STSJ Aragón 33/2011, 26 de Enero de 2011
Ponente | NEREA JUSTE DIEZ DE PINOS |
ECLI | ES:TSJAR:2011:578 |
Número de Recurso | 157/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 33/2011 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2011 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ARAGON CON/AD SEC.1
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00033/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
- SECCIÓN PRIMERA -RECURSO Nº: 157 de 2008
S E N T E N C I A Nº 33 DE 2011
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES -PRESIDENTE - D. RICARDO CUBERO ROMEO - MAGISTRADOS: - D. JESÚS MARÍA ARIAS JUANA -Dª ISABEL ZARZUELA BALLESTER -Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS - ==============================
En Zaragoza, a veintiséis de enero de dos mil once.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO, Por la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el recurso número 157/08, seguido entre partes, como demandante D. Ismael, que asume su propia representación y defensa; y como demandada LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Es objeto de impugnación: La resolución del Coronel Jefe del Ministerio de Defensa de 27/12/2007 que no da lugar a la solicitud formulada por el recurrente en razón a su pase a situación de baja médica.
Procedimiento: Ordinario.
Cuantía: Indeterminada.
Ponente: Ilma. Sra. Magistrado Dª NEREA JUSTE DÍEZ DE PINOS.
La actora mediante escrito presentado el 4/3/2008, dedujo el presente recurso contencioso contra las indicadas resoluciones administrativas.
Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora dedujo demanda, en la que después de relacionar los hechos y fundamentos de derecho suplicó se dicte sentencia por la que anulando la resolución recurrida se declare el derecho del recurrente con fecha 5/11/2007 a pasar a situación de baja médica.
La Administración demandada, en su contestación a la demanda, después de relacionar hechos y fundamentos de derecho suplicó se dicte sentencia por la que se acuerde la desestimación del presente recurso.
No habiéndose propuesto por las partes prueba alguna se señaló para votación y fallo del recurso el día 20 de Enero de 2011.
Es objeto de impugnación: La resolución del Coronel Jefe del Ministerio de Defensa de 27/12/2007 que no da lugar a la solicitud formulada por el recurrente en razón a su pase a situación de baja médica.
De los datos obrantes en las actuaciones se deducen los extremos siguientes:
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El recurrente, por escrito presentado en fecha 7 de noviembre de 2007, al que acompaña informe psiquiátrico del Dr. Luciano Psiquiatra y Psicoanalista de fecha 2/11/2007, dejaba constancia de que: "el paciente Ismael presenta un trastorno de ansiedad..., por lo que sigue tratamiento farmacológico con ansiolíticos y antidepresivos y por el que precisa de incapacidad laboral transitoria hasta que se verifique una mejoría estable o la curación del cuadro clínico" solicitó se tenga por interpuesto recurso de alzada contra la denegación de su pase a su situación de baja médica de fecha 5/11/2007 del Capitán y en su día se dicte otra anulándola y se declare el derecho del recurrente a pasar a situación de baja médica.
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Por resolución del Coronel Jefe de 27/12/2007 se dictó resolución en la que se exponía "Preguntado en el Botiquín de la Unidad y practicadas cuantas diligencias probatorias se estimaron necesarias resulta que: "no se...
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