STSJ Castilla y León 1463/2011, 23 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1463/2011
Fecha23 Junio 2011

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01463/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: 001

VALLADOLID

65590

C/ ANGUSTIAS S/N

Número de Identificación Único: 47186 33 3 2007 0101912

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001105 /2007

Sobre DOMINIO PUBLICO Y BIENES PATRIMONIALES

De D/ña. Esperanza

Representante: YAGO MUÑOZ BLANCO

Contra - CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL

Representante: ABOGADO DEL ESTADO

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS:

DON JOSE GUERRERO ZAPLANA

DON FRANCISCO JAVIER ZATARAIN VALDEMORO

DOÑA RAQUEL HERMELA REYES MARTINEZ

En Valladolid, a veintitrés de junio de dos mil once.

La Sección de Apoyo B de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados al margen, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1463

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso Nº 1105/2007 en el que se impugna: la resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero de 11 de abril de 2007, por dictada en el expediente número 157/06, por la que se impuso a la demandante una sanción de multa de 600 euros y se le requirió para que en el plazo de quince días proceda a reponer las cosas a su estado anterior.

Son partes en dicho recurso: como recurrente : Dª Esperanza, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Tatiana González Riocerezo y bajo dirección letrada de D. Yago Muñoz Blanco.

Como demandada: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente la Magistrada Doña RAQUEL HERMELA REYES MARTINEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda el día 31 de octubre de 2007 en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimando la demanda, revoque, anule y deje sin efecto la resolución recurrida, ordenando el archivo del expediente sancionador incoado, sin imposición de sanción alguna.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, de fecha 25 de febrero de 2008, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria del recurso formulado de contrario, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Por resolución de fecha 3 de diciembre de 2008 se fijó la cuantía del recurso en indeterminada, recibiéndose el proceso a prueba por auto de fecha 2 de abril de 2009, practicándose la que fue admitida con el resultado que obra en autos, presentando las partes sus respectivos escritos de conclusiones, y quedando las actuaciones en fecha 30 de septiembre de 2009 pendientes de señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Por providencia de 13 de junio de 2011 se turnó el recurso a la Sección de apoyo integrada por los Magistrados referidos al margen, procediéndose a la votación y fallo del recurso el día 22 de junio de 2011.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley, excepto los plazos procesales por el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la parte actora la resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero de 26 de abril de 2007, por dictada en el expediente número NUM000, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por la parte actora contra la resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero de 18 de abril de 2006 por la que se impuso a la demandante una sanción de multa de 600 euros y se le requirió para que en el plazo de quince días proceda a reponer las cosas a su estado anterior.

Alega, en...

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