STSJ Castilla-La Mancha 315/2011, 16 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución315/2011
Fecha16 Mayo 2011

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00315/2011

Recurso nº 110/2008

ALBACETE

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez

Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.

Iltma. Sra. Dª Mª Belén Castellón Checa.

SENTENCIA Nº 315

En Albacete, a dieciséis de Mayo de dos mil once.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 110/2008, del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de DON Begoña, DOÑA Emma, DON Isaac, DON Mauricio, DON Rodrigo, DON Jose Manuel, DON Juan Manuel, DON Anibal, DON Celestino, DON Eulogio, DON Hermenegildo, DON Leovigildo, DON Pio, DON Teofilo, DON Luis Andrés, DON Adriano, DON Bienvenido, DON Efrain, DON Gabriel, DON José, DON Plácido, DON Valeriano, DON Jesús María, DON Alexander y DON Cayetano, que actúan en su propio nombre y derecho, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE POLICÍA Y GUARDIA CIVIL, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado, en materia de complemento específico singular. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo ContenciosoAdministrativo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 22 de enero de 2008, recurso contencioso- administrativo contra la Resolución de la Dirección General de la Policía, de fecha 17 de Diciembre de 2007.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia de conformidad con lo solicitado en el suplico de su demanda

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso, con costas a la parte recurrente.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 12 de Mayo de 2011, en que tuvo lugar.

Cuarto

Habiéndose incorporado Don Julio, por acuerdo de la Sala de Gobierno, de fecha 07 de Marzo de 2011, a la Sección Segunda; y con la finalidad de no dilatar más su resolución del recurso, se hace cargo de la Ponencia, el Presidente de la Sala, Don José Borrego López.

Quinto

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se somete al control judicial de la Sala, la resolución administrativa de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, de fecha 17 de Diciembre de 2007, por la que se desestima la reclamación económica de los actores sobre complemento específico singular en relación con las pagas extraordinarias.

Segundo

Debemos desestimar el presente recurso, por las siguientes razones jurídicas (arts. 67, 68 y 70, todos ellos de la Ley Reguladora ), a saber: a) Como presupuesto básico se ha de partir del hecho de que los actores no pueden apoyarse jurídicamente para percibir por el concepto retributivo que reclaman, de las disposiciones que sobre el mismo se contienen con carácter general ante la Ley estatal 07/2007, de 12 de Abril, sobre el Estatuto Básico del Empleo Público (art. 4 .e), del mismo); ya dicha regulación no es aplicable al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR