STSJ Andalucía , 10 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Marzo 2011

RECURSO Núm. 303/2010.

Registro General Núm. 1.388/2010.

SENTENCIA

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez. Presidente.

Don Eloy Méndez Martínez.

Don Guillermo del Pino Romero.

En la ciudad de Sevilla, a 10 de marzo de 2011.

Vistos por la Sala en Sevilla de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los autos correspondientes al recurso núm. 303/2010, interpuesto por Don Simón, representado por la Procuradora Doña Mercedes Pérez González, con la asistencia de Letrado, contra el TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. Cuantía fijada en 5.080,32 euros. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Guillermo del Pino Romero, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpone contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía de fecha 29 de enero de 2010, por la que se desestima la reclamación económico-administrativa n° NUM000 deducida contra la resolución desestimatoria de un recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria -Dependencia de Recaudación de Sevilla- sobre la liquidación n° NUM001 derivada de sanción por infracción a la Ley de Aguas, por importe total, incluido recargo de apremio de 5.080,32 euros.

SEGUNDO

En el escrito de demanda la recurrente solicitó que se dictara sentencia por la que se declare no ser conforme a Derecho la resolución impugnada y que en consecuencia se anule la liquidación girada.

TERCERO

En el escrito de contestación a la demanda la Administración del Estado se opuso a las pretensiones de la parte recurrente, y pidió se dictase sentencia por la que se desestimase íntegramente la demanda. No acordado el recibimiento a prueba, una vez presentados los respectivos escritos de conclusiones, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de la presente causa se han observado todos los requisitos legales, salvo determinados plazos procesales por la acumulación de asuntos que penden ante la Sala; habiéndose señalado para deliberación, votación y fallo el día de ayer, en el que, efectivamente, se ha deliberado, votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna resolución la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía de fecha 29 de enero de 2010, por la que se desestima la reclamación económico-administrativa n° NUM000 deducida contra la resolución desestimatoria de un recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio dictada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria -Dependencia de Recaudación de Sevilla- sobre la liquidación n° NUM001 derivada de sanción por infracción a la Ley de Aguas, por importe total, incluido recargo de apremio de 5.080,32 euros.

SEGUNDO

El acto impugnado desestima la reclamación económico-administrativa ya que aún cuando no consta acreditado que el interesado haya tenido a su disposición, a la hora de fundamentar sus alegaciones, el justificante de la notificación practicada para el pago de la sanción en período voluntario, al interponer recurso de reposición queda validado cualquier defecto que pudiera adolecer la notificación de la sanción, llevando al TEARA a la convicción de que el interesado tuvo oportuno conocimiento de su obligación de proceder al pago dentro del período voluntario.

Alega el...

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