STSJ Extremadura 762/2011, 22 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 762/2011 |
Fecha | 22 Septiembre 2011 |
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD
CACERES
SENTENCIA: 00762/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Procedimiento Ordinario 1447/2009.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:
SENTENCIA
PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY
MAGISTRADOS:
DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO
DON MERCENARIO VILLALBA LAVA
DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS
DON JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU
En Cáceres, a VEINTIDOS de septiembre de dos mil once.
Visto por la Sala el Procedimiento Ordinario nº 1447/2009, promovido ante este Tribunal a instancia del Procurador D. Juan Antonio Hernández Lavado, en nombre y representación de D. Juan Antonio, siendo parte demandada la Administración General del Estado (Confederación Hidrográfica del Guadiana); recurso que versa contra las resoluciones de 13 de octubre y 19 de octubre de 2009 dictadas en expedientes sancionadores NUM000, NUM001 y NUM002, en ambos casos dictadas por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por el que se impone al recurrente sendas multas de 240 euros.
Siendo la cuantía del recurso 480 euros.
Por la parte actora se presentó, con fecha 10 de noviembre de 2009, escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, por escrito presentado el 18 de febrero de 2010. Aducía los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación y terminaba solicitando que se dictara sentencia por la que se estime el recurso, dejando sin efecto las resoluciones impugnadas en los términos solicitados.
Dado traslado de la demanda a la parte demandada, la Administración General del Estado contesta por escrito presentado el día 26 de abril, solicitando la desestimación de la demanda, con condena en costas.
Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde la parte demandante interesó que se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de su escrito de demanda, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.
Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU, quien expresa el parecer de la Sala.
Es objeto de recurso en el presente...
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