STSJ Castilla y León , 22 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Febrero 2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00354/2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 24089 44 4 2011 0001882

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000083 /2012 E.A.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000606 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de LEON

Recurrente/s: Juan Francisco

Abogado/a: ANTONIO NIETO BUSTAMENTE

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: VIÑA ALBARES S.L.

Abogado/a: DANIEL PINTOR ALBA

Procurador/a: CESAR ALONSO ZAMORANO

Graduado/a Social:

Rec. Núm.83/2012

Ilmos. Sres.:

  1. Emilio Alvarez Anllo

    Presidente de la Sección

    Dª.Carmen Escuadra Bueno

  2. José Manuel Riesco Iglesias /

    En Valladolid, a veintidós de Febrero de dos mil doce.

    La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente,

    SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 83/2012, interpuesto por D. Juan Francisco, contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de León de fecha, 22 de Septiembre de 2.011 (Autos nº 606/2011), dictada a virtud de demanda promovida por mencionado actor y recurrente contra VIÑA ALBAREZ, S.L.; sobre DESPIDO.

    Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de Julio de 2.011, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº 1 de León, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que desestimó referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

"primero.-

  1. El demandante, Juan Francisco, venía prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada, Viña Albares, S.L., dedicada a la elaboración y crianza de vinos, en el centro de trabajo de León, desde el 14 de noviembre de 2006, con la categoría de comercial-jefe d personal (según contrato y nómina nómina), en virtud de un contrato de trabajo ordinario por tiempo indefinido y a tiempo completo, con sujeción al Convenio Colectivo aplicable a dicho sector y ámbito territorial, vigente en cada momento, y con un salario de 2.101,69 euros mensuales, todo comprendido, que equivalen a 70,06 euros diarios.

  2. Igualmente, se prevenía mediante anexo al contrato, que para el caso de desistimiento al contrato de trabajo, el empresario habría de abonarle en concepto de indemnización mínima la suma de quince mil euros (15.000 #), indemnización expresamente excluida, entre otras causas, en caso de despido disciplinario (folio 59).

segundo

Con fecha 27 de mayo de 2011, la empresa notificó al trabajador carta de carta de despido disciplinario de fecha 27 de mayo de 2011 y efectos del día 27 de mayo de 2011, con el siguiente tenor literal:

"...La dirección de esta empresa, por medio de la presente, pone en su conocimiento que ha tomado la decisión de proceder a su DESPIDO, con efectos del día de la fecha (27.05.2011), al considerarle autor responsable de las siguientes faltas laborales muy graves:

Siendo Ud. el comercial de la empresa para la ciudad de León, ha venido falseando los partes de trabajo que diariamente confecciona y entrega a la empresa donde indica las visitas diarias que efectúa y que a modo de rutina se "inventa", puesto que en muchos casos no se producen. Utilizando tiempo de trabajo para asuntos particulares y ausentándose de su puesto laboral antes de la finalización de la jornada laboral o entrando con posterioridad a la hora que indica en los propios partes de trabajo, cobrando la facturación de kilómetros que dice haber realizado a la empresa que algunos casos o bien no hizo o los hizo en beneficio particular.

A título de concreción de los hechos que se le imputan destacaremos los siguientes: El día 25 de marzo de 2011:

Desde las 12,08 a las 13,10 horas indica en el parte de trabajo la visita a seis establecimientos, cuando en realidad visita dos que además no hace constar en el parte de trabajo.

Desde las 14,05 horas a las 14,55 horas hace constar la visita a tres establecimientos cuando en realidad ha recogido su vehículo situado en la C/ Ruiz de Salazar y se dirige a su domicilio sito en la C/ PASEO000 n° NUM000 de León, aparca el vehículo y se introduce en el inmueble.

Desde las 17 horas a las 18 hace constar la visita a tres establecimientos cuando en realidad no salió de su domicilio.

El día 1 de abril de 2011:

Hace constar en el parte de trabajo la llegada a la oficina a las 9 horas, cuando en realidad ha llegado a las 9,25 horas. A las 14,10 horas llega a su domicilio de la C/ PASEO000, saliendo del mismo a las 17,05 horas portando un cubo y una fregona que introduce en el vehículo, poniéndosela! volante del mismo e inicia el desplazamiento hasta la Plaza de Sto. Domingo, que detiene el vehículo conversa con una persona e inicia de nuevo el recorrido hasta el C.C. Carrefour, donde llega a las 17,31 horas, aparca el vehículo, coge un carrito de la compra y recorre las estanterías consultando y comprando diferentes productos, pasando por caja registradora abonando la compra y sobre las 18,10 horas introduce la misma en la parte trasera del vehículo devolviendo el carrito a su lugar y se aleja. A las 18,20 horas llega a la estación de servicio" Repsol" ubicada a la entrada del Ayuntamiento de Villaquilambre y se dirige a la zona de lavado, comenzando a limpiar el vehículo utilizando el aspirador y el cubo y fregona que cargó el vehículo cuando salió de su domicilio.

A las 19,10 inicia el regreso a su domicilio no sin antes parar a charlar con varias personas una de las cuales es con la que se vio en Plaza de Sto. Domingo, y tras unos minutos de conversación se aleja en dirección a su domicilio sin que a las 20 horas hubiera salido del mismo.

La tarde del día 1 de abril desde las 14,10 horas y hasta las 20 horas, hizo constar en el parte de trabajo 11 visitas comerciales que obviamente no realizó, haciendo constar además un kilometraje que percibió de la empresa, sin efectuar el mismo o efectuado lo hizo por razones puramente personales, sin que nada tengan que ver con el cometido contractual. Día 15 de abril de 2011:

Llega a la oficina a las 9,20 minutos haciendo constar en el parte de trabajo que llega a las 9 horas.

A las 10/23 horas se sube a su vehículo y se dirige a su domicilio. Cuando llega al mismo se introduce en el vehículo una persona y se dirigen al centro, donde desciende la Sra., sobre las 10,40 horas. A las 10,50 horas llega a "Distribuciones Fasgaron", permaneciendo sentado en el vehículo unos minutos entrando posteriormente al local y sobre las 11 horas sale acompañado de otro hombre y se dirigen a la cafetería "La Ceranda" donde toman unas consumiciones despidiéndose sobre las 11,30 horas e iniciando el regreso al centro de León. A las 11,45 horas estaciona en la C/ Ruiz de Salazar; a las 11,50 entra en el establecimiento " La Casa del embutido" y a las 11,57 horas entra en el establecimiento " Vinos Grifo" y sale de él unos 10 minutos después y caminando lentamente y hablando por teléfono sobre las 12,35 se detiene en la calle Ancha, conversa con un hombre, sube y baja la calle sin entrar en ningún establecimiento y a las 12,50 entra en una tienda de material deportivo "Sydney" y sale pasados 10 minutos portando una caja de zapatillas.

Entre las 13,05 y las 13,52 horas entra en diversos establecimientos de los que o bien sale de forma inmediata o saluda y conversa con gente conocida que está en la terraza.

A las 13,58 se introduce en la" Vinoteca" de Sta. Clara está unos 15 minutos y cuando abandona el local se encuentra con tres hombres con los que vuelve a entrar en el establecimiento. A las 14,30 acompañados de las mismas personas se dirigen a " Casa Ezequiel" despidiéndose de sus acompañantes a las 14,50 que regresa a su vehículo, llegando a las 15,05 horas a su domicilio.

Este día 15 de abril de 2011, hace constar en el parte de trabajo que ha visitado durante la mañana 9 establecimientos de los cuales solo coinciden tres de los " visitados" y además no coinciden con las horas indicadas en el parte de trabajo.

Día 28 de abril de 2011:

Indica en el parte de trabajo que llega a la oficina a las 9 horas, cuando en realidad son las 9,15 horas. Abandona la oficina a las 10,10 horas poniéndose al volante del vehículo, llegando a las 10,40 horas a "Distribuciones Fasgaron" estando previamente hablando por el móvil sentado dentro de la furgoneta unos 20 minutos. A las 10,50 abandona el establecimiento y permanece un buen rato hablando por el móvil antes dé coger el vehículo. A las 11,45 llega al Restaurante" Mirai" visitando el mismo y a continuación acude al bar" La Luna". A las 12,05 regresa al coche y mantiene varias conversaciones telefónicas al tiempo que consulta la agenda. A las 12,15 horas desciende del coche, camina hacia la Plaza Mayor donde se encuentra con un hombre con el que charla unos minutos dirigiéndose hacia la Catedral y a la altura de la misma inician el regreso caminando sin rumbo aparente, moviéndose despacio y parando con frecuencia. A las 12,40 entran...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR