ATSJ Comunidad Valenciana 9/2011, 2 de Marzo de 2011
Ponente | JOSE FLORS MATIES |
ECLI | ES:TSJCV:2011:44A |
Número de Recurso | 11/2011 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 9/2011 |
Fecha de Resolución | 2 de Marzo de 2011 |
Emisor | Sala de lo Civil y Penal |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CIVIL Y PENAL
VALENCIA
NIG 46250-31-2-2011-0000011
Rollo civil 11/2011
AUTO Nº 9/2011
Excma. Sra. Presidente
Dª Pilar de la Oliva Marrades
Iltmos. Sres. Magistrados
D. José Flors Matíes
D. Juan Montero Aroca
En la ciudad de Valencia, a dos de marzo de dos mil once. Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Flors Matíes.
El "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A." presentó el día 9 de septiembre de 2009 en el Juzgado de Primera Instancia Decano de los de Denia un escrito promoviendo Procedimiento Monitorio en reclamación de la cantidad de 412,11 euros que afirmaba le eran adeudados por la mercantil "Importación La Gaviota, S.L.", con domicilio social en la AV. Joan Fuster 2, bajo, de Denia (alicante), como consecuencia de un descubierto producido por la utilización de una tarjeta de crédito con cargo en la cuenta bancaria de esta última, abierta en la referida entidad bancaria.
El asunto fue turnado al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número Dos de los de Denia, que lo registró el día 21 de octubre de 2009 con el nº 1047/2009, y por providencia de la misma fecha el expresado Juzgado se declaró competente territorialmente para conocer de la solicitud formulada, ordenando requerir de pago al deudor.
El requerimiento no pudo practicarse al no hallarse a nadie en el domicilio indicado en la demanda, extendiéndose diligencia negativa en la que se hacía constar que "el dueño de DENITEL, empresa sita en el nº 2 bajo de Joan Fuster, manifiesta que la entidad interesada hace 5 o 6 años que cerró".
A la vista de lo anterior la parte actora solicitó que se libraran los oportunos oficios para averiguar el domicilio de la demandada, apareciendo unida a las actuaciones una nota informativa de la Agencia Tributaria en la que aparece que la entidad "Importación la Gaviota, S.L." tiene su domicilio fiscal en la Provincia de Valencia y en el municipio de Valencia, calle Canal, num. 91, 46024.
Por providencia de 29 de septiembre de 2010 se dio traslado de lo anterior al Ministerio Fiscal y a la parte demandante, informando el Ministerio Fiscal en el sentido de que consideraba competentes a los juzgados de Valencia.
Mediante auto de fecha 3 de noviembre de 2010 el Juzgado de Instrucción número 1 de Denia (antes de Primera Instancia e Instrucción nº 2) se declaró incompetente por razón del...
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