STSJ Murcia 61/2012, 30 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Enero 2012
Número de resolución61/2012

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00061/2012

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229215-18

Fax:968229213

NIG: 30030 44 4 2010 0006890

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000716 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000937 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 006 de MURCIA

Recurrente/s: JUVER ALIMENTACION S.L.U.

Abogado/a: PEDRO JOSE PEREZ SANCHEZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Jeronimo

Abogado/a: JOAQUIN DOLERA LOPEZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a treinta de Enero de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por JUVER ALIMENTACIÓN S.L.U., contra la sentencia número 0123/2011 del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, de fecha 8 de abril, dictada en proceso número 0937/2010, sobre DESPIDO, y entablado por Jeronimo frente a JUVER ALIMENTACIÓN SLU.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El actor inicio su relación con la demandada dedicada a la actividad de Conservas Vegetales el día 14/06/1999 por contrato eventual por circunstancias de la producción de duración 109 días hasta el 30/09/1999, siendo prorrogado hasta el 19/12/99, el 29/12/1999 por contrato de trabajo para la realización de trabajos fijos discontinuos siendo trasformado en trabajador fijo con fecha 01/01/2004, con la categoría profesional de Oficial de 1ª con retribución mensual de

1.400# con prorrata de pagas extras y diaria a efectos de salario de tramitación de 46,66#. SEGUNDO: El actor no es representante legal de los trabajadores ni lo ha sido durante el último año. TERCERO: Por escrito fechado en Murcia, el 9 de mayo de 2005, el actor puso en conocimiento del la empresa su deseo de ejercer el derecho a disfrutar de una excedencia voluntaria, de acuerdo con lo establecido en el articulo 42 del Convenio Colectivo de Conservas Vegetales durante el periodo a comenzar el día 11 de junio de 2005 y finalización el 10 de junio de 2007. Siendo acordada por la empresa en igual fecha. El 26 de abril de 2007, el actor solicitó la prorroga del plazo de excedencia durante el periodo de tiempo a comenzar el 11 de junio de 2007 y finalización el 10 de junio de 2010, siendo concedida por la empresa por escrito de fecha del día siguiente. CUARTO: El día 12 de abril de 2010, el actor remitió escrito a la empresa comunicándole que el próximo día 10 de junio del presente año, vence el plazo de 3 años que he disfrutado de excedencia voluntaria, por lo que por medio de la presente venia a solicitar su reincorporación al puesto de trabajo en la empresa a partir del 11 de junio de 2010. QUINTO: La empresa demanda remitió escrito al trabajador, fechado en Churra (Murcia), a 23 de abril de 2010 con el siguiente texto:

Muy Señor nuestro,

En contestación a su solicitud de fecha 12 de abril de 2010, entregada al Departamento de Recursos Humanos, por la que solicita su reincorporación a la Compañía a partir del 11 de junio de 2010, una vez terminada la excedencia voluntaria que usted viene disfrutando desde el 11 de junio 2005, le indicamos lo siguiente:

La Empresa le comunica que, por el momento, no es posible su reincorporación a esta Compañía, al no existir ninguna vacante adecuada a su categoría.

En este sentido al tratarse de una excedencia voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Convenio Colectivo de Fabricación de Conservas Vegetales y en el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores, al término de la situación de excedencia el trabajador excedente tiene derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la Empresa, es decir, se trata de un derecho condicionado a la existencia de vacantes en los términos expuestos.

Así, como le hemos indicado, en la actualidad no existen vacantes en la Empresa que se adecuen a su categoría profesional por lo que no resulta posible acceder a su solicitud de reingreso.

Le rogamos que tenga la amabilidad de firmar el recibí del presente documento a los efectos de darse por notificado.

SEXTO

Con fecha 22 de abril de 2010, la demandada puso en conocimiento del comité de empresa, el anunció de prensa que se publicaría en el periódico "LA VERDAD" los días 24 y 25 de abril por el que Juver Selecciona Personal para cubrir los puestos reseñados en el mismo a través de contratos eventuales con la finalidad de atender a incrementos de la producción previstos, la acumulación de tareas y pedidos y el descanso de personal interno por vacaciones durante los próximos meses. Dicho comité de empresa le solicitó a la vista de la necesidad de contratar trabajadores específicos de los puestos de trabajo de llenador, carretillero y mecánico, que atendiera a los trabajadores que actualmente se encuentran en excedencia y habían solicitado su reincorporación, teniendo cuenta que dichos trabajadores pertenecen al colectivo en el cual usted ya ha comentado que tiene falta de personal. Siendo contestado dicho comité por escrito con el siguiente contenido:

D. Florencio

(Secretario del Comité de Empresa) Murcia, 04 de mayo de 2010

Muy Sr. Nuestro: En relación a su escrito de 23 de abril de 2010 por el que solicita a la empresa se atienda a los trabajadores que actualmente se encuentran en excedencia voluntaria, y han solicitado su reincorporación, ante el anuncio de la Empresa de seleccionar personal para cubrir determinados puestos con carácter eventual, del que se les informó y entregó copia el pasado 22 de abril, debemos indicarle lo siguiente:

Que las contrataciones temporales de personal que pudieran realizarse para cubrir algunos puestos en la Empresa durante los próximos meses, tendrán carácter eventual y responderán a la necesidad de atender la acumulación de tareas durante el periodo de disfrute de vacaciones del personal de operaciones ( preparación, envasado y logística), hacer frente al incremento temporal de volumen de trabajo derivado de la producción estacional de la campaña de fruta, y la necesidad de refuerzo de personal ante la instalación de los nuevos equipos y maquinaria de sala de mezclas y de las líneas para la producción de Brik 1 1. y Minibrik, a fin de atender las exigencias de las labores de implementación, adecuada puesta a punto y optimización durante los próximos meses.

Así pues, en la actualidad, no existen vacantes en la Empresa que se adecuen al puesto indefinido y categoría profesional que aquellos trabajadores venían desempeñando con anterioridad al disfrute de su excedencia voluntaria, por lo que no resulta posible acceder a su solicitud de reingreso.

No obstante, si se produjera alguna vacante adecuada a su categoría profesional de carácter indefinido, la Compañía se pondría en contacto con ellos.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo".

SÉPTIMO

La empresa procedió a contratar los eventuales que siguen, con los apellidos, nombre y departamento:

Hermenegildo Envasado

Nicolas ......... Logística

Virgilio ....... Logística

Amador .............. Envasado

Erasmo ........ Logística

Justino ............... Envasado

Roque ........ Envasado

Luis Enrique ...... Logística

Baldomero .............. Logística

Eusebio ................ Envasado

Leopoldo Envasado

Severino Logística

Pedro Jesús ............ Logística

Clemente .. Logística

Belinda .. Envasado

Tomás Envasado

Oscar .......... Envasado

Julia ...... Envasado

Socorro .......... Envasado

Benita ...... Envasado

Guillerma ............. Envasado

Rosario ............... Envasado

Ariadna ................ Envasado

Eulalio Envasado Siendo su categoría, fecha de inicio y fecha de baja así como el motivo: Auxiliar 01/06/2010 17/10/2010 Terminación Contrato

Oficial 2o 01/06/2010 14/11/2010 Terminación Contrato

Oficial 2o 01/06/2010 14/11/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 01/06/2010 17/10/2010 Terminación Contrato

Oficial 2o 01/06/2010 14/11/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 01/06/2010 17/10/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 03/06/2010 17/10/2010 Terminación Contrato

Oficial 2o 03/06/2010 14/11/2010 Terminación Contrato

Oficial 2o 03/06/2010 14/11/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 03/06/2010 17/10/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 11/06/2010 31/10/2010 Terminación Contrato

Oficial 2o 21/06/2010 27/07/2010 No superar Periodo Prueba

Oficial 2o 21/06/2010 29/06/2010 Baja Voluntaria

Oficial 2o 01/07/2010 14/11/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 05/07/2010 31/10/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 05/07/2010 31/10/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 05/07/2010 31/10/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 05/07/2010 31/10/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 05/07/2010 30/09/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 05/07/2010 31/10/2010 Terminación Contrato

Auxiliar 05/07/2010 11/07/2010 Terminación contrato

Auxiliar 05/07/2010 11/07/2010 Terminación contrato

Auxiliar 05/07/2010 11/07/2010 Terminación contrato

Auxiliar 13/07/2010 31/10/2010 Terminación Contrato

También fueron contratados los eventuales:

Ezequiel

Lucio

Juliana Vidal

Abel

Daniel

Isaac

Rogelio Juan Carlos

Belarmino

Fernando Mateo

Jose Ramón

Adolfo

Antonia

Eduardo Landelino

Sergio

Heraclio

Cesareo

Ildefonso

Rosendo

Juan Enrique

Calixto

Departamento Categoría Fecha Inicio

Envasado Auxiliar 13/07/2010

Envasado Auxiliar 13/07/2010

Envasado Auxiliar 13/07/2010

Logística Oficial 2o 13/07/2010

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