STSJ Comunidad de Madrid 26/2011, 20 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución26/2011
Fecha20 Enero 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN DÉCIMA

RECURSO Nº 404/2010

S E N T E N C I A Nº 26/2011

Ilmas. Sras.:

Presidente:

Dª. María del Camino Vázquez Castellanos

Magistrados:

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. Mª Jesús Vegas Torrés

_____________________________________________

En la Villa de Madrid, a veinte de enero de dos mil once.

VISTO el recurso contencioso administrativo número 404/2010 seguido ante la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por el funcionario de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A., D. Mauricio, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. MARÍA JESÚS RUIZ ESTEBAN, contra la resolución dictada por el Director de la Zona 5ª de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, de 12 de enero de 2010, que denegó la petición formulada de 30 de diciembre de 2009 sobre disfrute de 2 días adicionales de permiso por cumplimiento de 7 trienios.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, se reclamó el Expediente a la Administración y siguiendo los trámites legales se emplazó a la parte recurrente para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, obrante en autos, en el que hizo alegación de los hechos y fundamentos de Derecho que consideró de aplicación y terminó suplicando que se dictara Sentencia estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, en representación de la Administración demandada, contestó y se opuso a la demanda de conformidad con los hechos y fundamentos que invocó, terminando por suplicar que se dictara Sentencia que desestime el recurso y confirme en todos sus extremos la resolución recurrida.

TERCERO

Terminada la tramitación se señaló para votación y fallo del recurso la audiencia del día 19 de enero de 2011, fecha en la que han tenido lugar.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. María del Camino Vázquez Castellanos, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se dirige contra la resolución dictada por el Director de la Zona 5ª de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, de 12 de enero de 2010, que denegó la petición formulada de 30 de diciembre de 2009 sobre disfrute de 2 días adicionales de permiso por cumplimiento de 7 trienios.

Frente a la citada resolución se alza en esta instancia jurisdiccional el funcionario de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A., solicitando su anulación por estimar que la misma es contraria a derecho y solicita que se dicte sentencia por la que se reconozca su derecho a disfrutar de los dos días de permiso adicionales en base a los 7 trienios que tiene de antigüedad en el servicio y, ello, en los términos establecidos en el citado artículo 48 de la Ley 7/2007 . En apoyo de su pretensión, y en esencia, alega lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el cual estima de aplicación a los funcionarios de la Sociedad Estatal de de Correos y Telégrafos S.A., al igual que el RD 370/2004, de 5 de marzo. Asimismo, el recurrente cita la Sentencia del Tribunal Supremo, dictada en el recurso de casación en interés de ley 39/05 .

La Administración demandada, por su parte, interesó la desestimación del presente recurso en base a las consideraciones expuestas en su escrito de contestación que se une a las actuaciones.

SEGUNDO

La resolución de la presente cuestión pasa, ineludiblemente, por aplicar la doctrina sentada por el Tribunal Supremo, tanto en la Sentencia dictada en el recurso de casación en interés de ley 39/2005, como en la dictada más recientemente en el recurso de casación en interés de ley, número 47/2008, de treinta de diciembre de dos mil nueve .

El Tribunal Supremo en la Sentencia de treinta de diciembre de dos mil nueve, dice lo siguiente:

"PRIMERO.- La cuestión que se suscita en el presente recurso en interés de ley ha sido ya objeto de análisis por la sentencia de esta Sala de 28 de marzo de 2007, recaída igualmente en un recurso en interés de ley nº 39/2005, donde se dice lo siguiente:

"La sentencia que se recurre en esta casación en interés de la Ley estimó el recurso contenciosoadministrativo de un funcionario que prestaba servicios en la sociedad estatal Correos y Telégrafos, S.A. frente a la resolución que le denegó su petición al disfrute de las vacaciones por días hábiles y, además de anular de dicha resolución, le reconoció el siguiente derecho: "a ser compensado por los días de vacaciones solicitados y no disfrutados, en un número idéntico a la diferencia entre los inicialmente solicitados y los finalmente disfrutados".

En dicha sentencia de instancia los razonamientos de fondo que se incluyen para llegar a ese pronunciamiento consisten en síntesis en las ideas que continúan.

Se subraya la condición de funcionario de la Administración del Estado del Estado que, por aplicación de lo establecido en el artículo 58 siete 1, conservan los empleados de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, S.A. que ya lo eran en el momento de la inscripción de la escritura de constitución de esa sociedad estatal.

A continuación se recuerda el sistema de fuentes aplicable al régimen jurídico de tales funcionarios que dispone el apartado 3 de ese mismo artículo 58 : lo dispuesto en tal precepto y, en lo no previsto en el mismo, las normas de rango de ley que regulan el régimen general de los funcionarios públicos; así como la normativa específica que dicte el Gobierno para desarrollar ese régimen jurídico, atendiendo a la especial singularidad de los empleados de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos Sociedad Anónima y, hasta tanto no se complete esa normativa, el Real Decreto 1638/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Personal al servicio del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos.

A partir de esas premisas, se concluye en la aplicabilidad del artículo 68 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado (Texto Articulado aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero ), en la redacción dada por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Lo anterior se completa declarando la preferencia de la regulación legal funcionarial frente a lo establecido en el Acuerdo existente entre...

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