STSJ Comunidad de Madrid 425/2011, 6 de Mayo de 2011
Ponente | FRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS |
ECLI | ES:TSJM:2011:7388 |
Número de Recurso | 783/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 425/2011 |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6
MADRID
SENTENCIA: 00425 /2011
Recurso Núm. 783/08
Ponente: Sr. Francisco de la Peña Elías
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Sexta
SENTENCIA Núm. 425
Ilmos. Sres.
Presidente:
Dª Teresa Delgado Velasco
Magistrados:
Dª Cristina Cadenas Cortina
Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano
Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas
D. Francisco de la Peña Elías
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En la Villa de Madrid, a seis de mayo de dos mil once.
VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 783/08 promovido por el Procurador D. Federico Pinilla Romeo actuando en nombre y representación de D. Pascual contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Interior de 15 de junio de 2007 que, de forma expresa, denegó la solicitud del recurrente sobre autorización para compatibilizar el desempeño de sus funciones como Guardia Civil con el ejercicio de una segunda actividad en el ámbito privado consistente en impartir docencia como monitor de tiro y armamento, así como contra la dictada con fecha 31 de enero de 2008, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la misma; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia por la que se reconozca el derecho del recurrentes a compatibilizar el ejercicio de una segunda actividad en el ámbito privado como monitor de tiro y armamento con el desempeño de su actividad como funcionario del Cuerpo de la Guardia Civil con las limitaciones que expresa en la misma demanda.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.
Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 5 de mayo de 2011, teniendo así lugar.
Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco de la Peña Elías, quien expresa el parecer de la Sala.
A través del presente proceso impugna el recurrente, Guardia Civil con destino al tiempo a que se refiere su reclamación en el Servicio de Armamento y Equipamiento Policial de la Comandancia de Melilla, la Resolución del Subsecretario del Ministerio de Interior de 15 de junio de 2007 que, de forma expresa, denegó su solicitud sobre autorización para compatibilizar el desempeño de sus funciones como Guardia Civil con el ejercicio de una segunda actividad en el ámbito privado como monitor de tiro y armamento, así como la dictada con fecha 31 de enero de 2008, que de forma expresa desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la misma.
Como se expone en la demanda, el Sr. Pinilla Romeo desempeña en su destino funciones que entiende compatibles con el la actividad privada que solicita. Es por ello por lo que, mediante escrito de 19 de abril de 2007, solicitó del Ministerio del Interior la autorización correspondiente para compatibilizar su actividad funcionarial con el ejercicio de dicha actividad, petición que, como dijimos, fue desestimada por las Resoluciones que aquí se impugnan.
Son numerosos los pronunciamientos de esta misma Sección que han venido reconociendo el derecho del personal de la Guardia Civil a compatibilizar el ejercicio de sus funciones con el desempeño de una actividad en el...
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