STSJ Castilla-La Mancha 339/2011, 23 de Mayo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 339/2011 |
Fecha | 23 Mayo 2011 |
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00339/2011
Recurso nº 196/08
TOLEDO
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Primera.
Presidente:
Iltmo. Sr. D. José Borrego López.
Magistrados:
Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.
Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.
Iltma. Sra. Dª Belén Castelló Checa.
SENTENCIA Nº 339
En Albacete, a veintitrés de Mayo de dos mil once.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 196/08, del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de DON Rubén y DOÑA Asunción, representados por el Procurador Sr. Ponce Riaza, contra la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado, en materia de aprovechamiento de aguas. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.
Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 07 de Febrero de 2008, recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia de conformidad con lo interesado en el suplico de dicho escrito procesal.
Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que se desestime el recurso.
Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 19 de Mayo de 2011.
Se somete al control judicial de la Sala, la resolución de fecha 21 de Noviembre de 2007, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por la que declara inadmitir a trámite por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto.
La primera cuestión jurídica que se suscita, es si es conforme a Derecho la declaración de inadmisibilidad que realiza la Confederación, al calificar el escrito de los actores de fecha 23 de Abril de 1999, como recurso de reposición;...
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