STSJ Castilla-La Mancha 478/2011, 25 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución478/2011
Fecha25 Julio 2011

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2

ALBACETE

SENTENCIA: 00478/2011

Recurso contencioso-administrativo no 54/2007

(numeración Sección Segunda)

Toledo

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE CASTILLA-LA MANCHA.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera.

Magistrados, Ilmos. Sres.:

D. José Borrego López. Presidente.

D. Mariano Montero Martínez

D. Manuel José Domingo Zaballos.

Dª María Belén Castelló Checa.

S E N T E N C I A Nº 478

En Albacete, a veinticinco de julio de 2011.

Vistos por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 54 de 2007 de su Sección Segunda, del recurso contencioso- administrativo seguido a instancia de D. Sixto, representado por el Procurador Sr. Monzón Riobóo y defendido por el Letrado Sr. Marín-Barnuevo Fabo, contra el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA, representado por la Abogacía del Estado, en materia de Tributos, sanción tributaria. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha quince de enero de 2007 recurso contencioso- administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha veintitrés de octubre de 2006 que inadmitió la reclamación económicoadministrativa seguida bajo el número NUM000, por extemporaneidad.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia que declarara la nulidad de los actos combatidos.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria de la misma.

Tercero

Se acordó el recibimiento del pleito a prueba y se practicaron las diligencias declaradas pertinentes. De conformidad con Acuerdo de la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de dos de mayo de 2011, el presente asunto de la Sección Segunda se adjudica a los Magistrados de la Sección Primera de la Sala para su resolución. Se señaló día y hora para votación y fallo, el veintiuno de julio de 2011, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

Impugna la parte actora la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha veintitrés de octubre de 2006 que inadmitió la reclamación económicoadministrativa seguida bajo el número NUM000, por extemporaneidad.

Segundo

Procede desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto porque la Sala, en virtud de la función revisora de esta Jurisdicción, ha de examinar en primer lugar la conformidad a Derecho de la resolución directamente recurrida ante nosotros; y ésta no es otra, porque así lo quiso expresamente el actor y lo plasmó en su escrito de interposición, que la del Tribunal Económico-Administrativo Regional que inadmitió la reclamación económico-administrativa por haberse entablado la misma, lógicamente ante el TEAR, también fuera del plazo legalmente fijado.

Tercero

El derecho de protección jurídica, que garantiza el artículo 24 de la Constitución como proyección del reconocimiento como derechos fundamentales del derecho a la tutela...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR