STSJ Comunidad de Madrid 329/2011, 22 de Marzo de 2011

PonenteMARIA JESUS MURIEL ALONSO
ECLIES:TSJM:2011:4566
Número de Recurso3320/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución329/2011
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.7

MADRID

SENTENCIA: 00329/2011

RECURSO Nº 3320/08

PONENTE SRA. Mª Jesús Muriel Alonso

SENTENCIA Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SÉPTIMA

Ilmo. Sr. Presidente:

Dª Francisco Gerardo Martínez Tristán

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª Mª Jesús Muriel Alonso

D. Santiago De Andrés Fuentes

En la Villa de Madrid, a veintidós de marzo del año dos mil once.

Visto el recurso contencioso-administrativo núm. 3320/08 formulado por D. Raúl, en su propio nombre y representación, contra resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil de 28 de mayo de 2008 que desestimó su solicitud de reconocimiento de grado personal correspondiente al nivel 24 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquellos.

SEGUNDO

Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día dieciséis de marzo de del año dos mil once.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Muriel Alonso, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo por D. Raúl, en su condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, contra la resolución de 28 de mayo de 2008 de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil que desestimó su solicitud de consolidación de grado personal correspondiente al nivel 24.

El recurrente solicita en su demanda la revocación de la Resolución recurrida y que se acuerde y se le reconozca que procede la consolidación del nivel 24 como consecuencia de haber desempeñado durante más de dos años el puesto de trabajo de Coordinador de Servicios en la Comisaria Local de Leganés que tiene reconocido el referido nivel.

La resolución administrativa impugnada le deniega dicha petición con fundamento en que no ha obtenido destino definitivo en puesto de dicho nivel o superior al mismo.

SEGUNDO

La adecuada resolución del presente recurso exige que comencemos señalando que según la disposición adicional primera del Real Decreto 311/1.988 de 30 de Marzo, sobre Retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (actualmente derogado y sustituido por Real Decreto 950/2.005 de 29 de Julio, que reproduce la misma disposición adicional primera ), "el grado personal de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, que comenzará a adquirirse a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/1.986 de 13 de Marzo, se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1.984 de 2 de Agosto, y en las normas dictadas para su desarrollo, que tendrán asimismo carácter supletorio en los casos no previstos en el presente Real Decreto, sin perjuicio de que dicho personal pueda ser designado para puestos de trabajo superiores en más de dos niveles al de su grado personal, siempre que no exceda del nivel máximo del intervalo asignado a cada Grupo de Clasificación de acuerdo con la normativa vigente en cada momento para los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1.984 de 2 de Agosto . Los funcionarios que de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior sean designados para un puesto de trabajo superior en más de dos niveles al correspondiente a su grado personal, consolidarán...

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