STSJ Comunidad de Madrid 765/2011, 20 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución765/2011
Fecha20 Julio 2011

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00765/2011

Recurso 843/10

SENTENCIA NUMERO 765

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

----- Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Magistrados:

D. José Arturo Fernández García

D. Fausto Garrido González

Dª María de Luaces Díaz de Noriega

D. Alfredo Roldán Herrero.

-----------------En la Villa de Madrid, a. veinte de julio de dos mil once.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del presente recurso contencioso- administrativo número 843/10, interpuesto por el procurador Sr. Jorge Pérez Macias en nombre y representación de Doña Tatiana, contra la Resolución del Consulado de España en La Habana (Cuba) de fecha 24 de mayo de 2010 por el que se desestima el recurso de reposición contra Resolución de fecha 22 de abril de 2010 por la que se desestima la solicitud de reagrupación familiar para reagruparse con su padre nacionalizado español Don Luis . Ha sido parte la ADMINISTRACION DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado al efecto en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso por la que se anule el acto recurrido declarando haber lugar a la concesión del visado solicitado.

SEGUNDO

La Administración demandada, una vez conferido el tramite pertinente para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Habiéndose acordado el recibimiento a prueba con el resultado obrante en autos y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por termino de quince días para la formulación de conclusiones. Presentados los oportunos escritos quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 19 de julio de 2011, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo por el procurador Sr. Jorge Pérez Macias en nombre y representación de Doña Tatiana, contra la Resolución del Consulado de España en La Habana (Cuba) de fecha 24 de mayo de 2010 por el que se desestima el recurso de reposición contra Resolución de fecha 22 de abril de 2010 por la que se desestima la solicitud de reagrupación familiar para reagruparse con su padre nacionalizado español Don Luis

La resolución recurrida, deniega el visado por ser mayor de 21 años y no estar debidamente acreditada la dependencia económica.

En la resolución que resuelve el recurso de reposición confirman la resolución recurrida alegando que tras examinar el expediente y la documentación, ratifica la decisión anterior.

SEGUNDO

El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, vigente a la fecha de solicitud de los visados, regula la entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aunque se aplica se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por éste, a los familiares de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, que a continuación se relacionan: c) A sus descendientes directos, y a los de su...

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