STSJ Galicia 4069/2011, 22 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Septiembre 2011
Número de resolución4069/2011

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 5465/07-PM

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

RICARDO PEDRO RON LATAS

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

A CORUÑA, veintidós de septiembre de dos mil once.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NO MBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 5465/2007 interpuesto por GENESIS SEGUROS GENERALES, S.A. contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de LUGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Celestino en reclamación de OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL siendo demandado GENESIS SEGUROS GENERALES, S.A., PIZARRAS VOCES VEGA, S.L., Rosaura, Fausto, ASEQ VIDA Y ACCIDENTES, S.A.. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 859/2005 sentencia con fecha veintinueve de Junio de dos mil siete por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El día 13 de mayo de 2004, el demandante sufrió accidente de trabajo, cuando prestaba servicios para la empresa Pizarras Voces Vega S.L.

SEGUNDO

Como consecuencia del citado accidente, el actor fue declarado en situación de Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo con efectos desde el día 23 de abril de 2005. TERCERO.- El actor solicita el abono de la cantidad de 39.000,00 euros, incrementada en un 20% en concepto de demora desde el día 23 de abril de 2005, basta el momento en que se haga efectiva la cantidad total reclamada. CUARTO.- Se celebro preceptivo acto de conciliación ante el SMAC, el cual concluyó sin avenencia.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por DON Fausto y DOÑA Rosaura, debo absolver y absuelvo a los mismos de los pedimentos realizados en su contra. Que estimando la demanda interpuesta por DON Celestino, condeno entidad aseguradora GÉNESIS CARBALLO SEGUROS Y REASEGUROS, SOCIEDAD UNIPERSONAL y a ASEA, VIDA Y ACCIDENTES S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, de forma solidaria, a pagar al demandante la cantidad de 39.000,00 euros, en concepto de indemnización por la invalidez permanente absoluta que le fue declarada como consecuencia del accidente de trabajo sufrido el día 13.05.2004, así como a satisfacer los intereses moratorios del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro en la forma indicada. Que debo absolver y absuelvo a la empresa PIZARRAS VOCES VEGA, S.L., de las pretensiones deducidas en su contra.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la aseguradora Génesis la estimación parcial de la demanda, aquietándose al relato de los hechos declarados probados y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por aplicación indebida de los artículos 38 y 39 LCS, y del artículo 20 LCS .

SEGUNDO

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