STSJ Cataluña 1086/2012, 10 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Febrero 2012
Número de resolución1086/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2010 - 0007733

fc

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMA. SRA. MARIA DEL MAR SERNA CALVO

En Barcelona a 10 de febrero de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1086/2012

En el recurso de suplicación interpuesto por Ajuntament de Badalona y Gestió Integral de Serveis Esportius, S.L. frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Barcelona de fecha 17 de Septiembre de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 443/2010 y siendo recurrido/a Tatiana, Carlota, Ezequiel y Generalitat de Catalunya. Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. MARIA DEL MAR SERNA CALVO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de Mayo de 2010 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Procedimientos de oficio, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 17 de Septiembre de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

Estimo la demanda interpuesta por la Direcció General de Relacions Laborals de la Generalitat de Catalunya contra Ajuntament de Badalona y Gestió Integral de Serveis Esportius S.L., siendo trabajadores perjudicados Tatiana, Carlota y Ezequiel, declarando la existencia de cesión ilegal entre el Ajuntament de Badalona y Gestió Integral de Serveis Esportius, S.L. en relación a los actores".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

En sesión de 24.02.2009 el Ajuntament de Badalona aprobó la resolución por mutuo acuerdo del contrato de gestión interesada del Camp Municipal de Badalona, adjudicado por acuerdo del Consell d'Administració del Servei Municipal d'Esports a Badalona de 10.06.2003 a la entidad Club de Futbol Badalona. El Ajuntament acordó asumir directamente la gestión del Camp Municipal de Badalona "per la pròpia organització mitjançant el personal funcionari i/o laboral adscrit a l'Àrea d'Esports i Joventut d'aquest Ajuntament, amb l'excepció del servei de consergeria de la instal.lació de referencia", incoándose expediente administrativo para proceder a la adjudicación del contrato de servicios de conserjería del Camp Municipal de Badalona (f. 28 a 32)

SEGUNDO

Según el pliego de cláusulas administrativas la duración del contrato de conserjería y control de acceso a las instalaciones deportivas se fija en un año. Se da por reproducido el pliego de cláusulas administrativas particulares reguladoras del contrato y el pliego de prescripciones técnicas (f. 40, 41, 39 a 57)

TERCERO

El 25.03.2009 l'Ajuntament suscribió hoja de encargo de contrato menor con Gestió Integral de Serveis Esportius, S.L siendo el objeto de la contrata el servicio de conserjería con tareas de auxiliar de instalación en el Camp Municipal de Badalona. La contrata incluye el servicio de conserjería, limpieza y pequeño mantenimiento, reparaciones de averías y desperfectos que no requieran de la intervención de personal especializado (f. 54 vuelto y 55 vuelto, 367, interrogatorio Sergio )

CUARTO

El 26.03.2009 Gestió Integral de Serveis Esportius, S.L (GISE) comunicó a los actores Ezequiel y a Tatiana que desde la misma fecha habían pasado a integrarse en su plantilla, quedando la empresa subrogada en su anterior contrato de trabajo (f. 84 y 84 vuelto)

QUINTO

GISE contrató a la actora Carlota a tiempo parcial el 26.03.2009 y hasta el fin del servicio como conserje (f. 68 y 69)

SEXTO

Los tres trabajadores se encargan de hacer trabajos de conserje, limpieza y pequeño mantenimiento (interrogatorio Ezequiel )

SÉPTIMO

El Ajuntament suministra el material de limpieza, pintura, papel higiénico y los recambios para las pequeñas actuaciones de mantenimiento que deben realizarse. Las tareas de mantenimiento de mayor entidad, como las que requerían soldar o hacer de paleta, las llevaban a cabo los trabajadores de la Brigada de Serveis. El material necesario para realizar sus funciones se pide por los conserjes a Augusto, jefe de instalaciones municipales del Ajuntament de Badalona (interrogatorio Ezequiel, testifical Felicisimo ).

OCTAVO

Augusto se encarga de verificar el mantenimiento del Camp Municipal y se ha dirigido a la Brigada o a los conserjes para realizar tareas de mantenimiento (testifical Augusto )

NOVENO

Al inicio de la contrata y hasta más o menos octubre de 2009, el Sr. Augusto indicaba a los actores los trabajos que debían realizar dejándoles comunicados internos, contestándole los trabajadores si los podían realizar ellos o no. En caso de no poderlos hacer el Sr. Augusto llamaba a la Brigada para que los realizasen. Tales comunicados son los siguientes, que se dan por reproducidos en su integridad:

1) de Augusto al personal de servei, de 17.04.2009. Assumpte: manteniment. "Les vigues de ferro exteriors s'han de repintar. Si fa falta material treure relació"

2) de Augusto a Ezequiel, de 27.04.2009. Assumpte: trabajos varios de mantenimiento.

"Se tiene que acollar todas las pancartas que hay de publicidad en las vallas. También tiene que limpiar el canalón de recogidas de aguas que hay en el pasillo detrás de la portería y junto al gimnasio. Observacions: Consultar cualquier duda"

3) de Augusto a compres. Assumpte: material de neteja pendent d'entrega. "Està pendent l'entrega del papel higiènic gran i petits. Recanvis dels respals. Obervacions: Tatiana NUM000 "

4) de Augusto a conserjes de l'instal, de 10.06.2009. "Levantar tapas de las arquetas de la entrada de agua"

5) de Augusto a Ezequiel, de 23.10.2009. Assumpte: trabajos de manteniment. "Se tiene que substituir los tubos fluorescentes de las diferentes zonas. Si tienes alguna duda consultar" (f. 103 a 105)

DÉCIMO

Aproximadamente desde octubre de 2009 se ha cambiado el sistema y el Sr. Augusto comunica a GISE por mail o por teléfono las tareas que deben hacerse. GISE comunica por mail al Sr. Augusto las reparaciones de las que él se debe de encargar, se dan por reproducidos los mails de noviembre de 2009 entre GISE y el Sr. Augusto (f. 381 a 383, 429 a 432, interrogatorio Sergio, testifical Augusto )

UNDÉCIMO

Desde febrero de 2010 GISE elabora unas fichas de control de incidencias de mantenimiento y limpieza del Camp Municipal (f. 416 a 420)

DUODÉCIMO

Antes de la subrogación los actores hacían los mismos trabajos en el Camp Municipal pero el Sr. Augusto no iba por allí (interrogatorio Ezequiel )

DECIMOTERCERO

Los actores no disponían de ropa de trabajo de GISA, a quien corresponde proporcionarla según el pliego de prescripciones técnicas (f. 54), ni del Ajuntament, y trabajaban con la ropa del Club de Fútbol (interrogatorio Ezequiel, testifical Felicisimo )

DECIMOCUARTO

Los trabajadores comunicaban al Sr. Augusto cuando cogían vacaciones y luego al gerente de GISE. Durante el año 2010 consta que es a GISE a quien los trabajadores solicitan por escrito los permisos y vacaciones. Se dan por reproducidas las solicitudes del año 2010 aportadas (f. 380, 421 a 427, interrogatorio Ezequiel )

DECIMOQUINTO

Al inicio de la contrata el Sr. Sergio no acudía por las instalaciones. Desde julio acude tres veces por semana (interrogatorio Ezequiel )

DECIMOSEXTO

El 28.10.2009 GISE concertó la prevención de riesgos laborales del centro del Camp Municipal con ICESE prevención, S.L. Posteriormente a que la empresa concertase el servicio los actores se negaron a recibir la formación el 9.11.2009. El Sr. Sergio comunicó al Sr. Ezequiel un cambio de horario en su jornada dominical (f. 110 a 129, 386, interrogatorio Ezequiel )

DECIMOSÉPTIMO

GISE no tiene personal administrativo, encargándose de la confección de nóminas y contratos una asesoría externa. Constan en autos contratos de trabajo concertados por GISE en octubre y noviembre de 2010 (f. 70 a 83, interrogatorio Sergio )

DECIMOCTAVO

El 7.05.2009 CCOO presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo por la posible cesión ilegal de los actores, que el 27.10.2009 realizó visita a las instalaciones del Camp Municipal. En el expediente NUM001 la Inspección de Trabajo informó la existencia de cesión ilegal entre l'Ajuntament de Badalona y GISE en relación a los actores, levantándose acta de infracción NUM002 (f. 16 a 19, 26, 156 a 159).

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por las demandadas Gestión Integral de Serveis Esportius, S.L y Ajuntament de Badalona se interpone recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado Social 2 de Barcelona,, dictada en el procedimiento de oficio iniciado por la Direcció General de Relacions Laborals del Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya que estima la demanda y declara la existencia de cesión ilegal. Dicho recurso ha sido objeto de impugnación por l' Advocat de la Generalitat de Catalunya y por los trabajadores afectados.

SEGUNDO

Por la recurrente Gestión Integral de Serveis Esportius, S.L. con amparo procesal en el apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral solicitando la adición en el hecho tercero de que el contrato menor suscrito con el Ayuntamiento...

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