STSJ Comunidad de Madrid 269/2011, 31 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Marzo 2011
Número de resolución269/2011

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00269/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN OCTAVA

SENTENCIA NÚM.269

ILMA.SRA. PRESIDENTA :

DOÑA INÉS HUERTA GARICANO

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS :

DON MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE

DON GREGORIO DEL PORTILLO GARCÍA

En MADRID, a treinta y uno de marzo de dos mil once.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo tramitado como PROCEDIMIENTO ORDINARIO con el número 1021/2009, interpuesto por el Procurador Don Ignacio Melchor Oruña, en nombre y representación de Doña Marí Luz y Don Marino, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación de indemnización, por responsabilidad patrimonial, presentada ante el Servicio Madrileño de Salud el día 11/05/09, como consecuencia del fallecimiento de Don Salvador . La Administración demandada ha sido representada y asistida por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid. También han sido parte, en calidad de codemandados, Laboratorios Servier S.L., representada por el procurador Don Manuel Lanchares Perlado, y Axa Corporate Solutions, representada por la procuradora Doña Magdalena Cornejo Barranco.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Comienzan las actuaciones judiciales con el escrito de interposición del recurso que presenta la representación procesal de la parte actora ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el día 24/11/09 . Una vez que fue repartido a esta sección se dictó la providencia de 10/12/09 en la que se acordaba tener por interpuesto el recurso, por personada y parte a la recurrente y requerir a la Administración demandada para que remitiera el expediente administrativo. El 9/03/10 se recibió el expediente administrativo y el día siguiente se acordó ponerlo a disposición de la actora para que, en el plazo previsto en la ley, formalizara su demanda.

SEGUNDO

El día 14/04/10 se presentó el escrito de demanda en el que, después de referir los hechos y alegar los fundamentos que se consideraron oportunos, terminaba la parte actora solicitando que se dictara sentencia condenando a los demandados a pagar 35.000 euros a la esposa del fallecido y 8.268,56 euros a cada uno de sus seis hijos. Del escrito de demanda y del resto de las actuaciones se dio traslado al Letrado de la Comunidad de Madrid quien, el día 18/05/10 presentó su contestación, oponiéndose a la demanda, alegando los hechos y fundamentos que consideró oportunos y solicitando que se dictara una sentencia confirmatoria de la resolución recurrida.

TERCERO

El 19/05/2010 se dictó un auto fijando la cuantía del recurso en 76.342,80 euros y acordando su recibimiento a prueba. En fecha 2/06/10 se recibe un escrito del procurador Don Manuel Lanchares Perlado solicitando que se le tuviera por personado y parte, en nombre y representación de Laboratorios Servier S.L., mientras que el cuatro del mismo mes y año se recibe un nuevo escrito, esta vez de la procuradora Doña Magdalena Cornejo Barranco con idéntica solicitud, en nombre y representación de AXA Corporate Solutións. Ambos escritos fueron proveídos inadmitiendo las personaciones mediante la providencia de 8/06/10, que posteriormente fue dejada sin efecto y se les tuvo por personados y parte. El 26/05/10 la parte actora presentó un escrito proponiendo como medios de prueba la documental aportada con la demanda y el expediente administrativo, así como la pericial aportada con la demanda, con la ampliación que acompañaba en ese momento. El 8/06/10 la Administración demandada presenta un escrito proponiendo la práctica de prueba documental consistente en el expediente administrativo. El 8/07/10 se recibe el escrito de la codemandada AXA que propone la práctica de prueba documental consistente en el expediente administrativo y pericial del inspector médico que elaboró el informe que obra en autos. El doce de julio tiene entrada en el Tribunal el escrito de Laboratorios Servier proponiendo la prueba práctica de prueba documental consistente en el expediente administrativo, más documental consistente en la aportada con su escrito, testifical y pericial. Todos los medios de prueba fueron declarados pertinentes y se practicaron con el resultado que obra en autos. Mediante providencia de 19/07/10 se declara pertinente la prueba documental consistente en el expediente administrativo, impertinente la solicitud de aclaraciones a su propio perito solicitada por la actora, impertinente la pericial solicitada por AXA, pertinentes las documentales de Laboratorios Servier e impertinentes las testificales y la pericial. Interpuestos recursos de súplica contra la inadmisión de medios de prueba fueron desestimados mediante autos de 13/01/11.

CUARTO

El día 13/01/11 se dictó una diligencia de ordenación declarando concluido el período probatorio y concediendo a la actora el plazo previsto en la ley para que formulara sus conclusiones. El 21/01/11 fue presentado el escrito de la actora, en el que insistía en todo lo manifestado en su demanda. El 11/02/11 presentó el Letrado de la Comunidad de Madrid las suyas insistiendo en la oposición, el día 22/0211/ lo hicieron las codemandadas AXA y Laboratorios Servier, insistiendo igualmente en su oposición a la demanda. Con fecha 23/02/11 se dictó una diligencia de ordenación señalar para votación y fallo, la audiencia del día 15/03/11, en el que, previa deliberación, se aprobó la presente sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don GREGORIO DEL PORTILLO GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A la vista del expediente administrativo y del resultado de la prueba practicada en este proceso se consideran acreditados los hechos, relevantes para resolver las cuestiones planteadas en el recurso, siguientes: D. Salvador, nacido el 30/08/1948, con antecedentes sanitarios de diabetes tipo ll de 10 años de evolución, síndrome metabólico, dislipemia, EPOC (bronquitis crónica), hipoacusia moderada bilateral de transmisión, obesidad y gran fumador, ingresa el 10 de abril de 2007 en el Hospital Universitario La Princesa (HULP) por infarto cerebral en protuberancia derecha que, tras tratamiento, deja como secuela una leve distonía en MSD y espasticidad grado I en Mll. Durante su estancia hospitalaria se realiza TC cerebral y RM. Previa a su alta hospitalaria, ocurrida el 24 del mismo mes y año, se le propone participar en un ensayo clínico doble ciego denominado " Perform ", que consistía básicamente en comparar dos fármacos, terutroban (Laboratorios Servier, S L.) y el ácido acetilsalicílico, para el estudio de la prevención de acontecimientos cerebrovasculares y cardiovasculares de origen isquémico, y cuyo investigador principal en ese hospital es el Dr. Claudio, médico del servicio de neurología, firmando el consentimiento informado el 18/04/07; durante este ingreso se aprecia un ligero aumento del valor de las transaminasas (18-04- 07) GOT/ALAT* y GPT/ALT* (valores de 45 y 69 respectivamente). *aspartato aminotransferasa: AST = glutámico oxalacético transaminasa = GOT *alanina aminotransferasa: ALT = glutámico pirúvico transaminasa = GpT; tras su alta hospitalaria, es sometido a tratamiento rehabilitador ambulatoriamente; en los siguientes meses, y tanto dentro como fuera del protocolo del ensayo clínico, se le realizan analíticas sanguíneas periódicas, así como estudios vasculares eco-doppler de tronco supraaórtico (el 1 7 10a1 2007, y 08/05/2008), Los resultados de esas analíticas muestran, a veces, alteraciones en los valores de alguno de sus parámetros. De acuerdo con la documentación remitida se aprecia proteína C reactiva 39,3 mg/l (valor normal situado en un máximo de 5) y GPT/ALT 80 U/L (rango normal entre 8-45) analítica realizada en el Laboratorio MDS PS (ensayo clínico) el25-05- 07: no se realiza determinación de Proteína C reactiva. El resto de los resultados es normal. La Analítica realizada en el Laboratorio MDS PS (ensayo clínico) el 19-07-07 arroja los siguientes resultados: proteína C reactiva 1 0,1, y-gt gammaglutamil transpeptidasa(GGT) 101 (max 61), GPT/ALT 64 ¡ Analítica realizada en el HULP el 06-11-07: GOTIALAT...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR