STSJ Comunidad Valenciana 1298/2007, 7 de Septiembre de 2007

PonenteMIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
ECLIES:TSJCV:2007:4962
Número de Recurso17/2007/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1298/2007
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

1298/2007

TSJCV

Sala Contencioso Administrativo

Sección Tercera

Asunto Rollo de Apelación núm. *17/07/*

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

SENTENCIA Nº 1298/07

En la ciudad de Valencia siete de septiembre de dos mil siete.

Visto por la Sección TERCERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES Magistrados, el recurso de apelación tramitado con el número de rollo 17/07 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Alicante, en el recurso contencioso administrativo nº 31/06, en el que han sido partes como apelante la UTE, constituida por las mercantiles Oncisa SL y Metauro SA, representada por el Procurador Don Jorge Castelló Navarro, y como apelada, El Ayuntamiento de Alicante, representado por la Procuradora Doña Purificación Higuera Lujan; siendo Ponente el Magistrado D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 2 de noviembre de 2006 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Alicante, dictó sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 31/06, cuya parte dispositiva dice: "Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto Oncida Sl y Metauro SA, UTE, contra el la resolución desestimatoria del recurso de reposición de 28 de octubre de 2005 interpuesto contra la liquidación del impuesto de Construcciones y Obras dictada por el Ayuntamiento de Alicante por la realización de las obras de construcción realizadas en el PP. Condomina, derivada del acta de Disconformidad de 15 de junio de 2005, acto que es conforme a derecho, y no ha lugar a hacer expresa condena en costas".

SEGUNDO

Por la parte apelante se interpone recurso de apelación contra la anterior sentencia, que fue admitido por el Juzgado, dándose traslado a la contraparte que formula su oposición.

TERCERO

Elevados los indicados autos a este Tribunal; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo se señaló para la votación y fallo el día 7 5 de septiembre de 2007.

CUARTO

En la tramitación del recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por vía de recurso de apelación se somete a la consideración de esta Sala la adecuación a Derecho de la sentencia de 2 de noviembre de 2005 del citado órgano jurisdiccional, por la que se desestimó el recurso contencioso-- administrativo interpuesto contra la resolución de 28 de oc de 2005 del Ayuntamiento de Alicante, que desestimó el recurso de reposición contra la liquidación del ICIO, correspondiente a la realización de las obras de construcción realizadas en el PP. Condomina, derivada del acta de Disconformidad de 15 de junio de 2005

SEGUNDO

La parte apelante impugna la citada sentencia en base a las siguientes razones, que resume en su prolijo escrito de apelación: 1.- la expresa exclusión legal de la base imponible del ICIOO del beneficio empresarial del contratista y de sus gastos generales (art 102.1 de la LHL ). 2.- la unánime doctrina jurisprudencial que entiende que el beneficio industrial y los gastos generales no se integran en la base imponible del impuesto, pues aun cuando sean gasto real no constituyen coste real y efectivo de la construcción instalación u obra. 3.- actividad probatoria de parte fundamentando y certificando que tanto el beneficio industrial como los gastos generales es el 19% de su total, que ha sido facturado por las distintas sociedades que han realizado el conjunto de las obras y servicios contratados, constituida por la certificación de la mercantil EC. Harris España SLU, a la que se encomendó por la actora la función de coordinación y dirección del conjunto de las obras y servicios que debían ser realizadas por las diversas sociedades contratadas para la realización de las obras y prelaciones de servicios. 4.-ausencia de actividad probatoria del Ayuntamiento en la medida de que se limita a negar valor a la certificación aludida.

Por la parte apelada se argumentan que los diversos motivos impugnatorios de la sentencia apelada, deben desestimarse, entendiendo su conformidad a derecho, resumiendo su pedimento de confirmación en que si ha acreditado el coste total de la obra analizando las cuentas de explotación y mayor de la UTE, sometida al Plan General de Contabilidad de las empresas constructoras, y que la jurisprudencia invocada no es de aplicación a las subcontratistas de la obra, no gravando por tanto el impuesto el beneficio industrial ni los gastos generales de la contratista, y añadiendo que en base al art 105 de la LGT corresponde a la parte acreditar los hechos del que pretenden derivar su derecho y que con la certificación aludida no quedan acreditados, afirmando que son documentos privados, que hacen prueba contra el que los ha escrito, pero el que quiera aprovecharse de ellos habrá de aceptarlos en la parte que es perjudique (art 1228 de CC ); constando una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SJCA nº 1 219/2015, 28 de Octubre de 2015, de Santander
    • España
    • 28 Octubre 2015
    ...STS 16-12-2003 , 5-10-2004 ); gastos generales de subcontratistas contratados por el contratista para la realización de la obra ( STSJ de Valencia 7-9-2007 ); coste de instalación de equipos, máquinas e instalaciones que se construyen, colocan o efectúan como elementos técnicos inseparables......
  • SJCA nº 1 235/2016, 9 de Diciembre de 2016, de Santander
    • España
    • 9 Diciembre 2016
    ...STS 16-12-2003 , 5-10-2004 ); gastos generales de subcontratistas contratados por el contratista para la realización de la obra ( STSJ de Valencia 7-9-2007 ); coste de instalación de equipos, máquinas e instalaciones que se construyen, colocan o efectúan como elementos técnicos inseparables......
  • SJCA nº 1 152/2013, 8 de Mayo de 2013, de Santander
    • España
    • 8 Mayo 2013
    ...STS 16-12-2003 , 5-10-2004 ); gastos generales de subcontratistas contratados por el contratista para la realización de la obra ( STSJ de Valencia 7-9-2007 ); coste de instalación de equipos, máquinas e instalaciones que se construyen, colocan o efectúan como elementos técnicos inseparables......
  • STSJ Andalucía 824/2015, 30 de Septiembre de 2015
    • España
    • 30 Septiembre 2015
    ...participado en la obra, como los suministradores del material, lo cual es insostenible. En esta dirección se expresan las STSJ de la Comunidad Valenciana de 7-9-07, 23 y 30-5-08 . Tales gastos y beneficios no son del promotor sino del contratista, los cuales suponen, para aquel, como dueño ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR