STSJ Comunidad de Madrid 618/2011, 6 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución618/2011
Fecha06 Julio 2011

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00618/2011

SENTENCIA Nº 618

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

D. Gregorio del Portillo García

En la Villa de Madrid a seis de julio de dos mil once

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 425/10, interpuesto -en escrito presentado el día 17 de junio de 2010- por el Procurador D. Andrés Fernández Rodríguez, actuando en nombre y representación de "IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA, S.A.U.", contra la Resolución de la Junta Superior de Hacienda de la CAM de 29 de abril de 2010, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa deducida frente a la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de la CAM de de 13 de marzo de 2009, que acuerda modificar el importe de la subvención concedida y abonada para el desarrollo del Plan Renove de Instalaciones Eléctricas Comunes en Edificios de Viviendas en el año 2008 (reduciéndola a 83.458,24 #), en el particular que le reclama, en concepto de intereses de demora correspondientes a la cantidad percibida y no destinada al fin previsto, la cantidad de 110.448,54 #.

Ha sido parte demandada la Comunidad de Madrid, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase el particular impugnado de la Orden de reintegro.

SEGUNDO

El Letrado de la CAM contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicó se dictase sentencia por la que se desestime el recurso.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba y formulados escritos de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para deliberación, votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 5 de julio de 2011, teniendo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada la cuantía del pleito en 110.448,54 #.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Esta Sala y Sección se ha pronunciado ya en un supuesto idéntico al de autos en nuestra reciente Sentencia nº 538 dictada -28 de junio del corriente- en el Rº 301/10, deducido por la aquí actora contra otra Orden de iguales características de 13 de enero de 2010, en la que se le reclamaba, por igual concepto, la cantidad de 7.572,60 # y siendo la misma pretensión y la misma causa de pedir, reproduciremos los razonamientos de nuestra precitada Sentencia para llegar a igual fallo estimatorio.

Como datos acreditados constan en el expediente que por Orden 1550/06, de 9 de mayo, modificada por las Ordenes 5445/06, de 21 de septiembre y 6692/06, de 30 de octubre, todas de la Consejería de Economía y Hacienda, se concedió a la actora una subvención por importe de 866.667 # para el desarrollo del Plan Renove de Instalaciones eléctricas comunes en edificios de viviendas en el año 2006, percibiendo dicha cantidad, previa prestación de aval, el 29 de diciembre de 2006. El 30 de noviembre de 2007, la actora presentó la documentación justificativa del citado Plan por importe de 83.458,24 #. El 9 de julio de 2008 se inició expediente de reintegro parcial de la subvención, devolviendo voluntariamente la cantidad no destinada a tal fin por falta de demanda ascendente a 783.208,76 # el 11 de febrero de 2009.

En el Fundamento Segundo de la precitada Sentencia decíamos que en la Orden de de la Consejería de Economía y Hacienda de la CAM donde se regula la subvención concedida a Iberdrola se comienza señalando que se le concede para el desarrollo del Plan Renove de Instalaciones Eléctricas Comunes en Edificios de Viviendas, desprendiéndose de su articulado que la realización efectiva de las renovaciones de instalaciones dependía de que sus titulares solicitaran a Iberdrola...

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