STSJ Comunidad de Madrid 10263/2011, 24 de Junio de 2011
Ponente | RAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS |
ECLI | ES:TSJM:2011:8202 |
Número de Recurso | 586/2010 |
Procedimiento | APELACIÓN |
Número de Resolución | 10263/2011 |
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 10263/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
Recurso de apelación número 586/2010
Ponente: Don Rafael Estévez Pendás
Apelante: Sr. Valentín
Letrado: Sra. Lorente Morant
Apelado: Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social
Letrado: Sr. Letrado de la Seguridad Social
SENTENCIA nº 263
Ilmo. Sr. Presidente:
Don Gustavo Lescure Ceñal
Ilmos. Sres. Magistrados:
Doña Fátima Arana Azpitarte
Don Rafael Estévez Pendás
En Madrid, a 24 de junio del año 2011, visto por la Sala el Recurso de apelación arriba referido, interpuesto por Don Valentín, defendido por la Letrado Doña Josefina Lorente Mora, contra el Auto de fecha 6 de septiembre del año
2010, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid en el Procedimiento Ordinario número 137/2009 .. Comparece como parte apelada la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social, defendido por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en la representación que por Ley le corresponde. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, con fecha 6 de septiembre del año 2010 se dictó Auto en el Procedimiento Ordinario número 137/2009
, promovido por Don Valentín contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y contra la Tesorería General de la Seguridad Social instando que ser reconociera su derecho a la prestación de jubilación por derecho transitorio y no de incapacidad laboral, a efectos de recuperar su patrimonio disminuido desde el 1 de junio del año 2003, siendo la parte dispositiva del Auto la declaración de inadmisibilidad del Recurso contenciosoadministrativo, por concurrir la causa prevista en el artículo 69.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, al resultar competente sobre el fondo de lo planteado la Jurisdicción Social.
Notificado el Auto anterior a las partes, por el señor Valentín se interpuso contra él Recurso de apelación en el que, tras exponer las razones en las que lo fundaba, terminaba suplicando una Sentencia que, revocando dicho Auto, declare que es la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la competente para conocer de este Recurso por responsabilidad patrimonial, con la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios causados.
El Letrado de la Administración de la Seguridad Social impugnó la apelación por medio de escrito de fecha 5 de noviembre del 2010, en el que concluía interesando su íntegra desestimación.
Recibidas las actuaciones en esta Sala y Sección, y al no interesar las partes el recibimiento a prueba de la apelación, ni la celebración de vista o el trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 24 de mayo del año 2011.
Sostiene el apelante que el Auto que recurre le produce una gran indefensión al declarar la inadmisión del Recurso por falta de jurisdicción, señalando que en vía administrativa formuló reclamación patrimonial por el mal funcionamiento de la Administración demandada, solicitando indemnización por los daños y perjuicios que se le ocasionó en su patrimonio desde el 1 de junio...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Andalucía 2166/2018, 5 de Julio de 2018
...existiendo fraude pues nunca se compaginó trabajar a tiempo parcial y estar a la vez en jubilación parcial (mencionaba las sentencias del TSJ Madrid de 24.6.11, 21.8.2008 y Aragón:21.11.07 Concluye que lo que había era infracción grave de normas y límites de jornada de los arts 12, 23 y 34 ......