STSJ Aragón 51/2011, 2 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución51/2011
Fecha02 Febrero 2011

T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00051/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 2ª).

-Recurso número 415 del año 2009- S E N T E N C I A Nº 51 de 2011

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE :

D. Jaime Servera Garcías

MAGISTRADOS :

D. Eugenio A. Esteras Iguácel

D. Fernando García Mata

------------------------------- En Zaragoza, a dos de febrero de dos mil once.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

ARAGÓN (Sección 2ª), el recurso contencioso-administrativo número 415 de 2009, seguido entre partes; como demandante S.A.T. SAN RAMÓN 342 NA, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Adela Domínguez Arranz y asistida por el abogado D. Fermín Arias Martínez; y como Administración demandada la COMUNIDAD DE REGANTES DEL CANAL DE LODOSA DE MALLÉN, representada por la Procuradora Dª Alejandra Pérez Correas y asistida por la abogada Dª Mª Pilar Bernal Cameo. Es objeto de impugnación la resolución del Presidente de la Comunidad de Regantes del Canal de Lodosa de Mallén de 28 de abril de 2009 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por SAT San Ramón 342 NA contra la providencia de apremio y requerimiento de pago de 9 de marzo de 2009.

Procedimiento : Ordinario.

Cuantía : 32.073,96 euros.

Ponente : Ilmo. Sr. Magistrado D. Fernando García Mata.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en el Decanato el 2 de julio de 2009 interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta resolución.

SEGUNDO

Repartido al Juzgado de lo Contencioso-administrativo nÕ 2, de Zaragoza por auto de 25 de septiembre de 2009 se declaró incompetente a favor de este Tribunal, el cual previa la admisión a trámite del recurso dio traslado a la actora para que dedujera la correspondiente demanda, en la que tras relacionar la recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso se declare nula y deje sin efecto la resolución objeto de este recurso.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el juicio a prueba y practicada la propuesta por las partes con el resultado que es de ver en autos, y tras evacuarse por las partes el trámite de conclusiones, se celebró la votación y fallo el día señalado, 26 de enero de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte actora la resolución del Presidente de la Comunidad de Regantes del Canal de Lodosa de Mallén de 28 de abril de 2009 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por SAT San Ramón 342 NA contra la providencia de apremio y requerimiento de pago de 9 de marzo de 2009.

SEGUNDO

Como fundamento de su impugnación afirma la recurrente que la resolución recurrida es nula, por aplicación del artículo 62 de la Ley 30/1992 y 217 de la Ley 58/2003, puesto que la actora no formaba parte de la Comunidad demandada al haber causado baja, de conformidad con el artículo 38 de los Estatutos, con anterioridad al año 2004, no habiendo hecho uso, ni aprovechamiento alguno de las aguas desde dicha fecha. Asimismo señala que no fue hasta noviembre de 2008 cuando la demandada notificó la providencia de...

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