 1253 horas distribuidas en un total de 179 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006, D. Emilia trabajó 1834 horas distribuidas en un total de 262 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. No alcanzó la jornada anual en la anualidad de 2005. Computados los 20 minutos de descanso diario, D. Emilia superó en el año 2006 la jornada laboral anual en 64 horas. QUINTO

.- Dª. Luisa, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante las anualidades de 2005 y 2006, con la categoría profesional de planchadora-lavandera-costurera. En el año 2005, D. Luisa trabajó 1883 horas distribuidas en un total de 269 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006, D. Luisa trabajó 1827 horas distribuidas en un total de 261 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. Computados los 20 minutos de descanso diario, superó en el año 2005 la jornada laboral anual en 92 horas, y en al año 2006 en 57 horas. SEXTO .- Dª Encarnacion, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante las anualidades de 2005 y 2006, con la categoría profesional de planchadora-lavandera-costura. En el año 2005, Dª Encarnacion trabajó 1883 horas distribuidas en un total de 269 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006, D. Encarnacion trabajó 1862 horas distribuidas en un total de 266 jornadas. En cada jornada .diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. Computados los 20 minutos de descanso diario, D. Encarnacion superó en el año 2005 la jornada laboral anual en 92 horas, y en al año 2006 en 92 horas. SEPTIMO .- D. Teodora, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante las anualidades de 2005 y 2006, con la categoría planchadora-limpiadora. En el año 2005, D. Teodora trabajó 1470 horas distribuidas en un total de 210 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006, D. Teodora trabajó 1680 horas distribuidas en un total de 240 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. No alcanzó las jornadas anuales en ninguna de las dos anualidades. OCTAVO .- Dª. Apolonia

, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora demanda, durante la anualidad de 2005 y 2006, con la categoría profesional de planchadora-lavandera-costurera. En el año 2005, D. Apolonia trabajó 1869 horas distribuidas en un total de 267 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. En el año 2006, D. Apolonia trabajó 1848 horas distribuidas en un total de 264 jornadas. En cada jornada diaria de trabajo disfruto de 20 minutos de descanso que no incluyen en las horas de trabajo efectivo. La jornada anual prevista en el convenio colectivo provincial para el sector de hospitalización e internamiento de Pontevedra, para el año 2005 es de 1791 horas. Para el año 2006, es de 1770 horas. Computados los 20 minutos de descanso diario, D. Apolonia superó en el año 2005 la jornada laboral anual en 78 horas, y en el año 2006, en 78 horas. NOVENO .- Dª. Martina, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, ha prestado servicios por cuanta de la empleadora...

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