STSJ Canarias 1005/2011, 13 de Diciembre de 2011

PonenteGLORIA PILAR ROJAS RIVERO
ECLIES:TSJICAN:2011:3876
Número de Recurso102/2011
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1005/2011
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2011
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de diciembre de 2011.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dna. MARIA DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA (Presidente), D./Dna. ANTONIO DORESTE ARMAS y D./Dna. GLORIA PILAR ROJAS RIVERO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.0000102/2011, interpuesto por D./Dna. Alicia e INSTITUTO INSULAR DE ASISTENCIA SOCIAL Y SOCIOSANITARIA, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social No 4 de Santa Cruz de Tenerife en los Autos No 0000899/2009 en reclamación de Derechos-cantidad, siendo Ponente el ILTMO./A. SR ./A. D./DNA.GLORIA PILAR ROJAS RIVERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. /Dna. Alicia, en reclamación de Derechos-cantidad siendo demandado D. /Dna. INSTITUTO INSULAR DE ASISTENCIA SOCIAL Y SOCIOSANITARIA y FUNDACION CANARIA PARA EL DESARROLLO SOCIAL y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 27 de juliod e 2010, por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatoria.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.-Dona Alicia suscribió contrato con Fundescan el 2 de agosto de 2004 como licenciada en derecho en virtud de contrato de duración determinada desde el 2 de agosto de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, que tenía por objeto la prestación de servicios en el I.A.S.S. de apoyo de intervención especializada con las victimas de violencia de género, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa, folio 21. El 1 de enero de 2005 suscribe nuevo contrato de obra o servicios hasta el 31 del 12 de 2005 que tenía por objeto la prestación de servicios en el I.A.S.S. de apoyo de intervención especializada con las victimas de violencia de género, mujeres e hijos, 2005, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa. La relación continúa hasta el 31 del 12 de 2006, folio 85 y folio 22. El 1 de enero de 2007 suscribe nuevo contrato de obra o servicios como asesora jurídica hasta el 31 del 12 de 2007 que tenia por objeto la prestación de servicios en el I.A.S.S. de apoyo de intervención especializada con las victimas de violencia de género, mujeres e hijos, según el Convenio de colaboración con el I.A.S.S. para el 2007 teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa, folio 24. El 1 de agosto de 2007 las partes comunican la conversión del contrato en indefinido, folio 26. La actora percibe un salario de 2.199,51 euros mensuales prorrateados como Técnico superior A. El 13 de junio de 2004 la actora presentó solicitud dirigida a Simpromi con motivo del anuncio publicado en el día el 13 de junio de 2010 por el que solicitaban licenciados en derecho, colegiados ejercientes, folio 1626. La actora figuraba en el listado de candidatas de oficinas comarcales abogadas del I.A.S.S., folio 1627. SEGUNDO.-La actora presentó reclamación previa el 3 de mayo de 2009, folio 40 y 41. La actora presentó papeleta de conciliación el 13 de mayo de 2009 que se intentó sin efecto el 29 de mayo de 2009, folio 45. TERCERO.- La Inspección de Trabajo el 28 de mayo de 2009 extendió Acta de infracción por cesión ilegal de trabajadores, folio 51. CUARTO.- La actora desde el 2 de agosto de 2004 presta servicios en la Unidad Orgánica de Violencia de Género, la sede principal se encuentra ubicada en el Edificio Hogar Sagrada Familia en Santa Cruz de Tenerife. Las instalaciones de la Unidad se ubican en la zona común donde se ubica el personal administrativo de la Unidad para las gestiones de la Unidad y diversos despachos: dos para la Directora y Subdirectora, y otros dos de mayor amplitud ocupados uno por las trabajadoras sociales y el sicólogo y, junto al mismo, otro ocupado por la actora, abogada, la socióloga y la auxiliar administrativa encargada del Archivo centralizado de la Unidad. Todo el personal de la Unidad salvo la actora, que es la abogada, la socióloga y la auxiliar del archivo son personal de I.A.S.S. Estas tres trabajadoras han sido contratadas por Fundescan. La directora, Dona Julia, y la Subdirectora, Dona Ofelia, son las que marcan las directrices de todo el personal de la Unidad incluyendo a la actora. No existe personal directivo de Fundescan de forma permanente en Santa Cruz. Los ordenadores, material de oficina, mobiliario y oficinas pertenecen al I.A.S.S. La Dirección del I.A.S.S. proporciona la formación y controlan el trabajo de la actora (folio 74). Fundescan tiene sus oficinas centrales en Las Palmas, en Santa Cruz de Tenerife dispone de una oficina en la calle Santiago Beuro donde se ubica el personal administrativo a efectos de la gestión burocrática de la empresa en Tenerife. La actora era la Coordinadora de la Comisión Insular Jurídica, folio 1706. QUINTO.- El 27 de agosto de 2004 se suscribe Convenio de colaboración entre el I.A.S.S. y Fundescan para el desarrollo del proyecto de intervención especializada con la víctimas de violencia de género, mujeres e hijos, folio 2111. Este Convenio se prorroga el 23 de febrero de 2005 y el 3 de febrero de 2006 y el 8 de febrero de 2007, folio 2125. El 31 de mayo de 2007 se suscribe convenio de colaboración entre el I.A.S.S. y Fudenscan para el desarrollo del proyecto de intervención especializada con las víctimas de violencia de género mujeres e hijos y del proyecto para la implantación de un sistema integrado de información sobre violencia de género en la Isla de Tenerife. El objeto del convenio era determinar el régimen de colaboración para llevar a cabo el proyecto de intervención general y especializada en violencia de género, dirigidos a mujeres víctimas así como a sus hijos: intervención general interdisciplinar con asesoramiento, acompanamiento e intervención especializada en áreas social, educativa, jurídica y psicológica, impulso de la acción interinstitucional integrada en materia de violencia de género a través de la Conferencia Insular sobre violencia de género, diseno y puesta en marcha de un sistema integrado de información sobre violencia de genero en la Isla de Tenerife, folio 1631. Fundescan se comprometía a prestación de intervención psicológica, educativa, social y jurídica a las victimas de violencia de género y a sus hijos previa conformidad de la usuaria y siempre y cuando sena usuarias de la Red Insular de Servicios y Recursos especializados en Violencia de Género, supervisión de los informes técnicos bajo las orientaciones de la Unidad Orgánica de Violencia de Género del I.A.S.S., recopilación de información y emisión de informes estadísticas o, cualquier difusión en medios de comunicación o folletos, deberá contar con el conforme de la comisión paritaria integrada por representantes del Cabildo y del Instituto Canario de la Mujer y en cualquier caso deberá contener la identificación de las instituciones implicadas, se estipulaba que en cuanto recursos humanos la entidad gestora garantizaría la contratación de la plantilla necesaria para cubrir las necesidades y objetivos del convenio, y se contaría con la siguiente plantilla a tiempo completo: dos abogadas, 4 psicólogas, 1 trabajador social, 1 técnico medio especializado en ocio y tiempo libre, un auxiliar administrativos, una socióloga, una agente de igualdad. Dicho personal dependerá exclusivamente de la entidad colaboradora, siendo el I.A.S.S. ajeno a dichas relaciones laborales. No obstante, la entidad gestora ha de enviar a la Unidad de Violencia de Género la relación de curriculum y profesionales y otros personal que presten servicios en el programa debiendo comunicar cualquier cambio que se produzca al respecto previa revalidación por parte de la Unidad de Violencia de Género y del Instituto Canario de la mujer. Se establecía que el personal debería asistir a todas las reuniones de coordinación y supervisión convocadas por la UOVG y realizar los informes y documentos que correspondiera a cada fase de la intervención así como aquellos que se reunieran por la Unidad para el correcto seguimiento de los casos, observar los principios estratégicos, instrumentos protocolizados, informar mediante memorias trimestrales y anuales. Se establecía que la Fundación estaba obligada a cuidar y respetar la imagen del I.A.S.S. y a difundir en todas sus comunicaciones y publicaciones la participación del referido Instituto como organismo responsable del Proyecto. El I.A.S.S. se obligaba a ofrecer asistencia y cooperación jurídica y económica en la gestión del servicio supervisar y evaluar el funcionamiento. Se indicaba que los gastos financiados por el Convenio eran los gastos de personal y los gastos corrientes, folio 165. El 31 de enero de 2008 se prorrogó el referido Convenio.

El 29 de enero de 2009 se prorrogó pos seis meses. El 24 de septiembre de 2009 se suscribe la prórroga por seis meses, folio 1648. Fundescan es una fundación privada que tiene como objetivos fundamentales el fomento y apoyo del desarrollo económico de la región, prestar especial atención a las manifestaciones de autoempleo y generar empleo entre todos los colectivos laboralmente mas desfavorecido como mujer y juventud, colaborando estrechamente con los colectivos sociales preocupados por estos fenómenos 1637. En mayo de 2007 se suscribe convenio de colaboración entre el Instituto Canario de la Mujer y el Cabildo para el desarrollo del sistema de prevención y protección integral de las mujeres frente a situaciones de violencia de género en la Isla de Tenerife. Entre los servicios del convenio se contempla el de atención, información, asesoramiento e intervención integral de la mujer, folio 1690. SEXTO.- Las diferencias...

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