STSJ Galicia 960/2011, 20 de Octubre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 960/2011 |
Fecha | 20 Octubre 2011 |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00960/2011
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 4105/2010
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
Ilmos. Sres.D.
JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
JOSÉ MARÍA ARROJO MARTINEZ
JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ
A Coruña, veinte de octubre de dos mil once.
En el recurso contencioso-administrativo PO 4105/2010 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por la CONFEDERACIÓN INTERSINDICAL GALEGA, representada por el procurador D. Miguel Vilariño García y dirigida por la letrada Dª Francisca Dolores Arias Castro, contra el presupuesto general del Concello de Curtis para el año 2010, publicado en el BOP de 28 de enero de 2010. Es parte como demandada el Concello de Curtis, representado por el procurador D. José Manuel Del Río Sánchez y dirigido por el letrado
D. José Manuel Piñeiro González. La cuantía del recurso es indeterminada.
Interpone el presente recurso contencioso-administrativo el representante procesal de la "Confederación Intersindical Galega" contra el presupuesto municipal del ejercicio de 2010 del Ayuntamiento de Curtis, aprobado en sesión plenaria de 26.11.09 y confirmado en la de 25.01.10.
Admitido el recurso a trámite, se han presentado los escritos de demanda y contestación, a lo que ha seguido el de conclusiones de la representación procesal del ente local, tras lo cual se ha declarado finalizado el debate procesal.
Mediante providencia de 22.09.11 se ha señalado el día 13.10.11 para la votación y fallo, que ha tenido lugar en esa fecha.
Se han observado todas las prescripciones legales.
Es ponente el señor magistrado don JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ.
Con fecha 19.11.09 presenta el alcalde del Ayuntamiento de Curtis el proyecto del presupuesto para el año 2010, al que une la plantilla y las bases de ejecución, que son objeto de informe de la Secretaría-intervención, como trámite para su aprobación inicial en sesión plenaria de 26.11.09, a la que siguen las alegaciones de la "Confederación Intersindical Galega", que rechaza el órgano plenario en su sesión de 25.01.10, que es la que impugna la representación procesal de esa organización sindical.
La demanda abandona algunos de los argumentos ofrecidos en la vía administrativa y se centra en que se aprobaron los presupuestos de la corporación sin haber convocado a las organizaciones sindicales al objeto de negociar el incremento de las retribuciones, por lo que solicita que se anule el acuerdo plenario que lo aprobó o, en su defecto, el capítulo 1 de gastos de personal.
A esa pretensión y a su motivación se opone la representación procesal de la entidad local demandada, que sostiene que los presupuestos no son objeto de negociación colectiva, que el incremento retributivo debe limitarse a lo señalado en las leyes...
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