STSJ Extremadura 754/2011, 22 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 754/2011 |
Fecha | 22 Septiembre 2011 |
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD
CACERES
SENTENCIA: 00754/2011
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 754
PRESIDENTE :
DON WENCESLAO OLEA GODOY
MAGISTRADOS:
DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO
DON MERCENERAIO VILLALBA LAVA
DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS
DON JOSE MARIA SEGURA GRAU/
En Cáceres a veintidós de septiembre de dos mil once.
Visto el recurso contencioso administrativo nº 929/11, promovido por el Procurador de los Tribunales SR. LEAL LOPEZ en nombre y representación de D. Alexis Y D. Bruno siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA representado por el Sr. LETRADO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA ;recurso que versa sobre: Resolución de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura de 30-4-09 que declara la pérdida del derecho a percibir el pago de la prima compensatoria correspondiente a la anualidad 2008.
C U A N T I A : 8.937,18 euros.
Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto
recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta
sentencia.
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.
No habiéndose solicitado por ninguna de las partes el recibimiento del pleito a prueba y no estimándose necesario por la Sala, se señaló seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales;
Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Dª. ELENA MENDEZ CANSECO, que expresa el parecer de la Sala .
Se somete a la consideración de la Sala la legalidad de las Resoluciones de fecha 30 de
abril de 2.009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, que desestima los recursos de alzada interpuestos por los hoy actores contra las Resoluciones de la Dirección General de Infraestructuras e Industrias Agrarias de fecha 11 de febrero de 2009 por la que se declara la pérdida del derecho de los actores a percibir el pago de las primas compensatorias correspondientes a la anualidad 2008. Entienden los actores que tales Resoluciones no son ajustadas a Derecho e insta la revocación de la misma. La defensa de la Administración demandada insta la desestimación íntegra del recurso.
La cuestión que ha de resolverse en el presente recurso consiste en dirimir si los actores que no formularon solicitud dentro de plazo, de abono de la prima compensatoria de la anualidad 2008, tienen o no derecho a percibirla en cuanto no fueron notificados del plazo de presentación de la...
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