STSJ Aragón 397/2011, 6 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 397/2011 |
Fecha | 06 Julio 2011 |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00397/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (Sección 2ª)
-Rollo de apelación nº 195 del año 2010- S E N T E N C I A Nº 397 de 2011
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES
PRESIDENTE :
D. Jaime Servera Garcías
MAGISTRADOS :
D. Eugenio Ángel Esteras Iguácel
D. Fernando García Mata
------------------------------- Zaragoza, a seis de julio de dos mil once.
Visto por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, el recurso de apelación interpuesto por DON Dionisio, representado por el Procurador de los Tribunales D. Juan Manuel Andrés Alamán y asistido por la abogada Dª Beatriz Carcedo Orte, contra la sentencia 181/2010, de 28 de mayo, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Zaragoza, recaída en el Procedimiento Abreviado 13/10, en el que es parte apelada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por la Sra. Abogada del Estado, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando García Mata.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Zaragoza, dictó la sentencia que aquí se apela 181/2010, de 28 de mayo, por la que se desestimaba el recurso interpuesto.
Notificada dicha resolución a las partes, por la parte recurrente se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte adversa para que formulara oposición, presentándose el correspondiente escrito de oposición y siendo posteriormente remitidas las actuaciones, con emplazamiento de las partes, a esta Sala.
Turnado a esta Sección 2ª el recurso, formado el correspondiente rollo y comparecidas tanto la parte apelante como apelada, se admitió a trámite el recurso, señalándose para votación y fallo del mismo el día 29 de junio de 2011, en que tuvo lugar, habiéndose presentado el día anterior al señalamiento escrito en el que manifiesta que le ha sido concedida la tarjeta de Residencia Familiar de Comunitario inicial y que ha solicitado la revocación de la obligación de salir del territorio español.
Constituye objeto de este recurso de apelación la determinación de si es ajustada a derecho la sentencia en cuanto desestima el recurso interpuesto. EN síntesis la sentencia tras reconocer que acredita un periodo de actividad de al menos tres meses -en concreto, 18 días más de los exigidos-, añade que en modo alguno consta que la relación laboral se extinguiera por causas ajenas a su voluntad -al contrario constata que al folio 14 se hace constar que el cese de la relación se debió a una baja voluntaria- y que no se acredita una búsqueda activa de empleo hasta que se encuentra en el régimen del hogar, en el que cese al poco de la resolución denegatoria de la renovación.
En apoyo de su pretensión señala la parte apelante que en ningún momento se está pretendiendo...
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